I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Enseñanzas artísticas. (BOE-A-2023-1190)
Real Decreto 14/2023, de 17 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de Educación Física deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y las enseñanzas profesionales de Danza.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15
Miércoles 18 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 6368
Disposición final segunda. Calendario de implantación.
Lo dispuesto en este real decreto se implantará para primero de Bachillerato en el
curso escolar 2022-2023 y para segundo de Bachillerato en el curso 2023-2024.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 17 de enero de 2023.
FELIPE R.
La Ministra de Educación y Formación Profesional,
cve: BOE-A-2023-1190
Verificable en https://www.boe.es
MARÍA DEL PILAR ALEGRÍA CONTINENTE
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 15
Miércoles 18 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 6368
Disposición final segunda. Calendario de implantación.
Lo dispuesto en este real decreto se implantará para primero de Bachillerato en el
curso escolar 2022-2023 y para segundo de Bachillerato en el curso 2023-2024.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 17 de enero de 2023.
FELIPE R.
La Ministra de Educación y Formación Profesional,
cve: BOE-A-2023-1190
Verificable en https://www.boe.es
MARÍA DEL PILAR ALEGRÍA CONTINENTE
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X