V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2023-2181)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña por el que se somete a información pública la aprobación provisional del Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y establecimiento de línea límite de edificación en la AP-7/B-30 del p.k. 148+385 al p.k. 145+585 y entre los p.k. 8+730 al 9+635 en la B-30. T.M. Barberà del Vallès (Barcelona).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. V-B. Pág. 3544
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
2181
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña por
el que se somete a información pública la aprobación provisional del
Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y establecimiento de línea
límite de edificación en la AP-7/B-30 del p.k. 148+385 al p.k. 145+585 y
e ntre los p.k. 8+730 al 9+635 e n la B-30. T.M. Barbe rà de l Vallès
(Barce lona).
Con fecha 12 de diciembre de 2022 el Subdirector General de Explotación, por
delegación del Director General de Carreteras (Orden TMA/1007/2021, de 9 de
septiembre), ha resuelto:
- Aprobar provisionalmente el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y
establecimiento de línea límite de edificación en la AP-7/B-30 del p.k. 148+385 al
p.k. 145+585 y entre los p.k. 8+730 al 9+635 en la B-30. T.M. Barberà del Vallès
(Barcelona) de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de
29 de septiembre, de Carreteras, según lo siguiente:
- Delimitar como tramos urbanos:
- Tramo 1: Autovía B-30, entre los pp.kk. 8+845 y 9+525 margen derecho,
sentido norte, y entre los pp.kk. 8+730 y 9+635 margen izquierdo, sentido sur.
Autopista AP-7, entre los pp.kk. 147+173 y 148+355 margen izquierdo, sentido
norte, y entre los pp.kk. 147+179 y 148+385 margen derecho, sentido sur. En este
tramo, ambas infraestructuras pisan suelo clasificado como urbano por el
planeamiento vigente.
- Tramo 2: Autopista AP-7, entre los pp.kk. 145+585 y 146+645 margen
izquierdo, sentido norte, y entre los pp.kk. 145+608 y 146+645 margen derecho,
sentido sur. En este tramo, la AP-7 pisa suelo clasificado como urbano por el
planeamiento vigente.
- Fijar, para los tramos urbanos establecidos en el punto anterior, la línea límite
de edificación, conforme al planeamiento vigente, según los planos adjuntos.
- Fijar el borde exterior de la zona de dominio público, medido horizontal y
perpendicularmente a 8 metros en la zona de tronco y a 3 m en la zona de ramales
desde la arista exterior de la explanación de la AP-7 y de la B-30.
- Tramitar el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano modificado según el
procedimiento establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de
septiembre, de carreteras.
Para el cumplimiento de lo ordenado por la Subdirección General de
Explotación, se notifica el Estudio a la Generalitat de Cataluña y al Ayuntamiento
de Barberà del Vallès a fin de que, en el plazo de dos meses, emitan informe.
Asimismo, se somete a información pública por un plazo de 30 días hábiles,
contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado,
a fin de que, durante ese periodo de tiempo, cualquier persona física o jurídica
cve: BOE-B-2023-2181
Verificable en https://www.boe.es
- Fijar el borde exterior de la zona de servidumbre, medido horizontal y
perpendicularmente a 25 metros en la zona de tronco y a 8 m en la zona de
ramales desde la arista exterior de la explanación de la AP-7 y de la B-30.
Núm. 19
Lunes 23 de enero de 2023
Sec. V-B. Pág. 3544
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
2181
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña por
el que se somete a información pública la aprobación provisional del
Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y establecimiento de línea
límite de edificación en la AP-7/B-30 del p.k. 148+385 al p.k. 145+585 y
e ntre los p.k. 8+730 al 9+635 e n la B-30. T.M. Barbe rà de l Vallès
(Barce lona).
Con fecha 12 de diciembre de 2022 el Subdirector General de Explotación, por
delegación del Director General de Carreteras (Orden TMA/1007/2021, de 9 de
septiembre), ha resuelto:
- Aprobar provisionalmente el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y
establecimiento de línea límite de edificación en la AP-7/B-30 del p.k. 148+385 al
p.k. 145+585 y entre los p.k. 8+730 al 9+635 en la B-30. T.M. Barberà del Vallès
(Barcelona) de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de
29 de septiembre, de Carreteras, según lo siguiente:
- Delimitar como tramos urbanos:
- Tramo 1: Autovía B-30, entre los pp.kk. 8+845 y 9+525 margen derecho,
sentido norte, y entre los pp.kk. 8+730 y 9+635 margen izquierdo, sentido sur.
Autopista AP-7, entre los pp.kk. 147+173 y 148+355 margen izquierdo, sentido
norte, y entre los pp.kk. 147+179 y 148+385 margen derecho, sentido sur. En este
tramo, ambas infraestructuras pisan suelo clasificado como urbano por el
planeamiento vigente.
- Tramo 2: Autopista AP-7, entre los pp.kk. 145+585 y 146+645 margen
izquierdo, sentido norte, y entre los pp.kk. 145+608 y 146+645 margen derecho,
sentido sur. En este tramo, la AP-7 pisa suelo clasificado como urbano por el
planeamiento vigente.
- Fijar, para los tramos urbanos establecidos en el punto anterior, la línea límite
de edificación, conforme al planeamiento vigente, según los planos adjuntos.
- Fijar el borde exterior de la zona de dominio público, medido horizontal y
perpendicularmente a 8 metros en la zona de tronco y a 3 m en la zona de ramales
desde la arista exterior de la explanación de la AP-7 y de la B-30.
- Tramitar el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano modificado según el
procedimiento establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de
septiembre, de carreteras.
Para el cumplimiento de lo ordenado por la Subdirección General de
Explotación, se notifica el Estudio a la Generalitat de Cataluña y al Ayuntamiento
de Barberà del Vallès a fin de que, en el plazo de dos meses, emitan informe.
Asimismo, se somete a información pública por un plazo de 30 días hábiles,
contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado,
a fin de que, durante ese periodo de tiempo, cualquier persona física o jurídica
cve: BOE-B-2023-2181
Verificable en https://www.boe.es
- Fijar el borde exterior de la zona de servidumbre, medido horizontal y
perpendicularmente a 25 metros en la zona de tronco y a 8 m en la zona de
ramales desde la arista exterior de la explanación de la AP-7 y de la B-30.