II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Militares de tropa y marinería. (BOE-A-2023-1426)
Resolución 452/38020/2023, de 17 de enero, de la Subsecretaría, por la que se aprueba el proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para incorporarse a las escalas de tropa y marinería.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 19 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 7193
participado en misiones fuera del territorio nacional durante un período de tiempo igual o
superior a dos meses ininterrumpidos, por celeridad administrativa, original y copia, o
copia electrónica auténtica, del certificado de la Unidad especificando la misión o
misiones en las que ha participado y su duración.
5.1.g) Documento de autorización paterno/tutorial, según modelo del apéndice 9,
para la realización de las pruebas selectivas de aquellas personas solicitantes que no
hayan cumplido los 18 años de edad, el día de realización de la prueba correspondiente.
5.2 El Centro de Selección donde realice las pruebas de la fase primera entregará
al solicitante, para cumplimentar:
5.2.a) Documento de Declaración de Procesamiento, Imputación, Investigación o
Encausamiento según modelo del apéndice 10.
5.2.b) Documento de Declaración de no estar privado de los derechos civiles, ni
haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales, o de los órganos
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
las funciones públicas, según modelo del apéndice 11.
5.2.c) Impreso de designación de beneficiarios del Seguro Colectivo de Vida y
Accidentes suscrito por el Ministerio de Defensa, con arreglo a los términos contenidos
en la póliza en vigor, según modelo del apéndice 12.
5.3 Las personas solicitantes extranjeras podrán acreditar, no obstante, el
contenido y vigencia del derecho extranjero por cualquier medio de prueba. La Comisión
Permanente de Selección, así mismo, podrá valerse de cuantos medios de averiguación
estime necesarios para su aplicación.
5.4 La documentación indicada en el apartado 5.1 será válida para toda la
convocatoria y no será necesario presentarla nuevamente si participa en más de un ciclo
de selección, salvo que el solicitante desee acreditar un baremo superior al que figura en
su expediente, o haya caducado el Documento Nacional de Identidad o el Pasaporte
para las personas solicitantes españoles o el Pasaporte o la Tarjeta de residencia
temporal o de larga duración en España o la Tarjeta de familiar de residente comunitario
para las personas solicitantes extranjeros.
5.5 Si del examen de la documentación presentada u obtenida por la Comisión
Permanente de Selección o por el centro de formación, se dedujera que carecen de
alguno de los requisitos señalados en la base 3, quedarán excluidos del proceso de
selección o causarán baja como alumnos con arreglo al procedimiento legalmente
establecido, sin perjuicio de exigirles las posibles responsabilidades en que pudieran
haber incurrido.
5.6 La solicitud de participación en el proceso de selección correspondiente lleva
consigo la autorización para que el Centro de Selección interviniente en la Fase primera
solicite de oficio del Registro Central de Penados durante el proceso, la certificación,
comprobación o verificación de que carece de antecedentes penales.
No obstante, el personal admitido a las pruebas, en la solicitud de asignación de cita
previa, podrá comunicar al Centro de Selección su voluntad expresa de oponerse a dicha
autorización, debiendo aportar la referida certificación como máximo, el mismo día en el
que efectúe su presentación en el Centro de Selección para realizar las pruebas de la
Fase primera. La no aportación de la misma, será causa de exclusión del proceso de
selección.
6.
Órgano de selección
6.1 Para el desarrollo y calificación del concurso-oposición se nombra una
Comisión Permanente de Selección, de acuerdo con la sección tercera del capítulo II del
título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. La categoría, composición y
funcionamiento se ajustarán a lo dispuesto en la Instrucción 7/2011, de 2 de marzo, en lo
que no se oponga a la referida Ley.
cve: BOE-A-2023-1426
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 16
Jueves 19 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 7193
participado en misiones fuera del territorio nacional durante un período de tiempo igual o
superior a dos meses ininterrumpidos, por celeridad administrativa, original y copia, o
copia electrónica auténtica, del certificado de la Unidad especificando la misión o
misiones en las que ha participado y su duración.
5.1.g) Documento de autorización paterno/tutorial, según modelo del apéndice 9,
para la realización de las pruebas selectivas de aquellas personas solicitantes que no
hayan cumplido los 18 años de edad, el día de realización de la prueba correspondiente.
5.2 El Centro de Selección donde realice las pruebas de la fase primera entregará
al solicitante, para cumplimentar:
5.2.a) Documento de Declaración de Procesamiento, Imputación, Investigación o
Encausamiento según modelo del apéndice 10.
5.2.b) Documento de Declaración de no estar privado de los derechos civiles, ni
haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales, o de los órganos
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
las funciones públicas, según modelo del apéndice 11.
5.2.c) Impreso de designación de beneficiarios del Seguro Colectivo de Vida y
Accidentes suscrito por el Ministerio de Defensa, con arreglo a los términos contenidos
en la póliza en vigor, según modelo del apéndice 12.
5.3 Las personas solicitantes extranjeras podrán acreditar, no obstante, el
contenido y vigencia del derecho extranjero por cualquier medio de prueba. La Comisión
Permanente de Selección, así mismo, podrá valerse de cuantos medios de averiguación
estime necesarios para su aplicación.
5.4 La documentación indicada en el apartado 5.1 será válida para toda la
convocatoria y no será necesario presentarla nuevamente si participa en más de un ciclo
de selección, salvo que el solicitante desee acreditar un baremo superior al que figura en
su expediente, o haya caducado el Documento Nacional de Identidad o el Pasaporte
para las personas solicitantes españoles o el Pasaporte o la Tarjeta de residencia
temporal o de larga duración en España o la Tarjeta de familiar de residente comunitario
para las personas solicitantes extranjeros.
5.5 Si del examen de la documentación presentada u obtenida por la Comisión
Permanente de Selección o por el centro de formación, se dedujera que carecen de
alguno de los requisitos señalados en la base 3, quedarán excluidos del proceso de
selección o causarán baja como alumnos con arreglo al procedimiento legalmente
establecido, sin perjuicio de exigirles las posibles responsabilidades en que pudieran
haber incurrido.
5.6 La solicitud de participación en el proceso de selección correspondiente lleva
consigo la autorización para que el Centro de Selección interviniente en la Fase primera
solicite de oficio del Registro Central de Penados durante el proceso, la certificación,
comprobación o verificación de que carece de antecedentes penales.
No obstante, el personal admitido a las pruebas, en la solicitud de asignación de cita
previa, podrá comunicar al Centro de Selección su voluntad expresa de oponerse a dicha
autorización, debiendo aportar la referida certificación como máximo, el mismo día en el
que efectúe su presentación en el Centro de Selección para realizar las pruebas de la
Fase primera. La no aportación de la misma, será causa de exclusión del proceso de
selección.
6.
Órgano de selección
6.1 Para el desarrollo y calificación del concurso-oposición se nombra una
Comisión Permanente de Selección, de acuerdo con la sección tercera del capítulo II del
título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. La categoría, composición y
funcionamiento se ajustarán a lo dispuesto en la Instrucción 7/2011, de 2 de marzo, en lo
que no se oponga a la referida Ley.
cve: BOE-A-2023-1426
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 16