II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CORTES GENERALES. Cuerpo de Letrados de las Cortes Generales. (BOE-A-2023-1219)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, conjunta de las Presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado, por la que se convoca oposición para el Cuerpo de Letrados de las Cortes Generales por los turnos libre, restringido y de discapacidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15
Miércoles 18 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 6526
en las páginas web de cada Cámara, la Resolución por la que se aprueben las listas
provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, con expresión de los motivos de
exclusión en cada caso.
En el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la resolución en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», podrán
presentarse reclamaciones a las citadas listas o subsanarse los defectos en que se
hubiere incurrido y que hayan motivado, en su caso, la exclusión u omisión. Los errores
de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio, o a petición del
interesado.
2. Transcurrido el plazo de subsanación, el Tribunal hará pública en el «Boletín
Oficial de las Cortes Generales», y en las páginas web de cada Cámara, la resolución
por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos al
proceso selectivo.
3. Las relaciones de aspirantes se ordenarán alfabéticamente atendiendo a las
reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española, y la identificación se
hará mediante nombre y apellidos, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias del
documento nacional de identidad, de acuerdo con lo establecido en la legislación
vigente.
4. De acuerdo con lo establecido en el apartado primero del artículo 45 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, dicha publicación surtirá los efectos de la notificación.
Séptima.
Embarazo de riesgo o parto.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada
a la finalización de aquel y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas,
sin que estas puedan demorarse de manera que se menoscabe el derecho de los demás
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá
ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de aquellas tendrá lugar antes
de la publicación de la lista de aspirantes que han superado la oposición.
1. Los ejercicios no comenzarán antes del mes de junio de 2023. El lugar, fecha y
hora que se señalen para la iniciación de las pruebas se harán públicos en la misma
Resolución por la que se aprueban las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y
excluidos, en el Boletín Oficial de las Cortes Generales y en la página web de cada
Cámara, con quince días hábiles de antelación como mínimo.
2. Una vez comenzada la oposición, los sucesivos anuncios se harán públicos por
el Tribunal en las páginas web del Congreso de los Diputados y del Senado. Con el fin
de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica, el
Tribunal publicará, con anterioridad a la realización de los ejercicios, las instrucciones
que sea necesario conocer y, en su caso, los criterios de corrección, valoración y
superación de los mismos que sea necesario aplicar y que no estén expresamente
establecidos en las bases de esta convocatoria.
3. Al concluir cada ejercicio se publicará en la página web de cada Cámara la
relación de aspirantes que lo hayan aprobado, con indicación de la puntuación obtenida,
así como la convocatoria del siguiente ejercicio.
4. El orden de actuación viene establecido por el resultado del sorteo público
celebrado para determinar el orden de actuación de aspirantes en los procesos de
selección que se convoquen durante los años 2022 y 2023 en el ámbito de las Cortes
Generales, cuya Resolución fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 48,
de 25 de febrero de 2022. Conforme al resultado de dicho sorteo, el orden de actuación
de los aspirantes al presente proceso selectivo se iniciará por aquellos cuyo primer
apellido comience por la letra «Q». En el caso de que no existiera ningún aspirante cuyo
cve: BOE-A-2023-1219
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Estructura, desarrollo y calificación de los ejercicios.
Núm. 15
Miércoles 18 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 6526
en las páginas web de cada Cámara, la Resolución por la que se aprueben las listas
provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, con expresión de los motivos de
exclusión en cada caso.
En el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la resolución en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», podrán
presentarse reclamaciones a las citadas listas o subsanarse los defectos en que se
hubiere incurrido y que hayan motivado, en su caso, la exclusión u omisión. Los errores
de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio, o a petición del
interesado.
2. Transcurrido el plazo de subsanación, el Tribunal hará pública en el «Boletín
Oficial de las Cortes Generales», y en las páginas web de cada Cámara, la resolución
por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos al
proceso selectivo.
3. Las relaciones de aspirantes se ordenarán alfabéticamente atendiendo a las
reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española, y la identificación se
hará mediante nombre y apellidos, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias del
documento nacional de identidad, de acuerdo con lo establecido en la legislación
vigente.
4. De acuerdo con lo establecido en el apartado primero del artículo 45 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, dicha publicación surtirá los efectos de la notificación.
Séptima.
Embarazo de riesgo o parto.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada
a la finalización de aquel y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas,
sin que estas puedan demorarse de manera que se menoscabe el derecho de los demás
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá
ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de aquellas tendrá lugar antes
de la publicación de la lista de aspirantes que han superado la oposición.
1. Los ejercicios no comenzarán antes del mes de junio de 2023. El lugar, fecha y
hora que se señalen para la iniciación de las pruebas se harán públicos en la misma
Resolución por la que se aprueban las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y
excluidos, en el Boletín Oficial de las Cortes Generales y en la página web de cada
Cámara, con quince días hábiles de antelación como mínimo.
2. Una vez comenzada la oposición, los sucesivos anuncios se harán públicos por
el Tribunal en las páginas web del Congreso de los Diputados y del Senado. Con el fin
de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica, el
Tribunal publicará, con anterioridad a la realización de los ejercicios, las instrucciones
que sea necesario conocer y, en su caso, los criterios de corrección, valoración y
superación de los mismos que sea necesario aplicar y que no estén expresamente
establecidos en las bases de esta convocatoria.
3. Al concluir cada ejercicio se publicará en la página web de cada Cámara la
relación de aspirantes que lo hayan aprobado, con indicación de la puntuación obtenida,
así como la convocatoria del siguiente ejercicio.
4. El orden de actuación viene establecido por el resultado del sorteo público
celebrado para determinar el orden de actuación de aspirantes en los procesos de
selección que se convoquen durante los años 2022 y 2023 en el ámbito de las Cortes
Generales, cuya Resolución fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 48,
de 25 de febrero de 2022. Conforme al resultado de dicho sorteo, el orden de actuación
de los aspirantes al presente proceso selectivo se iniciará por aquellos cuyo primer
apellido comience por la letra «Q». En el caso de que no existiera ningún aspirante cuyo
cve: BOE-A-2023-1219
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Octava. Estructura, desarrollo y calificación de los ejercicios.