III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-2279)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Lena, para el desarrollo de las actuaciones relativas a la ejecución de los ascensores panorámicos y pasarela de acceso a la estación de Pola de Lena.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 24
Sábado 28 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 12261
Tercera. Obligaciones de las partes.
1.ª
Obligaciones por parte del Ayuntamiento de Lena:
– Sufragar el coste de las actuaciones (correspondientes a la redacción de un nuevo
proyecto constructivo, ejecución de las obras y asistencias técnicas a las obras),
incluyendo modificados si los hubiere, liquidación, etc., de acuerdo con lo indicado en la
cláusula cuarta de financiación.
– Ejecutar los trámites correspondientes a la supresión de la Unidad de Actuación
UA LENA 07C, prevista en el Plan General de Ordenación del municipio, a cuyo ámbito
afectan las actuaciones recogidas en este convenio. Dichos trámites, o cualesquiera
otros que siga el Ayuntamiento de Lena al objeto de posibilitar la ejecución de las obras
en dicha UA, deberán concluirse con anterioridad a la adjudicación de los contratos de
obras y asistencia técnica. En todo caso, todos los costes e indemnizaciones derivados
de un retraso en la solución final que se adopte para la UA serán asumidos íntegramente
por el Ayuntamiento de Lena.
– Licitar, adjudicar y gestionar el contrato de servicios para la redacción del proyecto
constructivo de las obras correspondientes.
– Dar traslado del proyecto constructivo, una vez redactado, a ADIF, para obtener su
conformidad previamente a la licitación de las obras.
– Licitar y adjudicar las obras del proyecto constructivo correspondientes a la
ejecución de los ascensores panorámicos y la pasarela de acceso a la estación de Lena,
así como la gestión del contrato correspondiente.
– Licitar, adjudicar y gestionar los contratos de servicios correspondientes a la
asistencia técnica a la Dirección de Obras, la Coordinación de Seguridad y Salud, y la
Dirección Medioambiental.
– Dirección de obra para la ejecución del proyecto constructivo de las obras mencionadas.
– Realizar los trámites necesarios para legalizar las instalaciones ejecutadas
necesarias para el funcionamiento de la instalación.
– Contratar a su nombre los suministros de energía para el funcionamiento de la instalación,
así como los de telefonía móvil o fija para el funcionamiento de los ascensores panorámicos.
– Finalizadas las obras, se firmará documento conjunto reflejando que, el
Ayuntamiento de Lena se hará cargo del mantenimiento de las obras e instalaciones
ejecutadas y de los consumos asociados a su funcionamiento. ADIF quedará exonerado
de cuantas responsabilidades se deriven por la utilización, uso, gestión o mantenimiento
de las instalaciones, tanto respecto a la otra parte del presente convenio como respecto
de cualquier usuario de dicha infraestructura.
Obligaciones por parte de ADIF:
– Otorgar a favor del Ayuntamiento de Pola de Lena, conforme a lo establecido en la
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, una
autorización administrativa sobre los terrenos demaniales titularidad de ADIF, conforme
al anejo elaborado en el proyecto constructivo, necesarios tanto para la ejecución de la
obra como la ocupación posterior de dichos terrenos por la instalación realizada.
– Dado que la obra que deberá ser autorizada, conforme a lo descrito en el punto
anterior, se sitúa en dominio público ferroviario y su utilización posterior, una vez
finalizada la misma, supone un aprovechamiento especial y duradero de ese dominio
público, se otorgará la correspondiente Concesión Administrativa sobre el mismo a favor
del Ayuntamiento de Pola de Lena.
– Sufragar el coste de las actuaciones (correspondientes a la redacción de un nuevo
proyecto constructivo, ejecución de las obras y asistencias técnicas a las obras),
incluyendo modificados si los hubiere, liquidación, etc., de acuerdo con lo indicado en la
cláusula cuarta de financiación.
