III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-2443)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la nueva subestación Fuente de Cantos 400 kV, en Fuente de Cantos (Badajoz) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 30 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 13291

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la nueva subestación Fuente de Cantos 400 kV, en Fuente
de Cantos (Badajoz) y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Red Eléctrica de España, S.A.U., en adelante Red Eléctrica, solicitó mediante escrito
firmado a 7 de julio de 2022, autorización administrativa previa, autorización
administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública para la
nueva subestación Fuente de Cantos 400 kV, en Fuente de Cantos (Badajoz).
Red Eléctrica suscribió, a través Endesa Ingeniería, declaración responsable, con
fecha 5 de julio de 2022, de manera que acredita el cumplimiento de la normativa que le
es de aplicación, según se establece en el artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Extremadura y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones
de energía eléctrica, y con las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la
Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas,
habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones,
organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que
la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Anuncio
del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Extremadura de
fecha 17 de agosto de 2022, hecho público en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 202,
de 23 de agosto de 2022, así como publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz núm. 163 de fecha 26 de agosto de 2022. Además, el Anuncio fue publicado en
el diario Hoy de Extremadura, el día 25 de agosto de 2022 y en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Fuente de Cantos. No se recibieron alegaciones de ningún tipo al
trámite de información pública.
La Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Junta de
Extremadura remitió informe, con fecha 10 de octubre de 2022, en el que no manifiesta
oposición. Trasladado este informe a Red Eléctrica, esta respondió manifestando su
conformidad.
Asimismo, como parte del procedimiento, Red Eléctrica aportó informe de 19 de
mayo de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, en el cual informa
favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma
apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones
significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas
indicadas en el citado informe, las cuales han sido expresamente asumidas y aceptadas
por Red Eléctrica.
No se recibió contestación por parte del Ayuntamiento de Fuente de Cantos, por lo
que se entiende su conformidad en virtud de lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146
del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

cve: BOE-A-2023-2443
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