II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. TRIBUNAL DE CUENTAS. Cuerpo Superior de Letrados del Tribunal de Cuentas. (BOE-A-2023-2325)
Resolución de 26 de enero de 2023, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Letrados del Tribunal de Cuentas, convocado por Resolución de 5 de diciembre de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 12513
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
TRIBUNAL DE CUENTAS
2325
Resolución de 26 de enero de 2023, de la Presidencia del Tribunal de
Cuentas, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y
excluidos del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de
acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Letrados del
Tribunal de Cuentas, convocado por Resolución de 5 de diciembre de 2022.
De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Reglamento General de
Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, y en la base 7.1 de la Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Presidencia
de este Tribunal («Boletín Oficial del Estado» número 298, del día 13 de diciembre), por
la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso
libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Letrados del Tribunal de Cuentas,
Esta Presidencia resuelve:
Primero.
Aprobar las listas provisionales de personas aspirantes admitidas para participar en
las referidas pruebas selectivas, no procediendo la exclusión de ninguna de las personas
aspirantes, sin perjuicio de lo establecido en el apartado tercero de esta resolución.
Segundo.
Tercero.
La inclusión de las personas aspirantes en las listas de admitidas a las pruebas
selectivas no supone, en ningún caso, el reconocimiento por parte del Tribunal de
Cuentas de que las mismas reúnen los requisitos exigidos en las bases de la
convocatoria. La acreditación y verificación del cumplimiento de dichos requisitos tendrá
lugar, para las personas aspirantes que superen la fase de oposición, en los términos
previstos en la base específica 11 de la convocatoria o, en su caso, durante el desarrollo
del proceso selectivo, de conformidad con la base específica 7.3 de la misma.
cve: BOE-A-2023-2325
Verificable en https://www.boe.es
Hacer pública, para general conocimiento, en la sede electrónica del Tribunal de Cuentas
(https://sede.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/sede-electronica/EmpleoPublico/Oposiciones/), la
relación completa de personas aspirantes provisionalmente admitidas. Al objeto de evitar
errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las
personas aspirantes habrán de comprobar que sus nombres constan correctamente en
la relación de admitidas, disponiendo de un plazo de diez días hábiles, contados a partir
del siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado»,
para, en su caso, poder subsanar el defecto o alegar su omisión en dicha relación.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no alegasen la omisión o, en
su caso, el defecto observado, se considerarán definitivamente excluidas de la
participación en las pruebas selectivas.
Concluido dicho plazo, esta Presidencia dictará resolución aprobando y haciendo
públicas las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y, en su caso,
excluidas, en la sede electrónica del Tribunal de Cuentas.
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 12513
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
TRIBUNAL DE CUENTAS
2325
Resolución de 26 de enero de 2023, de la Presidencia del Tribunal de
Cuentas, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y
excluidos del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de
acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Letrados del
Tribunal de Cuentas, convocado por Resolución de 5 de diciembre de 2022.
De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Reglamento General de
Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, y en la base 7.1 de la Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Presidencia
de este Tribunal («Boletín Oficial del Estado» número 298, del día 13 de diciembre), por
la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso
libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Letrados del Tribunal de Cuentas,
Esta Presidencia resuelve:
Primero.
Aprobar las listas provisionales de personas aspirantes admitidas para participar en
las referidas pruebas selectivas, no procediendo la exclusión de ninguna de las personas
aspirantes, sin perjuicio de lo establecido en el apartado tercero de esta resolución.
Segundo.
Tercero.
La inclusión de las personas aspirantes en las listas de admitidas a las pruebas
selectivas no supone, en ningún caso, el reconocimiento por parte del Tribunal de
Cuentas de que las mismas reúnen los requisitos exigidos en las bases de la
convocatoria. La acreditación y verificación del cumplimiento de dichos requisitos tendrá
lugar, para las personas aspirantes que superen la fase de oposición, en los términos
previstos en la base específica 11 de la convocatoria o, en su caso, durante el desarrollo
del proceso selectivo, de conformidad con la base específica 7.3 de la misma.
cve: BOE-A-2023-2325
Verificable en https://www.boe.es
Hacer pública, para general conocimiento, en la sede electrónica del Tribunal de Cuentas
(https://sede.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/sede-electronica/EmpleoPublico/Oposiciones/), la
relación completa de personas aspirantes provisionalmente admitidas. Al objeto de evitar
errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las
personas aspirantes habrán de comprobar que sus nombres constan correctamente en
la relación de admitidas, disponiendo de un plazo de diez días hábiles, contados a partir
del siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado»,
para, en su caso, poder subsanar el defecto o alegar su omisión en dicha relación.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no alegasen la omisión o, en
su caso, el defecto observado, se considerarán definitivamente excluidas de la
participación en las pruebas selectivas.
Concluido dicho plazo, esta Presidencia dictará resolución aprobando y haciendo
públicas las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y, en su caso,
excluidas, en la sede electrónica del Tribunal de Cuentas.