II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE DEFENSA. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2023-1964)
Resolución 400/38009/2023, de 12 de enero, de la Subsecretaría, por la que se modifica la Resolución 400/38345/2022, de 23 de agosto, por la que se publican la relación de aprobados del proceso selectivo para acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Titulado/a Especialista en Ciencias de la Salud, Titulado Sanitario y Técnico Titulado Superior, en la Red Hospitalaria de la Defensa, convocado por Resolución 400/38303/2021, de 26 de julio, y la Resolución 400/38413/2022, de 20 de octubre, por la que nombra personal estatutario fijo en la categoría de Titulado Especialista en Ciencias de la Salud, Titulado Sanitario y Técnico Titulado Superior, en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20

Martes 24 de enero de 2023

Sec. II.A. Pág. 10108

Acuerdo del Tribunal Calificador de la especialidad de Radiodiagnóstico en la categoría
de Titulado/a Especialista en Ciencias de la Salud, publicado el día 29 de agosto
de 2022, por el que se hacen públicas las calificaciones finales de los aspirantes del
citado proceso selectivo, lo cual no es posible al no haber más personas aspirantes
aprobadas, según el Acuerdo del citado Tribunal Calificador.
Segundo.
Dada la circunstancia de que cuatro de las personas aspirantes nombradas por
Resolución 400/38413/2022, de 20 de octubre, una en la especialidad de Anestesiología
y Reanimación, una de la especialidad de Medicina Interna, una en la especialidad de
Cirugía General y Aparato Digestivo de la categoría de Titulado/a Especialista en
Ciencias de la Salud, y una de las personas aspirantes aprobadas en la especialidad de
Médico de Urgencia Hospitalaria, de la categoría de Titulado/a Sanitario no han tomado
posesión de su plaza dentro del plazo establecido, lo que supone la pérdida de todos los
derechos derivados de su participación en el proceso selectivo conforme a lo establecido
en el apartado segundo de la citada Resolución, se hace preciso modificar la
Resolución 400/38345/2022, de 23 de agosto, y la Resolución 400/38413/2022, de 20 de
octubre, haciendo pública la relación de las personas aspirantes que pierden los
derechos derivados de su participación en el citado proceso selectivo. Dichas personas
aspirantes se relacionan en el anexo I.A (dos personas en sistema general de acceso
libre) y en el anexo I.B (dos personas en estabilización del empleo temporal) a la
presente Resolución.
Igualmente, las dos personas siguientes que tienen mayor derecho para sustituir a la
que no tomó posesión en la especialidad de Cirugía General y Aparato Digestivo de la
categoría de Titulado/a Especialista en Ciencias de la Salud, en estabilización del
empleo temporal, han renunciado a esta plaza, lo que supone la pérdida de todos los
derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, por lo que figuran
también en el citado anexo I.B (estabilización del empleo temporal).
Asimismo, a la vista de lo anterior, de conformidad con lo recogido en las bases de la
convocatoria, se procede a sustituir a las personas aspirantes anteriormente
mencionadas por la siguientes personas que tienen mayor derecho de las que figuran en
cada Acuerdo de los Tribunal Calificadores de la especialidad de Anestesiología y
Reanimación, Medicina Interna, Cirugía General y Aparato Digestivo de la categoría de
Titulado/a Especialista en Ciencias de la Salud, y de la especialidad de Médico de
Urgencia Hospitalaria, de la categoría de Titulado/a Sanitario, publicados el día 29 de
agosto de 2022, por el que se hacen públicas las calificaciones finales de las aspirantes
del citado proceso selectivo. Dichas personas aspirantes se relacionan en el anexo II.A
(sistema general de acceso libre) y en el anexo II.B (estabilización del empleo temporal)
a esta Resolución.
Tercero.

a) Original o copia auténtica del título exigido para su participación en estas
pruebas selectivas. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
presentarse la documentación acreditativa de su homologación o equivalencia.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años
anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio
de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. Los aspirantes
que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración

cve: BOE-A-2023-1964
Verificable en https://www.boe.es

Todas las personas aspirantes relacionados en el citado anexo II.A y anexo II.B
deberán presentar la documentación que a continuación se indica, en los lugares y
plazos señalados en el apartado siguiente: