III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-2146)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo nacional de las empresas y personas trabajadoras de perfumería y afines.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 22
Jueves 26 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 11319
Requerir a la Comisión la emisión de un informe final que, en caso de acuerdo,
pueda modificar lo establecido en el convenio.
Disposición adicional sexta.
Categorías profesionales.
Las partes acuerdan la creación de una comisión específica, para trabajar en la
revisión y actualización de las categorías profesionales previstas en el convenio, dentro
de los tres primeros meses desde la firma del presente convenio.
Disposición final.
cve: BOE-A-2023-2146
Verificable en https://www.boe.es
Las partes firmantes del presente convenio adquieren el compromiso de no abrir
nuevas vías de contratación colectiva de ámbito inferior y a efectuar las gestiones
necesarias para conseguir una mayor extensión del mismo.
En este sentido, propiciarán mediante pactos de adhesión y articulación, la
vinculación al convenio sectorial de las empresas con convenio propio, particularmente
allí donde la empresa esté afiliada a STANPA y estén representados los sindicatos
firmantes del presente convenio.
Núm. 22
Jueves 26 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 11319
Requerir a la Comisión la emisión de un informe final que, en caso de acuerdo,
pueda modificar lo establecido en el convenio.
Disposición adicional sexta.
Categorías profesionales.
Las partes acuerdan la creación de una comisión específica, para trabajar en la
revisión y actualización de las categorías profesionales previstas en el convenio, dentro
de los tres primeros meses desde la firma del presente convenio.
Disposición final.
cve: BOE-A-2023-2146
Verificable en https://www.boe.es
Las partes firmantes del presente convenio adquieren el compromiso de no abrir
nuevas vías de contratación colectiva de ámbito inferior y a efectuar las gestiones
necesarias para conseguir una mayor extensión del mismo.
En este sentido, propiciarán mediante pactos de adhesión y articulación, la
vinculación al convenio sectorial de las empresas con convenio propio, particularmente
allí donde la empresa esté afiliada a STANPA y estén representados los sindicatos
firmantes del presente convenio.