III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-1903)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9162
En todo caso, podrá ponerse en contacto con el Responsable del Tratamiento a
través de cualquiera de los medios indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La Agencia Española de Protección de Datos pone a disposición de los afectados
formularios para el ejercicio de sus derechos.
El representante que, por cualquier motivo, deba facilitar datos personales de un
tercero se obliga a informar a este del contenido de la presente cláusula y de la
comunicación de sus datos a la AECID.
Los titulares de los datos personales que facilite la UAM en virtud del presente
convenio podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición,
limitación y portabilidad ante el responsable del tratamiento de los datos personales
mediante escrito dirigido a la dirección que consta en el encabezamiento del presente
convenio, en los términos previstos en la legislación de protección de datos, aportando
fotocopia de su DNI o documento equivalente, o en la dirección de correo electrónico
delegada.protecciondatos@uam.es. Igualmente tienen derecho a presentar una
reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, de las
autoridades autonómicas de protección de datos.
Decimoséptima.
Transparencia.
Además de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», antes referida, el
presente convenio se publicará en el Portal de la Transparencia del Gobierno de España,
de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno.
Decimoctava.
Código ético.
La UAM se compromete a respetar el Código ético de la AECID, de 30 de octubre
de 2019, disponible en la página web de la AECID (www.aecid.es).
La AECID, se compromete a respetar el Código ético de la Universidad código ético
de la UAM aprobado por Consejo de Gobierno 16 de julio de 2020 (BOUAM n.º 7, de 4
de septiembre de 2020).
cve: BOE-A-2023-1903
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto acontece, las partes firman, digitalmente y a
un solo efecto, el presente convenio, en todas sus páginas.–Firmado, 9 de enero
de 2023, por la AECID, el Director de la AECID, Antón Leis García.–Firmado, 12 de
enero de 2023, por la Universidad Autónoma de Madrid, el Vicerrector de Estudiantes y
Empleabilidad, Francisco Javier Oubiña Barbolla.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9162
En todo caso, podrá ponerse en contacto con el Responsable del Tratamiento a
través de cualquiera de los medios indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La Agencia Española de Protección de Datos pone a disposición de los afectados
formularios para el ejercicio de sus derechos.
El representante que, por cualquier motivo, deba facilitar datos personales de un
tercero se obliga a informar a este del contenido de la presente cláusula y de la
comunicación de sus datos a la AECID.
Los titulares de los datos personales que facilite la UAM en virtud del presente
convenio podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición,
limitación y portabilidad ante el responsable del tratamiento de los datos personales
mediante escrito dirigido a la dirección que consta en el encabezamiento del presente
convenio, en los términos previstos en la legislación de protección de datos, aportando
fotocopia de su DNI o documento equivalente, o en la dirección de correo electrónico
delegada.protecciondatos@uam.es. Igualmente tienen derecho a presentar una
reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, de las
autoridades autonómicas de protección de datos.
Decimoséptima.
Transparencia.
Además de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», antes referida, el
presente convenio se publicará en el Portal de la Transparencia del Gobierno de España,
de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno.
Decimoctava.
Código ético.
La UAM se compromete a respetar el Código ético de la AECID, de 30 de octubre
de 2019, disponible en la página web de la AECID (www.aecid.es).
La AECID, se compromete a respetar el Código ético de la Universidad código ético
de la UAM aprobado por Consejo de Gobierno 16 de julio de 2020 (BOUAM n.º 7, de 4
de septiembre de 2020).
cve: BOE-A-2023-1903
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto acontece, las partes firman, digitalmente y a
un solo efecto, el presente convenio, en todas sus páginas.–Firmado, 9 de enero
de 2023, por la AECID, el Director de la AECID, Antón Leis García.–Firmado, 12 de
enero de 2023, por la Universidad Autónoma de Madrid, el Vicerrector de Estudiantes y
Empleabilidad, Francisco Javier Oubiña Barbolla.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X