III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2023-2287)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio con el Consejo Nacional de Acreditación en Informática y Computación, A.C., para colaborar en el establecimiento de vínculos y delinear mecanismos para realizar actividades conjuntas y emprender acciones de cooperación, intercambio y formación de pares expertos académicos, personal técnico y directivo así como de materiales tecnológicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 28 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 12376
protocolizada bajo la escritura cuarenta y siete mil cuatrocientos treinta y ocho ante la fe del
Notario Público número 107, Lic. Maximiliano Pérez Salinas, de la ciudad de México, el
mencionado representante legal cuenta con la capacidad legal necesaria para celebrar
contratos y/o convenios en su nombre y representación, con fundamento en el párrafo
segundo del artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito
Federal y sus correlativos y concordantes de la República Mexicana, de conformidad con lo
dispuesto en las facultades que le fueron otorgadas en el punto número IV inciso B de la
orden del día, de la Asamblea General mencionada en este apartado, dichas facultades
fueron ratificadas el 9 de febrero del 2018.
EXPONEN
1. Que ANECA es un Organismo Autónomo cuyo objeto es la promoción y el
aseguramiento de la calidad del Sistema de Educación Superior en España mediante
procesos de orientación, evaluación, certificación y acreditación, contribuyendo al
desarrollo del Espacio Europeo de Educación Superior, así como contribuir a la
información y la transparencia frente a la sociedad, actuando para el ejercicio de sus
funciones y para el cumplimiento de sus fines con plena independencia funcional.
2. Que CONAIC es el organismo público técnico, con personería jurídica y patrimonio
propio, con independencia administrativa, financiera y operativa de México, que tiene a su
cargo la regulación, planificación y coordinación del sistema de aseguramiento de la calidad
de la educación superior; tendrá facultad regulatoria y de gestión. Su misión es regular,
coordinar y planificar los procesos participativos de acompañamiento, evaluación,
acreditación y cualificación para garantizar el desarrollo de una cultura de la calidad en las
instituciones de educación superior, enfocada en el equilibrio de la docencia, la
investigación e innovación y la vinculación con la sociedad.
3. Que CONAIC y ANECA tienen funciones y objetivos comunes en los campos de
la evaluación y de la calidad ámbito de la educación superior, y ambos organismos
consideran y reconocen la importancia de promover la cultura de la evaluación de la
calidad en el ámbito de la educación superior, así como la necesidad de intercambiar
experiencias comunes entre ambas que puedan conducir al establecimiento de
mecanismos, metodologías y criterios comunes de evaluación.
4. Que la evaluación, acreditación y el acompañamiento institucional de la calidad
constituyen los instrumentos más eficaces disponibles para impulsar el reconocimiento
de las carreras y títulos, diplomas y periodos de estudio en el ámbito internacional, sobre
la base de la solvencia de los criterios y procedimientos aplicados en los procesos de
evaluación, certificación y acreditación, con procedimientos y metodologías comunes
acordados entre las diferentes agencias y entidades encargadas de los procesos de
evaluación, certificación y acreditación.
5. Que ANECA ha mantenido una estrecha relación con el CONAIC desde su
fundación que da continuidad a la vinculación con el organismo responsable de la
evaluación de la calidad y acreditación de México que le antecedió y con el que firmó un
convenio de colaboración en cuyo marco se desarrollaron diversas actividades de
intercambio de conocimiento y capacidades y promoción de la educación superior de
ambos países. El presente convenio pretende dar continuidad y un nuevo desarrollo a la
experiencia bilateral acumulada.
Así mismo, CONAIC y ANECA comparten membresía en el Sistema Iberoamericano
de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (SIACES), creado en febrero
de 2019, lo que facilita que esta combinación de interacciones sume sinergias al
esfuerzo bilateral.
De acuerdo a lo anterior, ANECA y el CONAIC, ACUERDAN suscribir el presente
convenio al amparo de lo dispuesto en el artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1
cve: BOE-A-2023-2287
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 24
Sábado 28 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 12376
protocolizada bajo la escritura cuarenta y siete mil cuatrocientos treinta y ocho ante la fe del
Notario Público número 107, Lic. Maximiliano Pérez Salinas, de la ciudad de México, el
mencionado representante legal cuenta con la capacidad legal necesaria para celebrar
contratos y/o convenios en su nombre y representación, con fundamento en el párrafo
segundo del artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito
Federal y sus correlativos y concordantes de la República Mexicana, de conformidad con lo
dispuesto en las facultades que le fueron otorgadas en el punto número IV inciso B de la
orden del día, de la Asamblea General mencionada en este apartado, dichas facultades
fueron ratificadas el 9 de febrero del 2018.
EXPONEN
1. Que ANECA es un Organismo Autónomo cuyo objeto es la promoción y el
aseguramiento de la calidad del Sistema de Educación Superior en España mediante
procesos de orientación, evaluación, certificación y acreditación, contribuyendo al
desarrollo del Espacio Europeo de Educación Superior, así como contribuir a la
información y la transparencia frente a la sociedad, actuando para el ejercicio de sus
funciones y para el cumplimiento de sus fines con plena independencia funcional.
2. Que CONAIC es el organismo público técnico, con personería jurídica y patrimonio
propio, con independencia administrativa, financiera y operativa de México, que tiene a su
cargo la regulación, planificación y coordinación del sistema de aseguramiento de la calidad
de la educación superior; tendrá facultad regulatoria y de gestión. Su misión es regular,
coordinar y planificar los procesos participativos de acompañamiento, evaluación,
acreditación y cualificación para garantizar el desarrollo de una cultura de la calidad en las
instituciones de educación superior, enfocada en el equilibrio de la docencia, la
investigación e innovación y la vinculación con la sociedad.
3. Que CONAIC y ANECA tienen funciones y objetivos comunes en los campos de
la evaluación y de la calidad ámbito de la educación superior, y ambos organismos
consideran y reconocen la importancia de promover la cultura de la evaluación de la
calidad en el ámbito de la educación superior, así como la necesidad de intercambiar
experiencias comunes entre ambas que puedan conducir al establecimiento de
mecanismos, metodologías y criterios comunes de evaluación.
4. Que la evaluación, acreditación y el acompañamiento institucional de la calidad
constituyen los instrumentos más eficaces disponibles para impulsar el reconocimiento
de las carreras y títulos, diplomas y periodos de estudio en el ámbito internacional, sobre
la base de la solvencia de los criterios y procedimientos aplicados en los procesos de
evaluación, certificación y acreditación, con procedimientos y metodologías comunes
acordados entre las diferentes agencias y entidades encargadas de los procesos de
evaluación, certificación y acreditación.
5. Que ANECA ha mantenido una estrecha relación con el CONAIC desde su
fundación que da continuidad a la vinculación con el organismo responsable de la
evaluación de la calidad y acreditación de México que le antecedió y con el que firmó un
convenio de colaboración en cuyo marco se desarrollaron diversas actividades de
intercambio de conocimiento y capacidades y promoción de la educación superior de
ambos países. El presente convenio pretende dar continuidad y un nuevo desarrollo a la
experiencia bilateral acumulada.
Así mismo, CONAIC y ANECA comparten membresía en el Sistema Iberoamericano
de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (SIACES), creado en febrero
de 2019, lo que facilita que esta combinación de interacciones sume sinergias al
esfuerzo bilateral.
De acuerdo a lo anterior, ANECA y el CONAIC, ACUERDAN suscribir el presente
convenio al amparo de lo dispuesto en el artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1
cve: BOE-A-2023-2287
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 24