III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2023-2194)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación para el Fomento de la Tokenización de la Economía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23

Viernes 27 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 11742

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
2194

Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de
Fundaciones la Fundación para el Fomento de la Tokenización de la
Economía.

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación para el Fomento de la
Tokenización de la Economía
Antecedentes de hecho
Primero.

Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por don David Ricardo Pérez-Bustamente Yabar,
don Salvador Martín Casquero Algarra y la entidad mercantil Crypto Titulización,
SL, según resulta de la escritura otorgada, ante el notario de Madrid don Alejandro
Miguel Velasco Gómez, el 28 de febrero de 2022, con el número 684 de protocolo,
subsanada por otra otorgada ante el mismo notario el 3 de agosto de 2022, con el
número 2847 de protocolo, habiendo sido ratificadas ambas escrituras por otra otorgada
ante la notaria de Torrelavega doña Laura Peña Martínez, el 5 de agosto de 2022, con el
número 791 de protocolo.
Segundo.

Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Segre, n.º 3, 28002 de
Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil dos euros (30.002 €). La dotación es dineraria, habiendo
sido totalmente desembolsada tal y como se acredita con la correspondiente certificación
bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Fines de la Fundación.

La fundación desarrollará fines de interés general en todo el territorio nacional,
consistentes en proyectos educativos, culturales, científicos o de cualquier otra
naturaleza, encaminados a expandir el conocimiento, el acceso y el desarrollo en la
sociedad, de la tokenización, entendida como la transformación de bienes o servicios en
activos digitales, la tecnología blockchain y la encriptación de alta seguridad aplicadas a
la economía; en beneficio de la sociedad, de la cultura y educación financiera de toda la
población, el desarrollo de la sociedad de la información y el desarrollo tecnológico.
Quinto.

Patronos.

Don David Ricardo Pérez-Bustamente Yabar, don Salvador Martín Casquero Algarra
y la entidad mercantil Crypto Titulización, SL.

cve: BOE-A-2023-2194
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.