III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-2020)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública, para la ampliación de la subestación Morata 400 kV, mediante dos nuevas posiciones, una de línea y otra central, así como otra posición nueva de reserva, en Morata de Tajuña (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 24 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 10275

No se recibió contestación por parte de la Dirección General de Urbanismo de la
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, de
la Subdirección General de Energía y Minas de la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo de la Comunidad de Madrid y de Iberdrola, SAU, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Con fecha 17 de octubre de 2022, el Área Funcional de Industria y Energía de la
Delegación del Gobierno en Madrid remitió informe en relación con la solicitud de autorización
administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto,
de utilidad pública del proyecto presentado.
La ampliación de la subestación Morata 400 kV, con el fin de facilitar la conexión de
renovables, se encuentra incluida en la planificación vigente, «Plan de Desarrollo de la
Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026», aprobado por Acuerdo de Consejo
de Ministros de 22 de marzo de 2022 («Boletín Oficial del Estado» núm. 93, de 19 de
abril de 2022). La citada actuación se articula de conformidad con lo dispuesto en la
disposición adicional cuarta del Real Decreto Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas
urgentes para la transición energética y la protección de consumidores, estando incluida
en la planificación vigente.
Se otorgó a Red Eléctrica el trámite de audiencia previsto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con
la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la
que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU autorización administrativa previa,
autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad
pública, para la ampliación de la subestación Morata 400 kV, mediante dos nuevas
posiciones, una de línea y otra central, así como otra posición nueva de reserva, en el
término municipal de Morata de Tajuña, en la provincia de Madrid. Con fecha 15 de
diciembre de 2022, Red Eléctrica remitió escrito respondiendo al trámite de audiencia.
Se remitió propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia para informe, con fecha 13 de diciembre de 2022. Teniendo en cuenta
lo dispuesto por el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, modificado en su
artículo 127.6 por el artículo 32.3 del Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de
medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y
ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción
de la dependencia energética del gas natural, transcurrido el plazo de emisión de este
informe de 15 días hábiles sin haberse obtenido contestación y de conformidad con la
normativa anteriormente indicada, se considera informe favorable.
De acuerdo con los artículos 128, 131 y 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente
para resolver el procedimiento de autorización administrativa previa, autorización
administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública de la
actuación objeto de esta resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud de Red Eléctrica relativa a la concesión de autorización administrativa
previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad
pública.
Las citadas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.

cve: BOE-A-2023-2020
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Núm. 20