III. Otras disposiciones. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Tribunales Superiores de Justicia. (BOE-A-2023-2189)
Acuerdo de 12 de enero de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, relativo a las normas de distribución de asuntos entre las Secciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23
Viernes 27 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 11731
J) De los recursos que se interpongan durante el año 2.023 en materia de
prohibición o propuesta de modificación de reuniones previstas en la Ley Orgánica del
Derecho de Reunión, regulados en el art. 122 de la Ley 29/1998.
2.
En segunda instancia:
A) Los recursos de apelación en las materias señaladas en los anteriores epígrafes.
B) Los recursos de apelación interpuestos durante el primer semestre del año 2.023
en materia de extranjería.
C) Las apelaciones de los recursos que versen sobre las materias no asignadas a
las otras dos secciones.
II. NORMAS DE REPARTO COMUNES
1. La atribución de asuntos en materia de personal comprenderá los referidos a la
planificación y estructuración de recursos humanos; así como al enjuiciamiento de las
bases y de las actuaciones dictadas en el desarrollo de los procedimientos
administrativos de selección y de provisión de puestos de trabajo.
2. Conocerá de los procedimientos de extensión de efectos de sentencias, la
Sección que hubiera dictado la sentencia de origen.
3. Cuando el conocimiento de un asunto pudiera corresponder a distintas
Secciones, se determinará en función de la materia, prevaleciendo este criterio sobre el
de la Administración autora del acto.
4. Los exhortos se registran de forma aleatoria por el sistema en cada sección. El
reparto entre ponentes a efectos de su tramitación se efectuará en cada sección de
acuerdo al número de registro que le corresponda, siendo repartido igual que el apartado
III de estas normas denominado "reparto de Ponencias"
5. La resolución de los recursos a que se refiere.
5.1 El artículo 16.4 de la Ley 29/1998.
5.2 Los Recursos de Casación por Infracción de Normas emanadas de la
Comunidad Autónoma establecido en el párrafo segundo, del apartado 3 del art. 86
LJCA., contra sentencias dictadas por los Juzgados de lo Contencioso-administrativo o
contra las sentencias dictadas de este Tribunal.
5.3 Los Recursos de Queja derivados de las resoluciones dictadas por los
Juzgados de lo Contencioso-administrativo o por cualquiera de las Secciones de la
propia Sala, en las que se tiene por no preparado el recurso de casación por infracción
de las Normas emanadas de la Comunidad Autónoma.
Los recursos reseñados en los puntos 5.1 a 5.3, serán resueltos por una Sala
Especial cuya composición y régimen de sustitución de sus componentes será para el
presente año 2020, como se indica a continuación:
Quedarían como suplentes, en este orden: Don José Antonio González Saiz, doña
Trinidad Cuesta Campuzano, doña Irene Rodriguez del Nozal, don Daniel Prieto Francos
y don José Antonio Alberdi Larizgoitia.
El turno de los suplentes seguirá el orden indicado y será rotario.
La sustitución supondrá sustituir también en la ponencia para el caso de que el
sustituido sea el ponente en virtud de las normas indicadas.
cve: BOE-A-2023-2189
Verificable en https://www.boe.es
Don Luis Ángel Garrido Bengoetxea (Presidente), a quien se turnarán los asuntos
terminados en 1 y 2;
Don Luis Javier Murgoitio Estefanía, los terminados en 3 y 4;
Don Ángel Ruiz Ruiz, los terminados en 5 y 6;
Don Juan Alberto Fernández Fernández, los terminados en 7 y 8; y,
Doña Paula Platas García, los terminados en 9 y 0.
Núm. 23
Viernes 27 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 11731
J) De los recursos que se interpongan durante el año 2.023 en materia de
prohibición o propuesta de modificación de reuniones previstas en la Ley Orgánica del
Derecho de Reunión, regulados en el art. 122 de la Ley 29/1998.
2.
En segunda instancia:
A) Los recursos de apelación en las materias señaladas en los anteriores epígrafes.
B) Los recursos de apelación interpuestos durante el primer semestre del año 2.023
en materia de extranjería.
C) Las apelaciones de los recursos que versen sobre las materias no asignadas a
las otras dos secciones.
II. NORMAS DE REPARTO COMUNES
1. La atribución de asuntos en materia de personal comprenderá los referidos a la
planificación y estructuración de recursos humanos; así como al enjuiciamiento de las
bases y de las actuaciones dictadas en el desarrollo de los procedimientos
administrativos de selección y de provisión de puestos de trabajo.
2. Conocerá de los procedimientos de extensión de efectos de sentencias, la
Sección que hubiera dictado la sentencia de origen.
3. Cuando el conocimiento de un asunto pudiera corresponder a distintas
Secciones, se determinará en función de la materia, prevaleciendo este criterio sobre el
de la Administración autora del acto.
4. Los exhortos se registran de forma aleatoria por el sistema en cada sección. El
reparto entre ponentes a efectos de su tramitación se efectuará en cada sección de
acuerdo al número de registro que le corresponda, siendo repartido igual que el apartado
III de estas normas denominado "reparto de Ponencias"
5. La resolución de los recursos a que se refiere.
5.1 El artículo 16.4 de la Ley 29/1998.
5.2 Los Recursos de Casación por Infracción de Normas emanadas de la
Comunidad Autónoma establecido en el párrafo segundo, del apartado 3 del art. 86
LJCA., contra sentencias dictadas por los Juzgados de lo Contencioso-administrativo o
contra las sentencias dictadas de este Tribunal.
5.3 Los Recursos de Queja derivados de las resoluciones dictadas por los
Juzgados de lo Contencioso-administrativo o por cualquiera de las Secciones de la
propia Sala, en las que se tiene por no preparado el recurso de casación por infracción
de las Normas emanadas de la Comunidad Autónoma.
Los recursos reseñados en los puntos 5.1 a 5.3, serán resueltos por una Sala
Especial cuya composición y régimen de sustitución de sus componentes será para el
presente año 2020, como se indica a continuación:
Quedarían como suplentes, en este orden: Don José Antonio González Saiz, doña
Trinidad Cuesta Campuzano, doña Irene Rodriguez del Nozal, don Daniel Prieto Francos
y don José Antonio Alberdi Larizgoitia.
El turno de los suplentes seguirá el orden indicado y será rotario.
La sustitución supondrá sustituir también en la ponencia para el caso de que el
sustituido sea el ponente en virtud de las normas indicadas.
cve: BOE-A-2023-2189
Verificable en https://www.boe.es
Don Luis Ángel Garrido Bengoetxea (Presidente), a quien se turnarán los asuntos
terminados en 1 y 2;
Don Luis Javier Murgoitio Estefanía, los terminados en 3 y 4;
Don Ángel Ruiz Ruiz, los terminados en 5 y 6;
Don Juan Alberto Fernández Fernández, los terminados en 7 y 8; y,
Doña Paula Platas García, los terminados en 9 y 0.