II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-1893)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, conjunta de la Universidad Complutense de Madrid y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Lunes 23 de enero de 2023

Sec. II.B. Pág. 9088

ANEXO IV
Criterios de valoración del curriculum vitae (plazas vinculadas)
1.

Criterio general: Actividad docente.

La puntuación máxima que se puede obtener en este criterio estará comprendida
entre 25 y 35 puntos.
Se tendrán en cuenta los siguientes méritos:
– La trayectoria docente.
– Dedicación a tiempo completo o a tiempo parcial en la Universidad.
– Número y diversidad de asignaturas impartidas.
– Elaboración de material docente original.
– Proyectos de innovación docente.
– Dirección de proyectos fin de carrera, tesinas, trabajos fin de máster, DEAS.
– Otros méritos relacionados con la actividad docente (La puntuación máxima de
este apartado no podrá superar el 10% de la asignada al criterio general).
2.

Criterio General: Actividad investigadora.

La puntuación máxima que se puede obtener en este criterio estará comprendida
entre 25 y 35 puntos.
Se tendrán en cuenta los siguientes méritos:
– Publicaciones científicas, creaciones artísticas profesionales, etc. atendiendo a su
relevancia y calidad en el ámbito de conocimiento y, en su caso, al perfil de la plaza
objeto de concurso.
– Ponencias y comunicaciones a congresos.
– Dirección y participación en proyectos competitivos de investigación.
– Dirección y participación en otros proyectos y contratos de investigación.
– Dirección de tesis doctorales y de otros trabajos de investigación.
– Patentes y productos con registro de propiedad intelectual, transferencia de
conocimiento al sector productivo, creación de EBT, etc.
– Estancias en centros de investigación de más de un mes.
– Colaboraciones internacionales.
– Otros méritos relacionados con la actividad investigadora (la puntuación máxima
de este apartado no podrá superar el 10% de la asignada al criterio general).
3.

Criterio General: Actividad asistencial.

La puntuación máxima que se puede obtener en este criterio estará comprendida
entre 35 y 40 puntos, no pudiendo ser inferior a la establecida en los criterios 1 y 2.
Se tendrán en cuenta los siguientes méritos:
categoría,

organismo,

régimen

de

4. Criterio General: Experiencia en gestión y administración educativa, hospitalaria,
científica y tecnológica; actividad profesional.
La puntuación máxima que se puede obtener en este criterio estará comprendida
entre 5 y 10 puntos.
Se tendrán en cuenta los siguientes méritos:
– Desempeño de cargos de responsabilidad en gestión universitaria pública
recogidos en los estatutos de las universidades, o que hayan sido asimilados, u

cve: BOE-A-2023-1893
Verificable en https://www.boe.es

– Puestos asistenciales desempeñados:
dedicación, antigüedad.
– Actividad asistencial desempeñada.