III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-1923)
Resolución de 11 de enero de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Fabricantes de Azulejos y Pavimentos Cerámicos, para la organización de una misión inversa de prescriptores de opinión del sector de pavimentos y revestimientos cerámicos, a celebrar en Valencia, en el marco de la feria Cevisama.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9341
Para la organización de la Misión Inversa ICEX podrá solicitar, cuando lo estimen
necesario las Partes, la colaboración de la Red de Oficinas Económicas y Comerciales
de España en el exterior (en adelante, Ofecomes), quienes se configuran como sus
centros de actuación en el extranjero.
Segunda.
Obligaciones de las Partes.
A tenor de lo expuesto, para la realización de la Misión Inversa referida en la cláusula
anterior, ambas Partes trabajarán, de forma conjunta en:
– Realización del programa general de la Misión Inversa.
– Definir los países objetivo de la Misión Inversa,
– Preparar un presupuesto previo de la Misión Inversa.
– Captación de los participantes en la Misión Inversa.
– En todas las referencias, actos, reseñas periodísticas o publicaciones relacionadas
con la Misión Inversa a realizar en el marco del presente convenio, las Partes se
preocuparán de que se mencione expresamente la colaboración de las mismas y
figurarán sus logotipos.
– Difundir a través de sus canales habituales, y con la intensidad que estime
conveniente, la Misión Inversa que se realice al amparo del presente convenio.
– Para el correcto seguimiento del desarrollo de la Misión Inversa, realizarán un
seguimiento y evaluación de la misma.
De forma individual, las Partes se comprometen:
a)
Por parte del Colaborador Sectorial:
– Convocar, bajo la supervisión de ICEX, a los participantes españoles en la Misión
Inversa.
– Logística de los desplazamientos y alojamientos de los participantes en la misión,
así como también del resto de actividades asociadas a la ejecución de la Misión Inversa.
– Acompañamiento y programación de las agendas de los participantes integrantes
de la Misión Inversa.
– Preparación de una memoria económica, y una memoria técnica en la que se
describan las tareas realizadas en la Misión Inversa organizada al amparo del presente
convenio.
b)
Por parte de ICEX:
– Convocar, a través de las Ofecomes en su caso, a los participantes extranjeros en
la Misión Inversa.
– Seguimiento y supervisión de las agendas de los invitados.
– Seguimiento y supervisión de la organización de cada una de las actividades
relacionadas con la Misión Inversa que se lleven a cabo bajo el presente convenio.
Tercera.
Compromiso económico.
– ICEX financiará los gastos incurridos elegibles definidos en el apartado 4.1 del
convenio, que hayan sido generados por la Misión Inversa ejecutada, con un importe
máximo de hasta ochenta mil euros (80.000 €).
– Por su parte, el Colaborador Sectorial financiará los gastos incurridos elegibles
definidos en el apartado 4.1 del convenio, que hayan sido generados por la Misión
Inversa ejecutada, con un importe máximo de hasta diez mil euros (10.000 €).
cve: BOE-A-2023-1923
Verificable en https://www.boe.es
El presupuesto total estimado para la Misión Inversa objeto de este convenio es de
noventa mil euros (90.000 €), de los cuales:
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 9341
Para la organización de la Misión Inversa ICEX podrá solicitar, cuando lo estimen
necesario las Partes, la colaboración de la Red de Oficinas Económicas y Comerciales
de España en el exterior (en adelante, Ofecomes), quienes se configuran como sus
centros de actuación en el extranjero.
Segunda.
Obligaciones de las Partes.
A tenor de lo expuesto, para la realización de la Misión Inversa referida en la cláusula
anterior, ambas Partes trabajarán, de forma conjunta en:
– Realización del programa general de la Misión Inversa.
– Definir los países objetivo de la Misión Inversa,
– Preparar un presupuesto previo de la Misión Inversa.
– Captación de los participantes en la Misión Inversa.
– En todas las referencias, actos, reseñas periodísticas o publicaciones relacionadas
con la Misión Inversa a realizar en el marco del presente convenio, las Partes se
preocuparán de que se mencione expresamente la colaboración de las mismas y
figurarán sus logotipos.
– Difundir a través de sus canales habituales, y con la intensidad que estime
conveniente, la Misión Inversa que se realice al amparo del presente convenio.
– Para el correcto seguimiento del desarrollo de la Misión Inversa, realizarán un
seguimiento y evaluación de la misma.
De forma individual, las Partes se comprometen:
a)
Por parte del Colaborador Sectorial:
– Convocar, bajo la supervisión de ICEX, a los participantes españoles en la Misión
Inversa.
– Logística de los desplazamientos y alojamientos de los participantes en la misión,
así como también del resto de actividades asociadas a la ejecución de la Misión Inversa.
– Acompañamiento y programación de las agendas de los participantes integrantes
de la Misión Inversa.
– Preparación de una memoria económica, y una memoria técnica en la que se
describan las tareas realizadas en la Misión Inversa organizada al amparo del presente
convenio.
b)
Por parte de ICEX:
– Convocar, a través de las Ofecomes en su caso, a los participantes extranjeros en
la Misión Inversa.
– Seguimiento y supervisión de las agendas de los invitados.
– Seguimiento y supervisión de la organización de cada una de las actividades
relacionadas con la Misión Inversa que se lleven a cabo bajo el presente convenio.
Tercera.
Compromiso económico.
– ICEX financiará los gastos incurridos elegibles definidos en el apartado 4.1 del
convenio, que hayan sido generados por la Misión Inversa ejecutada, con un importe
máximo de hasta ochenta mil euros (80.000 €).
– Por su parte, el Colaborador Sectorial financiará los gastos incurridos elegibles
definidos en el apartado 4.1 del convenio, que hayan sido generados por la Misión
Inversa ejecutada, con un importe máximo de hasta diez mil euros (10.000 €).
cve: BOE-A-2023-1923
Verificable en https://www.boe.es
El presupuesto total estimado para la Misión Inversa objeto de este convenio es de
noventa mil euros (90.000 €), de los cuales: