II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-1897)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se corrigen errores en la de 21 de noviembre de 2022, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de Técnico PB.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Lunes 23 de enero de 2023

Sec. II.B. Pág. 9144

acreditativos del nivel C1 de conocimiento del euskera, conforme al Marco Común
Europeo de Referencia para las Lenguas».
f)

Base 2.1.2 de la convocatoria de provisión, mediante oposición:

Se debe incluir una base 2.1.2 de la convocatoria con la siguiente redacción:
«2.1.2

Requisitos específicos para los aspirantes del turno de promoción:

Las personas aspirantes del turno de promoción, además de los requisitos señalados
en el apartado anterior, deberán reunir los siguientes:
a) Ser funcionario de la Universidad Pública de Navarra y no hallarse en situación
de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.
b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.
c) Tener cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas».
g)

Base 3.3 de la convocatoria de provisión, mediante oposición:

Donde dice: «Copia de la documentación acreditativa del cumplimiento de los
requisitos de titulación y certificados exigidos en las bases 2.1.c) y 2.1.d) de la presente
convocatoria», debe decir: «Copia de la documentación acreditativa del cumplimiento de
los requisitos de titulación y certificados exigidos en las bases 2.1.1.c) y 2.1.1.d) de la
presente convocatoria.»
h)

Base 6.1 de la convocatoria de provisión, mediante oposición:

Donde dice: «Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal calificador publicará la
relación de personas aprobadas con las calificaciones obtenidas en la oposición, por
orden de puntuación alcanzada, trasladando dicha relación al Servicio de Recursos
Humanos de la Universidad Pública de Navarra a fin de efectuar el trámite de elección de
vacantes.», debe decir: «Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal calificador
publicará la relación de personas aprobadas con las calificaciones obtenidas en la
oposición, distribuidas por turnos y por orden de puntuación alcanzada, trasladando
dicha relación al Servicio de Recursos Humanos de la Universidad Pública de Navarra a
fin de efectuar el trámite de elección de vacantes.»
i)

Base 7 de la convocatoria de provisión, mediante oposición:

Se debe incluir una base 7 de la convocatoria con la siguiente redacción:
Elección de vacantes.

7.1 El Servicio de Recursos Humanos de la Universidad Pública de Navarra
convocará a través del Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra el acto
de elección de vacantes, mediante la publicación de la relación de las plazas vacantes a
elegir por los aspirantes, del listado de personas aspirantes convocadas a la elección, en
el número que se establezca en atención al número de plazas vacantes determinadas,
siguiendo el orden de preferencia que tienen en la elección de vacantes, por orden de
puntuación, y del plazo de diez días hábiles que se concede para la elección de las
vacantes.
7.2 Las personas incluidas en la citada lista comunicarán, en el plazo a tal efecto
señalado, su orden de preferencia por las vacantes del puesto de trabajo objeto de la
presente convocatoria. Las personas aspirantes que, dentro del plazo indicado, y salvo
los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no formulen la elección, perderán
todos sus derechos a desempeñar el puesto de trabajo objeto de la presente
convocatoria. En tal supuesto se estará a lo establecido en la base D.4. de las normas
comunes a las dos convocatorias.

cve: BOE-A-2023-1897
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