III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2023-2244)
Resolución de 19 de enero de 2023, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se amplía la Vigencia del Plan de Ordenación de Recursos Humanos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23

Viernes 27 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 12165

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE SANIDAD
Resolución de 19 de enero de 2023, del Instituto Nacional de Gestión
Sanitaria, por la que se amplía la Vigencia del Plan de Ordenación de
Recursos Humanos.

El 7 de diciembre de 2003 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la
Ley 55/2003, de 16 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto Marco del personal
estatuario de los servicios de salud, que contempla como instrumento clave en materia
de personal, dentro de cada servicio de salud, el Plan de Ordenación de Recursos
Humanos. Así, el artículo 13 de la citada norma, lo define como el instrumento básico de
planificación global de los mismos dentro de los servicios de salud, en el que se han de
especificar los objetivos a conseguir en materia de personal, los efectivos y la estructura
de recursos humanos que se consideren adecuados para cumplir tales objetivos,
pudiendo a su vez establecer las medidas necesarias para conseguir dicha estructura,
especialmente en materia de cuantificación de recursos, programación del acceso,
movilidad geográfica y funcional, promoción y reclasificación profesional.
Por su parte, el artículo 12.1 establece que la planificación de los recursos humanos
estará orientada a su adecuado dimensionamiento, distribución, estabilidad, desarrollo,
formación y capacitación, en orden a mejorar la calidad, eficacia y eficiencia de los
servicios.
Mediante Resolución de 17 de enero de 2018 (BOE número 27, de 30 de enero
de 2018), del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, se aprobó el Plan de Ordenación
de Recursos Humanos del INGESA, junto a sus anexos, entrando en vigor al día
siguiente de su publicación, y durante un quinquenio, es decir, con una vigencia temporal
hasta el 30 de enero de 2023.
La citada Ley 55/2003, de 16 de diciembre, en el artículo 80, referido a Pactos y
Acuerdos, establece en el apartado 1, que, en el seno de las mesas de negociación, los
representantes de la Administración o servicio de salud y los representantes de las
organizaciones sindicales podrán concertar pactos y acuerdos. Asimismo, en el
apartado 2, g) recoge, que deberán ser objeto de negociación, en los términos previstos
en el capítulo III de la Ley 9/1987, de 12 de junio, «los Planes de ordenación de recursos
humanos». En cumplimiento de este artículo, la Administración y las Organizaciones
sindicales presentes en la Mesa Sectorial de fecha 16 de noviembre de 2022, acordaron
una prórroga de la vigencia del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del INGESA,
por tres meses.
El Real Decreto-ley 12/2022, de 5 de julio (BOE número 161, de 6 de julio de 2022),
por el que se modifica la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del
Personal Estatutario de los Servicios de Salud, entró en vigor el 7 de julio de 2022, y
hace referencia en su Disposición adicional primera a la puesta en marcha de un
proceso de negociación sindical para la actualización del Estatuto Marco del Personal
Estatutario de los Servicios de Salud, para el cual se establece que, el Ministerio de
Sanidad, dentro del Ámbito de Negociación, con conocimiento de la Comisión de
Recursos Humanos en su labor de planificación, iniciará en el plazo de tres meses desde
la entrada en vigor de ese Real Decreto-Ley un proceso de negociación sindical para la
actualización del Estatuto Marco. Este proceso negociador deberá concluir en el plazo de
seis meses, que podrá ser prorrogable.
Adicionalmente a lo anterior, a la vista de la complejidad de la actualización, revisión
y adecuación del mencionado Plan y el volumen de datos y documentación que debe ser
objeto de análisis, y con el objetivo de establecer un nuevo Plan, cuyo desarrollo sea
gradual, con un horizonte temporal abierto, sin limitarse a una vigencia temporal

cve: BOE-A-2023-2244
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