II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Nombramientos. (BOE-A-2023-2041)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se nombra personal funcionario de carrera, por el sistema de promoción interna para personal funcionario y personal laboral fijo, del Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 21
Miércoles 25 de enero de 2023
Sec. II.A. Pág. 10454
La formalización de la toma de posesión como personal funcionario de carrera y la
declaración de la situación administrativa que dicho acto conlleve, se efectuará en el
órgano competente de la Subsecretaría del Ministerio para las personas aspirantes que
obtienen destino en Servicios Centrales y en las Delegaciones o Subdelegaciones del
Gobierno, en su caso, respecto del personal funcionario destinado en los servicios
periféricos de ámbito regional o provincial, respectivamente.
Tercero.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer, potestativamente, recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en el
plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional, en el plazo de dos meses, a partir asimismo, del día siguiente al de su
publicación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de interponer un recurso de reposición,
no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
cve: BOE-A-2023-2041
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 18 de enero de 2023.–La Secretaria de Estado de Función Pública, Lidia
Sánchez Milán.
Núm. 21
Miércoles 25 de enero de 2023
Sec. II.A. Pág. 10454
La formalización de la toma de posesión como personal funcionario de carrera y la
declaración de la situación administrativa que dicho acto conlleve, se efectuará en el
órgano competente de la Subsecretaría del Ministerio para las personas aspirantes que
obtienen destino en Servicios Centrales y en las Delegaciones o Subdelegaciones del
Gobierno, en su caso, respecto del personal funcionario destinado en los servicios
periféricos de ámbito regional o provincial, respectivamente.
Tercero.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer, potestativamente, recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en el
plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional, en el plazo de dos meses, a partir asimismo, del día siguiente al de su
publicación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de interponer un recurso de reposición,
no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
cve: BOE-A-2023-2041
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 18 de enero de 2023.–La Secretaria de Estado de Función Pública, Lidia
Sánchez Milán.