III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2284)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas fotovoltaicas Recova Solar de 85 MWp, Regata Solar de 57,12 MWp y Rabiza Solar de 85,29 MWp y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 28 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 12318

Hay que destacar que, de acuerdo con la propuesta del promotor de noviembre
de 2022, en los tres primeros cruces con cauces la línea eléctrica discurrirá soterrada y,
en el caso del cruce con el río Tajuña (coincidente con la ZEC «Vegas, Cuestas y
Páramos del Sureste de Madrid») el soterramiento se realizará mediante una perforación
horizontal dirigida de 218,37 m.
Los EsIA de las PSFV incluyen un estudio hidrológico en el que se concluye que
todos los posibles impactos sobre la hidrología no son significativos: el impacto
producido por la excavación de zanjas sobre la red hidrológica superficial no modificará
de forma permanente los cauces afectados, no se producirán arrastres de sedimentos a
los cauces que pudieran afectar a la calidad de las aguas superficiales, la ocurrencia de
vertidos es accidental, de baja probabilidad y de muy fácil aplicación de medidas
preventivas, el efecto adicional derivado de la implantación del proyecto sobre los
calados no es significativamente diferente de la situación actual y, en relación a los
riesgos erosivos asociados a fenómenos hidrológicos, no existen cambios significativos
entre las situaciones pre y postoperacional para ninguno de los escenarios de
generación de caudal estudiados.
En el EsIA de las infraestructuras eléctricas el promotor considera la afección sobre
la escorrentía superficial poco significativa, al tener tan escasa entidad y una situación
residual entre infraestructuras ya construidas con sistemas de drenaje. En relación a la
alteración de la calidad de las aguas por arrastre de sólidos y/o vertidos accidentales, la
incidencia de este impacto es escasa y, en general, la ausencia de pendientes
importantes en los terrenos afectados conlleva un reducido riesgo de erosión y
consecuente arrastre de sedimentos, el cual puede verse reducido con una buena
gestión de residuos y una buena gestión de la presencia de la maquinaria y las diversas
medidas preventivas y correctoras que se plantean en el estudio. Asimismo, no se
prevén efectos sobre las aguas subterráneas, debido a que el emplazamiento del
proyecto se sitúa fundamentalmente sobre materiales detríticos de permeabilidad mediabaja y a que la ocurrencia de accidentes y vertidos es muy baja. Los efectos sobre el
dominio público hidráulico y sus zonas de protección quedarían prácticamente limitados
a la ocupación permanente de 15 apoyos de la línea eléctrica proyectada de la zona de
policía y al movimiento de tierras asociado a éstos, a la ocupación de 769 m2 de la zona
de policía del arroyo de la Cañada de la Loba por la construcción de la SET Recova, y a
los 6 tramos de acceso con acondicionamiento y actuación.
Como medidas de protección de la hidrología, el proyecto contempla, además de las
ya descritas para evitar la contaminación de suelos, la protección del dominio público
hidráulico (DPH) y sus zonas de protección, el control de vertidos sobre las aguas, el
jalonamiento de cauces durante la ejecución de las obras, la instalación de elementos de
protección de los cauces frente al arrastre de partículas y la restauración de los cauces
afectados durante las obras.
La Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT), en su informe de junio de 2021,
detalla una serie de condicionantes generales en relación a las captaciones de aguas
públicas, a las aguas residuales, a las zonas de depósito y acopio de materiales, al
parque de maquinaria, a la gestión de residuos, a la disposición de barreras de retención
de sedimentos y al vallado del cerramiento. El promotor, en su respuesta a dicho
informe, atiende todas las sugerencias de la Confederación e indica que ya están
recogidas en el EsIA muchas de las medidas que se proponen en el informe,
accediendo, en cualquier caso, a cumplirlas si no lo estuvieran.
En junio de 2022, la Confederación Hidrográfica del Tajo emite un nuevo informe en
el que considera que el estudio hidráulico incluido en el EsIA no reúne las características
necesarias para que pueda apreciarse su idoneidad por este organismo de cuenca.
Posteriormente, la Confederación Hidrográfica del Tajo (informe de 10 de noviembre
de 2022) emite respuesta al requerimiento realizado por el órgano sustantivo, en virtud
del artículo 40.5 de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental, con el objeto de que valore
la modificación del proyecto que supone el soterramiento de un tramo de línea eléctrica,
en especial el cruce soterrado de los arroyos Cañada de la Loba, Cañada Cerrada y

cve: BOE-A-2023-2284
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Núm. 24