III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1939)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Elawan Ayora III", en los términos municipales de Carcelén (Albacete) y Jarafuel y Zarra (Valencia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9578
El estudio de seguimiento deben de integrar al menos: Censo de aves y mamíferos
carnívoros en zona de actuación y área de influencia, estudio de tránsito de aves y
mamíferos en las anteriores zonas, mortandad de aves y quirópteros en la planta,
incluyendo estudio de detectabilidad y predación, mortandad de aves en el cerramiento y
seguimiento de su permeabilidad.
Se determinarán parcelas testigo próximas a la zona de actuación y de las mismas
características respecto al uso del suelo actual a la de la zona de actuación, donde se
efectuarán censos de fauna (avifauna y mamíferos), que permitan hacer un estudio
comparativo para evaluar el grado de modificación del hábitat asociado a este tipo de
instalaciones a lo largo del período antes referido y la evolución o los cambios en las
comunidades faunísticas.
El plan de vigilancia ambiental incluirá un seguimiento específico de las poblaciones
de especies presa y su evolución, principalmente lagomorfos, durante su vida útil, con el
fin de poder establecer y requerir, en caso necesario, medidas preventivas adicionales o
de evitación de daños y/o reparación sobre especies de fauna silvestre y, en concreto,
sobre grandes rapaces protegidas y sus hábitats.
El programa de vigilancia y seguimiento ambiental se incorporará al estudio de
impacto ambiental con las consideraciones realizadas en el presente informe,
correctamente presupuestado. Además, deben incluirse los siguientes documentos
específicos, debidamente detallados y presupuestados, conforme a las consideraciones
realizadas, documento específico de medidas compensatorias, documento de
seguimiento específico de fauna y mortalidad del programa de vigilancia ambiental, plan
restauración vegetal en la fase de construcción, incluyendo corredores y mejora
conectividad.
Toda actuación no prevista en la documentación aportada que surja en el transcurso
de las obras y/o durante la vida útil de las instalaciones, así como en la fase de
desmantelamiento de las mismas, en su caso, y que pueda afectar a cualquier elemento
del medio ambiente será puesta en conocimiento del organismo autonómico competente,
a la mayor brevedad posible, para la determinación de las medidas a adoptar.
Se presentará un Plan de Desmantelamiento y Restauración de los terrenos
afectados por la planta fotovoltaica una vez finalice el periodo de vida útil de la planta,
para que las afecciones que plantean se minimicen y sean temporales.
Cada una de las medidas establecidas deberán estar definidas y presupuestadas por
el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, previamente a su aprobación.
Fundamentos de Derecho
De conformidad con el artículo 6 del Real Decreto-Ley 6/2022, de 29 de marzo, por el
que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las
consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano ambiental
elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá
al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de
diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se
considerará como aceptación del contenido de la propuesta.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los
fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente
administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección
ambiental en el sentido de que el proyecto «Planta fotovoltaica Elawan Ayora III» los
cve: BOE-A-2023-1939
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9578
El estudio de seguimiento deben de integrar al menos: Censo de aves y mamíferos
carnívoros en zona de actuación y área de influencia, estudio de tránsito de aves y
mamíferos en las anteriores zonas, mortandad de aves y quirópteros en la planta,
incluyendo estudio de detectabilidad y predación, mortandad de aves en el cerramiento y
seguimiento de su permeabilidad.
Se determinarán parcelas testigo próximas a la zona de actuación y de las mismas
características respecto al uso del suelo actual a la de la zona de actuación, donde se
efectuarán censos de fauna (avifauna y mamíferos), que permitan hacer un estudio
comparativo para evaluar el grado de modificación del hábitat asociado a este tipo de
instalaciones a lo largo del período antes referido y la evolución o los cambios en las
comunidades faunísticas.
El plan de vigilancia ambiental incluirá un seguimiento específico de las poblaciones
de especies presa y su evolución, principalmente lagomorfos, durante su vida útil, con el
fin de poder establecer y requerir, en caso necesario, medidas preventivas adicionales o
de evitación de daños y/o reparación sobre especies de fauna silvestre y, en concreto,
sobre grandes rapaces protegidas y sus hábitats.
El programa de vigilancia y seguimiento ambiental se incorporará al estudio de
impacto ambiental con las consideraciones realizadas en el presente informe,
correctamente presupuestado. Además, deben incluirse los siguientes documentos
específicos, debidamente detallados y presupuestados, conforme a las consideraciones
realizadas, documento específico de medidas compensatorias, documento de
seguimiento específico de fauna y mortalidad del programa de vigilancia ambiental, plan
restauración vegetal en la fase de construcción, incluyendo corredores y mejora
conectividad.
Toda actuación no prevista en la documentación aportada que surja en el transcurso
de las obras y/o durante la vida útil de las instalaciones, así como en la fase de
desmantelamiento de las mismas, en su caso, y que pueda afectar a cualquier elemento
del medio ambiente será puesta en conocimiento del organismo autonómico competente,
a la mayor brevedad posible, para la determinación de las medidas a adoptar.
Se presentará un Plan de Desmantelamiento y Restauración de los terrenos
afectados por la planta fotovoltaica una vez finalice el periodo de vida útil de la planta,
para que las afecciones que plantean se minimicen y sean temporales.
Cada una de las medidas establecidas deberán estar definidas y presupuestadas por
el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, previamente a su aprobación.
Fundamentos de Derecho
De conformidad con el artículo 6 del Real Decreto-Ley 6/2022, de 29 de marzo, por el
que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las
consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano ambiental
elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá
al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de
diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se
considerará como aceptación del contenido de la propuesta.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los
fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente
administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección
ambiental en el sentido de que el proyecto «Planta fotovoltaica Elawan Ayora III» los
cve: BOE-A-2023-1939
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Núm. 19