V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2023-2052)
Anuncio de la Subdirección General de Energía Eléctrica, por el que se da publicidad a la Orden por la que se inhabilita para el ejercicio de la actividad de comercialización a la empresa Energía DLR comercializadora, S.L., se traspasan sus clientes a un comercializador de referencia y se determinan las condiciones de suministro a dichos clientes.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18
Sábado 21 de enero de 2023
Sec. V-B. Pág. 3368
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
2052
Anuncio de la Subdirección General de Energía Eléctrica, por el que se
da publicidad a la Orden por la que se inhabilita para el ejercicio de la
actividad de come rcialización a la e mpre sa Ene rgía DLR
comercializadora, S.L., se traspasan sus clientes a un comercializador
de referencia y se determinan las condiciones de suministro a dichos
clientes.
De conformidad con lo establecido en los artículos 41, 45 y 46 de la Ley 39/
2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se procede a la publicación del presente anuncio en el
Boletín Oficial del Estado, por el que se da publicidad a la Orden de 18 de enero de
2023 dictada por la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico por la que se inhabilita para el ejercicio
de la actividad de comercialización a la empresa Energía DLR comercializadora,
S.L., se traspasan sus clientes a un comercializador de referencia y se determinan
las condiciones de suministro a dichos clientes, en cumplimiento de lo dispuesto en
el artículo 47.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en los
siguientes términos:
Uno. Acordar la inhabilitación de la empresa comercializadora Energía DLR
comercializadora, S.L. para el ejercicio de la actividad de comercialización durante
un año por incumplimiento del requisito fijado en el artículo 73.3 ter del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, relativo al pago de los peajes de
acceso a la red.
La inhabilitación de Energía DLR comercializadora, S.L. en su actividad de
comercialización de energía eléctrica adquirirá eficacia al día siguiente en que se
haga efectivo el traspaso de los clientes a los comercializadores de referencia que
corresponda, según lo dispuesto en dicha orden.
Dos. Acordar, consecuentemente, el traspaso de los clientes de la empresa
Energía DLR comercializadora, S.L. a un comercializador de referencia.
Cuatro. Acordar que, durante el periodo de inhabilitación establecido en el
apartado uno, no se podrá realizar el traspaso de los clientes que hayan sido
suministrados por Energía DLR comercializadora, S.L. a cualquier otra empresa
del mismo grupo empresarial o a empresas vinculadas a la misma. A estos efectos,
podrán entenderse como empresas vinculadas, entre otras, las que posean o
hayan poseído un mismo administrador.
Cinco. Comunicar la presente orden a la Comisión Nacional de los Mercados y
la Competencia para que, una vez surta efectos, proceda a dar de baja a la
cve: BOE-B-2023-2052
Verificable en https://www.boe.es
Tres. Ratificar las medidas cautelares adoptadas en el acuerdo de fecha 20 de
octubre de 2022, por el que se inició el procedimiento de inhabilitación de la
referida empresa para el ejercicio de la actividad de comercialización, cuyas
medidas se extinguirán cuando la inhabilitación así acordada surta efectos
conforme a lo dictado en el punto uno, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado
cuatro.
Núm. 18
Sábado 21 de enero de 2023
Sec. V-B. Pág. 3368
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
2052
Anuncio de la Subdirección General de Energía Eléctrica, por el que se
da publicidad a la Orden por la que se inhabilita para el ejercicio de la
actividad de come rcialización a la e mpre sa Ene rgía DLR
comercializadora, S.L., se traspasan sus clientes a un comercializador
de referencia y se determinan las condiciones de suministro a dichos
clientes.
De conformidad con lo establecido en los artículos 41, 45 y 46 de la Ley 39/
2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se procede a la publicación del presente anuncio en el
Boletín Oficial del Estado, por el que se da publicidad a la Orden de 18 de enero de
2023 dictada por la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico por la que se inhabilita para el ejercicio
de la actividad de comercialización a la empresa Energía DLR comercializadora,
S.L., se traspasan sus clientes a un comercializador de referencia y se determinan
las condiciones de suministro a dichos clientes, en cumplimiento de lo dispuesto en
el artículo 47.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en los
siguientes términos:
Uno. Acordar la inhabilitación de la empresa comercializadora Energía DLR
comercializadora, S.L. para el ejercicio de la actividad de comercialización durante
un año por incumplimiento del requisito fijado en el artículo 73.3 ter del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, relativo al pago de los peajes de
acceso a la red.
La inhabilitación de Energía DLR comercializadora, S.L. en su actividad de
comercialización de energía eléctrica adquirirá eficacia al día siguiente en que se
haga efectivo el traspaso de los clientes a los comercializadores de referencia que
corresponda, según lo dispuesto en dicha orden.
Dos. Acordar, consecuentemente, el traspaso de los clientes de la empresa
Energía DLR comercializadora, S.L. a un comercializador de referencia.
Cuatro. Acordar que, durante el periodo de inhabilitación establecido en el
apartado uno, no se podrá realizar el traspaso de los clientes que hayan sido
suministrados por Energía DLR comercializadora, S.L. a cualquier otra empresa
del mismo grupo empresarial o a empresas vinculadas a la misma. A estos efectos,
podrán entenderse como empresas vinculadas, entre otras, las que posean o
hayan poseído un mismo administrador.
Cinco. Comunicar la presente orden a la Comisión Nacional de los Mercados y
la Competencia para que, una vez surta efectos, proceda a dar de baja a la
cve: BOE-B-2023-2052
Verificable en https://www.boe.es
Tres. Ratificar las medidas cautelares adoptadas en el acuerdo de fecha 20 de
octubre de 2022, por el que se inició el procedimiento de inhabilitación de la
referida empresa para el ejercicio de la actividad de comercialización, cuyas
medidas se extinguirán cuando la inhabilitación así acordada surta efectos
conforme a lo dictado en el punto uno, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado
cuatro.