III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-2286)
Resolución de 11 de enero de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación de anexos del Convenio con la Comunidad de Madrid, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 24
Sábado 28 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 12370
destinados a la investigación y formación, conforme al marco establecido en el
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Que el 30 de abril de 2021, el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema
para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) aprobó el Acuerdo para la
distribución de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del
componente 22 «Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e
inclusión social» del PRTR.
Que en dicho Acuerdo se dispuso que el presupuesto para 2021 del Ministerio de
Derechos Sociales y Agenda 2030 incluiría 910,3 millones de euros para el
componente 22 «Economía de los Cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e
inclusión» del PRTR.
Que de ellos, 730,8 millones de euros serían ejecutados por las Comunidades
Autónomas y las Entidades Locales, mediante proyectos que deberían corresponderse
con los siguientes tipos de inversión:
I1: Plan de apoyos y cuidados de larga duración: desinstitucionalización,
equipamientos y tecnología.
I2: Plan de Modernización de los Servicios Sociales: Transformación tecnológica,
innovación, formación y refuerzo de la atención a la infancia.
I3: Plan España País Accesible.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la Adenda.
Se acuerda sustituir los anexos I y II del convenio vigente, por los que se unen a la
presente Adenda.
cve: BOE-A-2023-2286
Verificable en https://www.boe.es
Que este Acuerdo asignaba a la Comunidad Autónoma de Madrid un importe total
para el ejercicio 2021 de 94.113.176,51 euros.
Que para hacer efectiva la entrega de la financiación correspondiente a los proyectos
presentados, considerando los criterios establecidos para su reparto, el pasado 13 de
diciembre, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma
de Madrid firmaron el Convenio para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos
europeos procedentes del PRTR
Que en el transcurso de la concreción y puesta en marcha de las actuaciones
definidas en el marco de Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se ha
detectado la necesidad de redistribuir parte del crédito asignado a la medida C22.I3 para
destinarlo a las medidas de inversión C22.I1 y C22.I2.
Que dicha redistribución, que no compromete los porcentajes mínimos exigibles
establecidos para cada medida de inversión en el Acuerdo para la distribución de los
créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del componente 22
aprobado el 30 de abril, supone la modificación del Anexo I del Convenio firmado con
fecha 13 de diciembre de 2021.
Que, además, se advirtió en el texto del referido Convenio, publicado en el BOE el 25
de diciembre de 2021, el error material de haberse omitido en su anexo II una serie de
hitos a alcanzar por línea y semestre, lo que hace necesaria una modificación de dicho
anexo II
Que de conformidad con la Cláusula Decimosegunda del referido Convenio y con lo
establecido en el artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del
sector público y en el artículo 140 de la citada Ley, sobre las relaciones que deben regir
entre las administraciones públicas, las partes firmantes desean formalizar la presente
Adenda de Modificación de los Anexos I y II, con arreglo a las siguientes
Núm. 24
Sábado 28 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 12370
destinados a la investigación y formación, conforme al marco establecido en el
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Que el 30 de abril de 2021, el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema
para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) aprobó el Acuerdo para la
distribución de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del
componente 22 «Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e
inclusión social» del PRTR.
Que en dicho Acuerdo se dispuso que el presupuesto para 2021 del Ministerio de
Derechos Sociales y Agenda 2030 incluiría 910,3 millones de euros para el
componente 22 «Economía de los Cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e
inclusión» del PRTR.
Que de ellos, 730,8 millones de euros serían ejecutados por las Comunidades
Autónomas y las Entidades Locales, mediante proyectos que deberían corresponderse
con los siguientes tipos de inversión:
I1: Plan de apoyos y cuidados de larga duración: desinstitucionalización,
equipamientos y tecnología.
I2: Plan de Modernización de los Servicios Sociales: Transformación tecnológica,
innovación, formación y refuerzo de la atención a la infancia.
I3: Plan España País Accesible.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la Adenda.
Se acuerda sustituir los anexos I y II del convenio vigente, por los que se unen a la
presente Adenda.
cve: BOE-A-2023-2286
Verificable en https://www.boe.es
Que este Acuerdo asignaba a la Comunidad Autónoma de Madrid un importe total
para el ejercicio 2021 de 94.113.176,51 euros.
Que para hacer efectiva la entrega de la financiación correspondiente a los proyectos
presentados, considerando los criterios establecidos para su reparto, el pasado 13 de
diciembre, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma
de Madrid firmaron el Convenio para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos
europeos procedentes del PRTR
Que en el transcurso de la concreción y puesta en marcha de las actuaciones
definidas en el marco de Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se ha
detectado la necesidad de redistribuir parte del crédito asignado a la medida C22.I3 para
destinarlo a las medidas de inversión C22.I1 y C22.I2.
Que dicha redistribución, que no compromete los porcentajes mínimos exigibles
establecidos para cada medida de inversión en el Acuerdo para la distribución de los
créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del componente 22
aprobado el 30 de abril, supone la modificación del Anexo I del Convenio firmado con
fecha 13 de diciembre de 2021.
Que, además, se advirtió en el texto del referido Convenio, publicado en el BOE el 25
de diciembre de 2021, el error material de haberse omitido en su anexo II una serie de
hitos a alcanzar por línea y semestre, lo que hace necesaria una modificación de dicho
anexo II
Que de conformidad con la Cláusula Decimosegunda del referido Convenio y con lo
establecido en el artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del
sector público y en el artículo 140 de la citada Ley, sobre las relaciones que deben regir
entre las administraciones públicas, las partes firmantes desean formalizar la presente
Adenda de Modificación de los Anexos I y II, con arreglo a las siguientes