III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Ciudad de Ceuta. Convenio. (BOE-A-2023-1916)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Vivienda y Suelo, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Ciudad Autónoma de Ceuta y SEPES, Entidad Pública Empresarial de Suelo, para la construcción de viviendas protegidas en Ceuta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Lunes 23 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 9265

empresa adjudicataria, el Consejo de Administración de SEPES del 27 de julio de 2022
acordó la desestimación de dicho recurso.
En el momento actual, octubre de 2022, el importe de obra certificada asciende a la
cantidad de 13.364,79 € (IPSI excluido), frente al importe de 4.786.617,84 € (IPSI
excluido) fijado para dicho mes por el Programa de Trabajo presentado por la empresa
contratista de las obras y que forma parte del contrato de obras.
Así las cosas, y toda vez que de conformidad con lo establecido en las
Estipulaciones Décima y Duodécima el convenio finalizará su vigencia el 27 de diciembre
de 2022 (cuatro años después de su publicación en el BOE), se plantea la necesidad de
prorrogarlo por cuatro años adicionales, por cuanto los plazos y anualidades previstos
el 13 de noviembre de 2019 por la Comisión de Seguimiento, vigilancia y control se ven
claramente superados por las circunstancias expuestas.
La Estipulación Décima del Convenio especifica la siguiente en este sentido:
«El presente Convenio estará vigente durante el plazo de cuatro años de
conformidad con lo establecido en la estipulación duodécima.
No obstante, podrá ser objeto de prórroga, siempre que, previo cumplimiento de
todos los trámites y requisitos que resulten preceptivos, ésta se formalice entre las partes
mediante la firma de la correspondiente Adenda en cualquier momento antes de la
finalización del plazo previsto en el párrafo anterior y su duración no se extienda hasta
más allá de cuatro años adicionales, de conformidad con lo previsto en el art. 49.h).2.º de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.»
En virtud de lo expuesto, las partes, de común acuerdo y mediante la presente
adenda, proceden a la prórroga del convenio conforme a las siguientes:
ESTIPULACIONES
Primera. Objeto de la Adenda.
El objeto de la presente Adenda es prorrogar el convenio de fecha 21 de diciembre
de 2018 suscrito entre el Ministerio de Fomento, la Ciudad de Ceuta y SEPES, Entidad
Pública Empresarial de Suelo para la construcción de en torno a 90 viviendas protegidas
en la parcela D2 de la actuación «Loma de Colmenar», en Ceuta.
El convenio que se prorroga continuará vigente en todo lo que no se oponga a la
presente Adenda.
Segunda.

Prórroga de la vigencia del convenio.

Se prorroga la vigencia del convenio por cuatro años, hasta el 27 de diciembre
de 2026.
Eficacia de la Adenda.

La Adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes.
De conformidad con lo establecido en el art. 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, la Adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el
plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la
disposición adicional séptima. Asimismo, será publicada en el plazo de 10 días hábiles
desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación
facultativa en el boletín oficial de la comunidad autónoma.
Cuarta. Naturaleza jurídica.
La presente adenda y el Convenio al que complementa tienen naturaleza jurídicoadministrativa, correspondiendo al orden jurisdiccional contencioso-administrativo el

cve: BOE-A-2023-1916
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.