III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2023-2449)
Resolución de 11 de enero de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, para reasignación de importes entre subproyectos.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13331
Proyecto n.º: 6 Desinstitucionalización de menores en protección para la
creación de una red de inmuebles / Centro terapéutico para menores. Línea
C22
El acogimiento residencial de configurarse como una red de recursos flexible y especializada. Tanto
por las grandes diferencias en las edades de los niños a atender, desde recién nacidos hasta jóvenes
prácticamente adultos, como por las distintas problemáticas que pueden presentar (menores
extranjeros no acompañados, trastornos conductuales y emocionales, discapacidad, jóvenes en
transición a la vida adulta, etc.) es imposible disponer de un único programa o centro capaz de dar respuesta a todas las demandas.
Se requiere diseñar una red de acogimiento residencial con programas que permitan dar respuesta a
los diferentes tipos de necesidades que se presentan, implicando algunos de ellos un elevado grado de
especialización.
Por otra parte, el acogimiento residencial especializado o terapéutico, está dirigido a adolescentes con
graves problemas emocionales y conductuales, es un recurso altamente específico que viene definido
por su capacidad para realizar un abordaje educativo y terapéutico integral de alta intensidad, además
de cumplir todas las funciones del acogimiento de menores como medida protectora.
El objetivo fundamental es lograr que para cada niño exista una alternativa que cubra
convenientemente sus necesidades específicas.
En definitiva, se trata de abandonar y clausurar macrocentros de menores en protección para tejer una
red de inmuebles que permita una atención individualizada, cercana, familiar, etc. más próxima a los
modelos normalizados de familia. Además, su diseminación por Logroño u otros municipios, impedirá
el estigma social que implica residir en estos centros.
El Proyecto Educativo, en el caso de los centros terapéuticos, debe basarse en la adhesión a algún
modelo de trabajo terapéutico que fundamente y vertebre todas las actividades y actuaciones. Las
características fundamentales de este tipo de recursos serían:
Al igual que el acogimiento residencial en general, es una medida educativa, en el sentido más
integral.
Su carácter terapéutico, siendo el objetivo fundamental que justifica este tipo de programas la
consecución de un cambio y una mejoría en el equilibrio emocional, el autocontrol y las habilidades
adaptativas de los jóvenes.
Se trata de un contexto altamente estructurado, con medidas excepcionales de control y supervisión,
con el fin de garantizar la seguridad y la estabilidad en la convivencia, de modo que se pueda trabajar
en un ambiente de mínima conflictividad que posibilite el trabajo educativo y terapéutico.
La temporalidad, que en este caso no viene determinada habitualmente por las finalidades del Plan de
Caso (como la reunificación familiar o la integración en una nueva familia), sino por la consecución de
los objetivos terapéuticos.
El acogimiento especializado debe ser intensivo y de corta duración, con el objetivo de que lo antes
posible pueda reintegrarse el joven en recursos más estables y normalizados o preparando su
transición a la vida adulta con los necesarios apoyos posteriores.
cve: BOE-A-2023-2449
Verificable en https://www.boe.es
a) Descripción de la inversión.
Con este objetivo, el Gobierno de La Rioja proyecta la adquisición de múltiples inmuebles (que podría
llevar aparejada su reforma o adaptación a los fines perseguidos), así como su equipamiento, con un
doble objetivo:
La atención integral para ofrecer al menor de forma temporal todo lo necesario para su desarrollo
personal, es decir, alojamiento, manutención, educación, formación, etc., hasta que puedan retomar a
su familia de origen o bien se adopte una medida alternativa.
La creación de inmuebles tutelados o unidades de convivencia para menores que formen núcleos con
vivenciales para jóvenes entre los 16 y 17 años derivados de los centros o pisos para desarrollar la
autonomía personal y la integración sociolaboral de cara a la mayoría de edad.
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13331
Proyecto n.º: 6 Desinstitucionalización de menores en protección para la
creación de una red de inmuebles / Centro terapéutico para menores. Línea
C22
El acogimiento residencial de configurarse como una red de recursos flexible y especializada. Tanto
por las grandes diferencias en las edades de los niños a atender, desde recién nacidos hasta jóvenes
prácticamente adultos, como por las distintas problemáticas que pueden presentar (menores
extranjeros no acompañados, trastornos conductuales y emocionales, discapacidad, jóvenes en
transición a la vida adulta, etc.) es imposible disponer de un único programa o centro capaz de dar respuesta a todas las demandas.
Se requiere diseñar una red de acogimiento residencial con programas que permitan dar respuesta a
los diferentes tipos de necesidades que se presentan, implicando algunos de ellos un elevado grado de
especialización.
Por otra parte, el acogimiento residencial especializado o terapéutico, está dirigido a adolescentes con
graves problemas emocionales y conductuales, es un recurso altamente específico que viene definido
por su capacidad para realizar un abordaje educativo y terapéutico integral de alta intensidad, además
de cumplir todas las funciones del acogimiento de menores como medida protectora.
El objetivo fundamental es lograr que para cada niño exista una alternativa que cubra
convenientemente sus necesidades específicas.
En definitiva, se trata de abandonar y clausurar macrocentros de menores en protección para tejer una
red de inmuebles que permita una atención individualizada, cercana, familiar, etc. más próxima a los
modelos normalizados de familia. Además, su diseminación por Logroño u otros municipios, impedirá
el estigma social que implica residir en estos centros.
El Proyecto Educativo, en el caso de los centros terapéuticos, debe basarse en la adhesión a algún
modelo de trabajo terapéutico que fundamente y vertebre todas las actividades y actuaciones. Las
características fundamentales de este tipo de recursos serían:
Al igual que el acogimiento residencial en general, es una medida educativa, en el sentido más
integral.
Su carácter terapéutico, siendo el objetivo fundamental que justifica este tipo de programas la
consecución de un cambio y una mejoría en el equilibrio emocional, el autocontrol y las habilidades
adaptativas de los jóvenes.
Se trata de un contexto altamente estructurado, con medidas excepcionales de control y supervisión,
con el fin de garantizar la seguridad y la estabilidad en la convivencia, de modo que se pueda trabajar
en un ambiente de mínima conflictividad que posibilite el trabajo educativo y terapéutico.
La temporalidad, que en este caso no viene determinada habitualmente por las finalidades del Plan de
Caso (como la reunificación familiar o la integración en una nueva familia), sino por la consecución de
los objetivos terapéuticos.
El acogimiento especializado debe ser intensivo y de corta duración, con el objetivo de que lo antes
posible pueda reintegrarse el joven en recursos más estables y normalizados o preparando su
transición a la vida adulta con los necesarios apoyos posteriores.
cve: BOE-A-2023-2449
Verificable en https://www.boe.es
a) Descripción de la inversión.
Con este objetivo, el Gobierno de La Rioja proyecta la adquisición de múltiples inmuebles (que podría
llevar aparejada su reforma o adaptación a los fines perseguidos), así como su equipamiento, con un
doble objetivo:
La atención integral para ofrecer al menor de forma temporal todo lo necesario para su desarrollo
personal, es decir, alojamiento, manutención, educación, formación, etc., hasta que puedan retomar a
su familia de origen o bien se adopte una medida alternativa.
La creación de inmuebles tutelados o unidades de convivencia para menores que formen núcleos con
vivenciales para jóvenes entre los 16 y 17 años derivados de los centros o pisos para desarrollar la
autonomía personal y la integración sociolaboral de cara a la mayoría de edad.