I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-1775)
Renovación de la reserva formulada por España al Convenio penal sobre la corrupción, número 173 del Consejo de Europa, hecho en Estrasburgo el 27 de enero de 1999.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18
Sábado 21 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 8638
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
1775
Renovación de la reserva formulada por España al Convenio penal sobre la
corrupción, número 173 del Consejo de Europa, hecho en Estrasburgo el 27
de enero de 1999.
La reserva formulada por España al ratificar el Convenio penal sobre la corrupción,
se ha renovado por períodos sucesivos de tres años, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 38 del Convenio.
El plazo de vigencia de la última renovación, que finalizó el 31 de julio de 2022, se ha
prorrogado por seis meses desde esa fecha hasta el 31 de enero de 2023, por aplicación
de lo establecido en el párrafo 2 del artículo 38 del Convenio.
El 5 de diciembre de 2012, España ha notificado al Secretario General del Consejo
de Europa que renueva la reserva, con el siguiente contenido:
«Conforme a los artículos 17, párrafo 2, y 37, párrafo 2, del Convenio, España se
reserva el derecho de no aplicar lo establecido en el artículo 17, párrafo 1 b), y, en
consecuencia, exigir el requisito de la doble incriminación para perseguir infracciones
cometidas por los propios nacionales en el extranjero; dicha reserva nunca afectaría a la
competencia de los Tribunales españoles para el conocimiento, de conformidad con el
artículo 17.4 del Convenio, de los delitos de corrupción entre particulares y en las
transacciones económicas internacionales, conforme a lo dispuesto en el artículo 23.4.n)
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.»
El período de validez de la renovación de la reserva será de tres años, a contar
desde el 1 de agosto de 2022.
cve: BOE-A-2023-1775
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 16 de enero de 2023.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez
Álvarez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 18
Sábado 21 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 8638
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
1775
Renovación de la reserva formulada por España al Convenio penal sobre la
corrupción, número 173 del Consejo de Europa, hecho en Estrasburgo el 27
de enero de 1999.
La reserva formulada por España al ratificar el Convenio penal sobre la corrupción,
se ha renovado por períodos sucesivos de tres años, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 38 del Convenio.
El plazo de vigencia de la última renovación, que finalizó el 31 de julio de 2022, se ha
prorrogado por seis meses desde esa fecha hasta el 31 de enero de 2023, por aplicación
de lo establecido en el párrafo 2 del artículo 38 del Convenio.
El 5 de diciembre de 2012, España ha notificado al Secretario General del Consejo
de Europa que renueva la reserva, con el siguiente contenido:
«Conforme a los artículos 17, párrafo 2, y 37, párrafo 2, del Convenio, España se
reserva el derecho de no aplicar lo establecido en el artículo 17, párrafo 1 b), y, en
consecuencia, exigir el requisito de la doble incriminación para perseguir infracciones
cometidas por los propios nacionales en el extranjero; dicha reserva nunca afectaría a la
competencia de los Tribunales españoles para el conocimiento, de conformidad con el
artículo 17.4 del Convenio, de los delitos de corrupción entre particulares y en las
transacciones económicas internacionales, conforme a lo dispuesto en el artículo 23.4.n)
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.»
El período de validez de la renovación de la reserva será de tres años, a contar
desde el 1 de agosto de 2022.
cve: BOE-A-2023-1775
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 16 de enero de 2023.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez
Álvarez.
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