III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2023-1917)
Resolución de 2 de enero de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda modificativa y prórroga del Convenio con el Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Torrelavega, para la integración del ferrocarril en Torrelavega (Cantabria).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Lunes 23 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 9273

Adif repercutirá, en su caso, la cuota de IVA que corresponda a la administración que
resulte titular de la totalidad o parte de los bienes resultantes, de acuerdo con la
legislación en vigor.
Actuaciones asumidas íntegramente por Adif: Adicionalmente a estas cantidades,
Adif asume el coste de la redacción de los Proyectos ferroviarios que asciende a 4,5
millones de euros.
Finalidad de los recursos a obtener por el desarrollo urbanístico:
El valor neto de los aprovechamientos generados, una vez se realice la modificación
urbanística correspondiente y se vendan los suelos, se destinará a reintegrar la parte
equivalente de las cantidades aportadas a cada uno de los firmantes de este convenio
en función de los porcentajes establecidos en este documento.
A los efectos de este convenio se entiende por valor neto al producto de las ventas
del suelo una vez deducido el coste de las obras de urbanización y del traslado y
reposición de las infraestructuras ferroviarias y resto de Instalaciones industriales y
oficinas de las entidades ferroviarias.
En la medida que esta actuación redunda en beneficio del municipio y contribuye a la
consecución de los objetivos establecidos en la legislación aplicable, el Ayuntamiento de
Torrelavega aportará a la actuación, en el proceso de reparcelación, el aprovechamiento
urbanístico que legalmente le hubiera correspondido conforme a la legislación vigente,
que se destinará a reintegrar, las cantidades aportadas por cada uno de los firmantes en
función de los porcentajes establecidos.
Recursos excedentarios:
En el caso de que existieran recursos excedentarios después de llevar a cabo todas
las actuaciones previstas en este convenio, dichos recursos se aplicarán en
infraestructuras del transporte ferroviario en el municipio de Torrelavega.
Mecanismos para la materialización de los reintegros y aplicación de los recursos
excedentarios:
Las pautas, procesos y forma de instrumentar los citados reintegros así como la
aplicación de los posibles recursos excedentarios obtenidos en ambas Áreas
específicas, se determinarán en la Comisión de Seguimiento del convenio.
Cuarta.

Prórroga del convenio.

Las Partes acuerdan, prorrogar el «Convenio entre el Ministerio de Fomento, Adif, el
Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Torrelavega para la integración del
ferrocarril en Torrelavega (Cantabria)», por tres (3) años, hasta el 31 de diciembre
de 2025.

Todas las referencias hechas al Ministerio de Fomento en el convenio para la
integración del ferrocarril en Torrelavega (Cantabria) firmado el 27 de abril de 2018,
deberán entenderse hechas al actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana.
Sexta.

Dejar sin efecto los anexos I y II del convenio firmado el 27 de abril de 2018.

Quedan sin efecto los anexos I y II del convenio firmado el 27 de abril de 2018.

cve: BOE-A-2023-1917
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Sustitución de las referencias hechas al Ministerio de Fomento en el convenio
de 2018 al actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.