III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-2232)
Resolución de 24 de enero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Instituto de Estudios Fiscales, en materia de formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23

Viernes 27 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 11987

careciendo de un instrumento jurídico único que le proporcione el soporte que resulta
aconsejable.
Es por ello que se estima conveniente por las partes la canalización adecuada de las
acciones formativas que presta la Policía Nacional a la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, así como las que también en materia de formación pudiera
prestar la Agencia Estatal de Administración Tributaria a la Policía Nacional, de tal forma
que la línea de colaboración entre ambas instituciones pueda consolidarse y reforzarse.
Por todo ello y habiéndose cumplido con los trámites preceptivos, con el informe
previo de los servicios jurídicos de las Partes, las mismas, de común acuerdo formalizan
el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración en el
ámbito de la formación entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en
adelante, Agencia Tributaria), el Instituto de Estudios Fiscales y la Dirección General de
la Policía, proporcionando un marco de relación estable entre ambas partes en esta
materia.
Segunda.

Objetivos específicos.

Se desarrollarán líneas de acción para la colaboración en los siguientes objetivos
específicos:
1. Impulsar la formación de los funcionarios de Vigilancia Aduanera, mediante la
planificación, organización y realización de cursos de formación específica en materias
de carácter policial, que incluirán, entre otras, el manejo y uso de armas, prácticas de tiro
y prácticas operativas policiales.
2. Impulsar la formación inicial de los funcionarios en prácticas del Cuerpo de
Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera, mediante la realización de un periodo de
prácticas en materia de formación policial.
3. Impulsar la formación inicial de los funcionarios de nuevo ingreso del Cuerpo
Superior y del Cuerpo Ejecutivo de Vigilancia Aduanera en el curso selectivo, mediante la
realización de un curso en materia de formación policial.
4. Planificar y organizar la futura formación de los funcionarios de Vigilancia
Aduanera en materia de drones.
5. Impulsar la formación de los funcionarios de Vigilancia Aduanera, en el manejo y
uso de equipos especiales de vigilancia y seguimiento.
Tercera. Compromisos de la Secretaría de Estado de Seguridad, a través de la
Dirección General de la Policía.
La Dirección General de la Policía se obliga a:

I. Prácticas de tiro.
Esta formación se requiere a todos los funcionarios en activo de Vigilancia Aduanera,
que deben tener la capacitación y adiestramiento necesario en el manejo y uso de armas
para responder de forma segura a situaciones de emergencia que puedan acaecer en el
trabajo cotidiano de los funcionarios.
Se realizarán al menos dos prácticas de tiro al año.

cve: BOE-A-2023-2232
Verificable en https://www.boe.es

1.º Impartir cursos de formación específica en materias de carácter policial a los
funcionarios de Vigilancia Aduanera. El contenido mínimo de los cursos será el siguiente: