III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicios portuarios. (BOE-A-2023-2082)
Resolución de 2 de enero de 2023, de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, por la que se publica el Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de practicaje en los puertos de Las Palmas, Salinetas y Arinaga.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 21

Miércoles 25 de enero de 2023
Sección IV.

Sec. III. Pág. 10599

Condiciones y calidad de la prestación del servicio.

Prescripción 15.ª Condiciones de la prestación del servicio.
Prescripción 16.ª Calidad de la prestación del servicio. Indicadores
productividad, rendimiento y de calidad.
Prescripción 17.ª Suministro de información a la Autoridad Portuaria.
Prescripción 18.ª Garantías.
Prescripción 19.ª Penalizaciones y régimen sancionador.
Sección V.

de

Régimen económico del servicio.

Prescripción 20.ª Tarifas por la prestación del servicio. Ejercicio de la potestad
tarifaria, criterios de actualización y revisión.
Prescripción 21.ª Tarifas por intervención en situaciones de emergencias,
operaciones de salvamento, extinción de incendios o lucha contra la contaminación.
Prescripción 22.ª Tasas portuarias.
Prescripción 23.ª Suspensión temporal del servicio a un usuario.
Sección VI.

Entrada en vigor, reclamaciones y recursos.

Prescripción 24.ª
Prescripción 25.ª
Anexo I.
Anexo II.
Anexo III.
Anexo IV.
Anexo V.
portuaria.
Anexo VI.

Entrada en vigor de estas prescripciones particulares.
Reclamaciones y recursos.

Glosario.
Documentación a presentar junto a la solicitud de una licencia.
Prevención de riesgos laborales.
Sobre el tratamiento de datos de carácter personal.
Modelo de cesión de datos personales del solicitante a la autoridad
Declaración de honorabilidad.
Sección I.

Prescripción 1.ª

Objeto y definición del servicio

Objeto y fundamento legal.

El objeto del presente pliego de prescripciones particulares (en adelante, PPP) es la
regulación del otorgamiento de la licencia y de la prestación del servicio técnico-náutico
de practicaje portuario en el Puerto de Las Palmas, que incluye el puerto de Salinetas y
el de Arinaga, gestionados por la Autoridad Portuaria de Las Palmas, conforme al
Reglamento UE 2017/352, de 15 de febrero de 2017, por el que se crea un marco para la
prestación de servicios portuarios y se adoptan normas comunes sobre la transparencia
financiera de los puertos (en adelante, Reglamento UE 2017/352), con excepción de lo
dispuesto en el Capítulo II y en el artículo 21, que no se resultan de aplicación a este
servicio; y, en virtud de lo dispuesto en el artículo 108 y siguientes del Texto Refundido
de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (en adelante, TRLPEMM) y sus modificaciones
posteriores.
Definición del servicio.

1. Se entiende por practicaje el servicio de asesoramiento a capitanes de buques y
artefactos flotantes, prestado a bordo de éstos o desde la embarcación de practicaje si
por razones de seguridad fuera necesario, para facilitar su entrada y salida a puerto y las
maniobras náuticas dentro de éste y de los límites geográficos de la zona de practicaje,
en condiciones de seguridad y en los términos que se establecen en el Reglamento
UE 2017/352, el artículo 126 del TRLPEMM, en el Reglamento regulador de este servicio
y en el presente Pliego de Prescripciones Particulares.

cve: BOE-A-2023-2082
Verificable en https://www.boe.es

Prescripción 2.ª