– Dar la conformidad al proyecto de liquidación de las obras, previa a su aprobación
por el Ayuntamiento de Lena.
cve: BOE-A-2023-2279
Verificable en https://www.boe.es
2.ª
Núm. 24
Sábado 28 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 12261
Tercera. Obligaciones de las partes.
1.ª
Obligaciones por parte del Ayuntamiento de Lena:
– Sufragar el coste de las actuaciones (correspondientes a la redacción de un nuevo
proyecto constructivo, ejecución de las obras y asistencias técnicas a las obras),
incluyendo modificados si los hubiere, liquidación, etc., de acuerdo con lo indicado en la
cláusula cuarta de financiación.
– Ejecutar los trámites correspondientes a la supresión de la Unidad de Actuación
UA LENA 07C, prevista en el Plan General de Ordenación del municipio, a cuyo ámbito
afectan las actuaciones recogidas en este convenio. Dichos trámites, o cualesquiera
otros que siga el Ayuntamiento de Lena al objeto de posibilitar la ejecución de las obras
en dicha UA, deberán concluirse con anterioridad a la adjudicación de los contratos de
obras y asistencia técnica. En todo caso, todos los costes e indemnizaciones derivados
de un retraso en la solución final que se adopte para la UA serán asumidos íntegramente
por el Ayuntamiento de Lena.
– Licitar, adjudicar y gestionar el contrato de servicios para la redacción del proyecto
constructivo de las obras correspondientes.
– Dar traslado del proyecto constructivo, una vez redactado, a ADIF, para obtener su
conformidad previamente a la licitación de las obras.
– Licitar y adjudicar las obras del proyecto constructivo correspondientes a la
ejecución de los ascensores panorámicos y la pasarela de acceso a la estación de Lena,
así como la gestión del contrato correspondiente.
– Licitar, adjudicar y gestionar los contratos de servicios correspondientes a la
asistencia técnica a la Dirección de Obras, la Coordinación de Seguridad y Salud, y la
Dirección Medioambiental.
– Dirección de obra para la ejecución del proyecto constructivo de las obras mencionadas.
– Realizar los trámites necesarios para legalizar las instalaciones ejecutadas
necesarias para el funcionamiento de la instalación.
– Contratar a su nombre los suministros de energía para el funcionamiento de la instalación,
así como los de telefonía móvil o fija para el funcionamiento de los ascensores panorámicos.
– Finalizadas las obras, se firmará documento conjunto reflejando que, el
Ayuntamiento de Lena se hará cargo del mantenimiento de las obras e instalaciones
ejecutadas y de los consumos asociados a su funcionamiento. ADIF quedará exonerado
de cuantas responsabilidades se deriven por la utilización, uso, gestión o mantenimiento
de las instalaciones, tanto respecto a la otra parte del presente convenio como respecto
de cualquier usuario de dicha infraestructura.
Obligaciones por parte de ADIF:
– Otorgar a favor del Ayuntamiento de Pola de Lena, conforme a lo establecido en la
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, una
autorización administrativa sobre los terrenos demaniales titularidad de ADIF, conforme
al anejo elaborado en el proyecto constructivo, necesarios tanto para la ejecución de la
obra como la ocupación posterior de dichos terrenos por la instalación realizada.
– Dado que la obra que deberá ser autorizada, conforme a lo descrito en el punto
anterior, se sitúa en dominio público ferroviario y su utilización posterior, una vez
finalizada la misma, supone un aprovechamiento especial y duradero de ese dominio
público, se otorgará la correspondiente Concesión Administrativa sobre el mismo a favor
del Ayuntamiento de Pola de Lena.
– Sufragar el coste de las actuaciones (correspondientes a la redacción de un nuevo
proyecto constructivo, ejecución de las obras y asistencias técnicas a las obras),
incluyendo modificados si los hubiere, liquidación, etc., de acuerdo con lo indicado en la
cláusula cuarta de financiación.
– Dar la conformidad al proyecto de liquidación de las obras, previa a su aprobación
por el Ayuntamiento de Lena.
cve: BOE-A-2023-2279
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2.ª