II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpos y escalas de la Administración General del Estado. (BOE-A-2023-1094)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan con carácter excepcional procesos selectivos, por el sistema de concurso, para la estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 17 de enero de 2023

Sec. II.B. Pág. 6059

Los certificados sobre méritos profesionales serán expedidos por los servicios de
personal de los Ministerios u Organismos donde presten, o en su caso hayan prestado,
sus servicios y en la que consten los méritos a valorar en la fase de concurso, hasta la
fecha de publicación de la presente convocatoria. La certificación se hará a través del
Sistema Integrado de Gestión de Personal (SIGP), previa petición de las personas
aspirantes y en la que consten los méritos a valorar en la fase de concurso. En aquellos
supuestos en los que la solicitud electrónica no resulte posible, o si el organismo que
debe expedir dicha certificación no se encuentra en el ámbito del SIGP, el certificado
deberá ser cumplimentado por la máxima autoridad de gestión de recursos humanos.
Los méritos académicos y de cursos de formación se acreditarán documentalmente
mediante la presentación de copia auténtica de los correspondientes títulos o diplomas.
La superación de ejercicios selectivos, se acreditará mediante certificación expedida
por el órgano convocante del respectivo proceso selectivo alegado, en el que se deberá
especificar el proceso selectivo al que se refiere y los ejercicios superados. Este mérito
estará siempre referido hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la publicación de las listas definitivas de admitidos y excluidos, para la
presentación de la documentación acreditativa de los méritos valorables en la fase de
concurso.
La no presentación de la documentación en plazo supondrá la no valoración del
aspirante en la fase de concurso y, en consecuencia, la imposibilidad de continuar en el
proceso selectivo.
En los tablones de anuncios de la sede del Tribunal, así como en la sección de
empleo público de la página web https://funcionpublica.hacienda.gob.es/funcionpublica/ep-pp/empleo_publico/procesos-selectivos.html
y
en
la
página
www.administracion.gob.es, se publicará la relación que contenga la valoración
provisional de méritos de la fase de concurso, disponiendo los aspirantes de un plazo de
diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de dicha relación,
para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado el referido plazo, el Tribunal
publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
Finalizada la fase concurso, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por
orden de puntuación en el tablón de anuncios de la sede del Tribunal, y en la página
www.administracion.gob.es., sin que, en ningún caso, pueda figurar en dicha relación un
número de candidatos superior al total de plazas que hubieran sido convocadas.
Dicha relación se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», mediante Resolución
de la Secretaría de Estado de Función Pública, disponiendo los aspirantes propuestos de
un plazo de 20 días hábiles, desde la publicación oficial, para presentar la
documentación acreditativa de otros requisitos exigidos en la convocatoria no valorables
en el concurso.
II. Valoración de méritos en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos,
Código 6000
La puntuación máxima de la fase de concurso será de 100 puntos.
1. Méritos profesionales. La valoración máxima de méritos profesionales, hasta la
fecha de publicación de la presente convocatoria, será de 60 puntos y se desglosará de
la siguiente forma:
a) Valoración por mes completo de servicios efectivos prestados como personal
funcionario en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, Código 6000, o
en Cuerpos o Escalas de personal funcionario o como personal laboral de cualquier
Administración Pública u órganos constitucionales u órganos equivalentes de las
Comunidades Autónomas o en el resto de los organismos y entes del sector público con
funciones idénticas a las de la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, a
razón de 0,50 puntos por mes completo hasta un máximo de diez años.

cve: BOE-A-2023-1094
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Núm. 14