III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-1903)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9154
Segundo.
Que la Universidad Autónoma de Madrid, en adelante UAM, es una entidad de
derecho público que tiene entre sus funciones, de acuerdo con sus Estatutos, aprobados
por Decreto 214/2003, de 16 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid y modificados por Decreto 94/2009, de 5 de noviembre; la creación, desarrollo,
transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, la difusión, la valorización
y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de vida y del
desarrollo económico, así como la difusión del conocimiento y la cultura a través de la
extensión universitaria y la formación continuada. Asimismo, asume su compromiso de
acercar la formación universitaria a la realidad social y profesional de nuestro entorno,
mediante el establecimiento de relaciones con otras entidades, que permitan completar
el proceso formativo con una puesta en práctica de los conocimientos teóricos
adquiridos. La UAM conoce iniciativas que lleva a cabo la AECID y quiere colaborar con
ella.
Tercero.
Que la formación que ofrece la UAM debe basarse tanto en la teoría como en la
práctica, proporcionando a los alumnos una orientación profesional que les permita
incorporarse al mercado de trabajo en condiciones idóneas y responder con eficacia y
garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
Cuarto.
Que la AECID comparte con la UAM el interés por contribuir a la formación en
materia de cooperación internacional para el desarrollo de titulados superiores
universitarios, y manifiesta su deseo de colaborar en la formación de los alumnos de ese
centro educativo, al objeto de completar sus conocimientos teóricos y habilidades, a
través de la realización de prácticas curriculares y extracurriculares.
Quinto.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ha sido informado
favorablemente por la Asesoría Jurídica de la AECID y su firma ha sido autorizada por el
Ministerio de Hacienda y Función Pública, con fecha 22 de diciembre de 2022.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio para la
participación del alumnado en la AECID, para la realización de prácticas académicas
externas curriculares y extracurriculares no remuneradas, que se regirá por las
siguientes,
CLÁUSULAS
El presente convenio tiene por objeto regular las condiciones por las que estudiantes
de grado y posgrado de la UAM realizarán un programa de prácticas académicas
externas curriculares y extracurriculares no remuneradas, de cualquier enseñanza
impartida por la Universidad, dentro de cualquiera de las áreas de trabajo de la AECID,
ya sea en sus Servicios Centrales o en las Unidades de Cooperación de la AECID en el
exterior y siempre de acuerdo con el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
cve: BOE-A-2023-1903
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto del convenio.
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9154
Segundo.
Que la Universidad Autónoma de Madrid, en adelante UAM, es una entidad de
derecho público que tiene entre sus funciones, de acuerdo con sus Estatutos, aprobados
por Decreto 214/2003, de 16 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid y modificados por Decreto 94/2009, de 5 de noviembre; la creación, desarrollo,
transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, la difusión, la valorización
y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de vida y del
desarrollo económico, así como la difusión del conocimiento y la cultura a través de la
extensión universitaria y la formación continuada. Asimismo, asume su compromiso de
acercar la formación universitaria a la realidad social y profesional de nuestro entorno,
mediante el establecimiento de relaciones con otras entidades, que permitan completar
el proceso formativo con una puesta en práctica de los conocimientos teóricos
adquiridos. La UAM conoce iniciativas que lleva a cabo la AECID y quiere colaborar con
ella.
Tercero.
Que la formación que ofrece la UAM debe basarse tanto en la teoría como en la
práctica, proporcionando a los alumnos una orientación profesional que les permita
incorporarse al mercado de trabajo en condiciones idóneas y responder con eficacia y
garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
Cuarto.
Que la AECID comparte con la UAM el interés por contribuir a la formación en
materia de cooperación internacional para el desarrollo de titulados superiores
universitarios, y manifiesta su deseo de colaborar en la formación de los alumnos de ese
centro educativo, al objeto de completar sus conocimientos teóricos y habilidades, a
través de la realización de prácticas curriculares y extracurriculares.
Quinto.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ha sido informado
favorablemente por la Asesoría Jurídica de la AECID y su firma ha sido autorizada por el
Ministerio de Hacienda y Función Pública, con fecha 22 de diciembre de 2022.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio para la
participación del alumnado en la AECID, para la realización de prácticas académicas
externas curriculares y extracurriculares no remuneradas, que se regirá por las
siguientes,
CLÁUSULAS
El presente convenio tiene por objeto regular las condiciones por las que estudiantes
de grado y posgrado de la UAM realizarán un programa de prácticas académicas
externas curriculares y extracurriculares no remuneradas, de cualquier enseñanza
impartida por la Universidad, dentro de cualquiera de las áreas de trabajo de la AECID,
ya sea en sus Servicios Centrales o en las Unidades de Cooperación de la AECID en el
exterior y siempre de acuerdo con el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
cve: BOE-A-2023-1903
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto del convenio.