III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-2282)
Resolución de 17 de enero de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con SPET, Turismo de Tenerife, SA, para la organización de misiones inversas de prescriptores de opinión del sector de los vinos y la gastronomía a celebrar en Tenerife.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 24

Sábado 28 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 12283

suscribir el presente convenio para la organización de misiones inversas (en adelante, el
Convenio), que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre
ICEX y el Colaborador para la elaboración, organización, desarrollo y ejecución de las
siguientes misiones inversas relacionadas con el sector de los vinos y la gastronomía
español, al objeto de reforzar, en particular, la actividad promocional y comercial a nivel
internacional de dicho sector y contribuir, en general, a la internacionalización de la
economía española.
– Misión Inversa de prescriptores de opinión del sector de los vinos y la gastronomía
y de Estados Unidos, Japón, Singapur y México a España que tendrá lugar en Tenerife,
en el marco del congreso Madrid Fusión.
A esta misión nos referiremos en adelante como la Misión Inversa.
A estos efectos, se entiende por misión inversa, los viajes organizados a España con
el fin de que los prescriptores de opinión conozcan de primera mano las características
de la oferta española del sector de los vinos y la gastronomía y hagan contacto con las
empresas españolas que tienen como mercado objetivo los países de los que proceden
las referidas Misiones Inversas.
Las fechas para la Misión Inversa objeto del presente Convenio se acordarán, en
todo caso, en el seno de la Comisión de Seguimiento de conformidad con lo previsto en
la cláusula quinta.
Para la organización de la Misión Inversa ICEX podrá solicitar, cuando lo estimen
necesario las Partes, la colaboración de la Red de Oficinas Económicas y Comerciales
de España en el exterior (en adelante, Ofecomes), quienes se configuran como sus
centros de actuación en el extranjero.
Segunda.

Obligaciones de las Partes.

– Realización del programa general de la Misión Inversa.
– Definir los países objetivo de la Misión Inversa.
– Captación de los participantes en la Misión Inversa.
– En todas las referencias, actos, reseñas periodísticas o publicaciones relacionadas
con las Misiones Inversas a realizar en el marco del presente Convenio, las Partes se
preocuparán de que se mencione expresamente la colaboración de las mismas, y
únicamente figurarán sus logotipos si así lo acuerdan las Partes en el seno de la
Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula quinta del presente Convenio.
– Difundir a través de sus canales habituales, y con la intensidad que estime
conveniente, la Misión Inversa que se realice al amparo del presente Convenio.
– Para el correcto seguimiento del desarrollo de la Misión Inversa, realizarán un
seguimiento y evaluación de las mismas.
De forma individual, las Partes se comprometen:
a)

Por parte del Colaborador:

– Convocar, bajo la supervisión de ICEX, a los participantes españoles en la Misión
Inversa.
– Elaborar el plan de visitas de la misión en inglés (contenidos, itinerario,…).

cve: BOE-A-2023-2282
Verificable en https://www.boe.es

A tenor de lo expuesto, para la realización de la Misión Inversa referida en la cláusula
anterior, ambas Partes trabajarán, de forma conjunta en: