III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2023-1948)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Organización Nacional de Trasplantes y la Fundación Internacional Josep Carreras, para el desarrollo de un programa de promoción de la donación de progenitores hematopoyéticos de donantes no emparentados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Lunes 23 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 9650

de órganos, tejidos y células en el conjunto del sistema sanitario español, así como la
docencia, la investigación, la gestión del conocimiento y la cooperación internacional en
estas materias.
Segundo.
Que la Fundación Internacional Josep Carreras para la lucha contra la leucemia (en
adelante la Fundación) mantiene y gestiona el Registro de Donantes de Médula Ósea
(en adelante «REDMO»), reconocido por el Ministerio de Sanidad según Acuerdo Marco
con la Fundación de 13 de junio de 1994, para el desarrollo del programa de trasplante
de progenitores hematopoyéticos de donantes no emparentados. El REDMO se
encuentra integrado en el Registro de la Asociación Mundial de Donantes de Médula
(WMDA) y representa a España en este último.
Tercero.
Que existe un Acuerdo Marco entre el Ministerio de Sanidad y la Fundación que fue
renovado, con las modificaciones normativas pertinentes, en mayo de 2009, 2012, 2015,
2018 y 2021.
Cuarto.
Que la colaboración instrumentada mediante dichos Acuerdos Marco ha funcionado
correctamente, facilitando el trasplante, desde su firma hasta la actualidad, a un número
que supera los tres mil pacientes.
Quinto.
Que la ONT y la Fundación reconocen que la realización de actividades conjuntas
facilita de forma significativa la promoción de la donación de médula ósea.
Por lo expuesto, ambas partes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47.1 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerdan
suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto ampliar la colaboración existente entre la ONT
y la Fundación en el marco del programa de trasplante de progenitores hematopoyéticos
de donantes no emparentados, mediante el desarrollo de una campaña conjunta de
promoción de la donación con las comunidades autónomas (en adelante la campaña)
que se realizará a nivel nacional una vez adquiera eficacia el convenio tras su inscripción
en el Registro Electrónico de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público
estatal (en adelante REOICO), conforme al acuerdo de la Comisión de Trasplantes del
Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de 14 de diciembre de 2021.
La colaboración entre las partes durante su vigencia, para ejecutar el programa de
promoción de la donación de progenitores hematopoyéticos de donantes no
emparentados, se desarrollará con las actuaciones expresadas en el Anexo unido a este
acuerdo durante un periodo de 12 meses de campaña más 1 mes para liquidar las
obligaciones del convenio.

cve: BOE-A-2023-1948
Verificable en https://www.boe.es

Primera.