I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Navegación aérea. Tarifas. (BOE-A-2023-1399)
Orden TMA/36/2023, de 16 de enero, por la que se modifica el apartado quinto del anexo I del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la Red de Ayudas a la Navegación Aérea (Eurocontrol) y se modifica el tipo de interés por mora en el pago de dichas tarifas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 16

Jueves 19 de enero de 2023

Zona

Tarifa unitaria global
en euro

Sec. I. Pág. 6914

Tipo de cambio aplicado
1 euro =

Chipre *.

28.51

–/–

Hungría.

33.77

404.556

HUF

Noruega.

53.50

10.1648

NOK

Dinamarca.

61.17

7.43382

DKK

Eslovenia *.

65.32

–/–

Rumanía.

46.55

4.90607

RON

República Checa.

68.17

24.5473

CZK

Suecia.

79.98

10.7784

SEK

Eslovaquia *.

72.32

–/–

Croacia.

45.83

–/–

HRK

Bulgaria.

36.78

1.95494

BGN

Macedonia del Norte.

49.52

61.4941

MKD

227.54

19.1245

MDL

Finlandia *.

43.92

–/–

Albania.

50.36

116.435

ALL

Bosnia y Herzegovina.

30.78

1.95486

BAM

Serbia/Montenegro/KFOR.

39.46

117.265

RSD

Lituania *.

70.82

–/–

LTL

Polonia.

44.38

4.74077

PLN

Armenia.

49.67

402.953

AMD

Letonia *.

43.39

–/–

Georgia.

32.46

2.78206

Estonia *.

36.04

–/–

Ucrania.

51.64

36.4830

UAH

Ucrania Sur.

20.30

36.4830

UAH

Moldova.

Estado que participa en la Unión Económica y Monetaria.

3.º Las tarifas unitarias para los Estados miembros de la Unión Económica y
Monetaria son las resultantes de la aplicación de los tipos de conversión fijados
entre el euro y las monedas de dichos Estados, establecidos de forma irrevocable
el 31 de diciembre de 1998.
4.º Las tarifas unitarias para los Estados cuya moneda nacional no es el euro
y los tipos de cambio que figuran en el cuadro anterior, son los determinados y
comunicados por Eurocontrol para aplicarse en el mes de enero de 2023.
No obstante, dichas tarifas unitarias para los Estados cuya moneda nacional
no es el euro, se calcularán mensualmente basándose en el tipo medio de cambio
mensual entre el euro y la moneda nacional, correspondiente al mes anterior a
aquél en el cual se efectuó el vuelo. El tipo de cambio aplicado es el promedio
mensual de los tipos al cierre, calculado por Reuters basándose en el tipo diario
de interés para la compra (bid rate).»

cve: BOE-A-2023-1399
Verificable en https://www.boe.es

*

GEL