III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-1078)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con el Ayuntamiento de Entrimo y la Comunidad de Monte Vecinal en Mano Común de Lantemil e Reloeira, para la financiación, ejecución y entrega de las obras de construcción de sendero y zona de baño en Lantemil. Entrimo (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 13
Lunes 16 de enero de 2023
Segunda.
Sec. III. Pág. 5977
Modificación de la cláusula quinta, Anualidades y aportaciones.
Se modifica el primer párrafo de la cláusula quinta del siguiente modo:
«1. Para la ejecución del presente convenio, se establecen, inicialmente, las
anualidades previstas en el cuadro que figura como anexo I al presente
documento.
No obstante, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento las partes podrán
promover y aprobar posibles reajustes de anualidades en función de la evolución
de la ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente
Convenio, siempre que estos no supongan un incremento económico global ni del
plazo del mismo. Este reajuste de anualidades no se considerará modificación
convencional a los efectos de lo establecido en el apartado tercero de la cláusula
segunda.»
Tercera. Modificación de la
Ayuntamiento de Entrimo.
cláusula
novena,
Obligaciones
y
facultades
del
Se introduce un nuevo apartado 9) en la cláusula novena relativa a las obligaciones
que asume la Entidad local:
«9) El Ayuntamiento de Entrimo deberá solicitar la oportuna concesión
administrativa ante la Comisaria de Aguas de la CHMS, OA por la ocupación del
dominio público hidráulico del pantalán incluido en el proyecto de obras así como
responsabilizarse del mantenimiento y uso adecuado del mismo durante su
explotación. En todo caso el ayuntamiento deberá impedir su uso y explotación
mientras no sea otorgada la citada concesión administrativa.»
Cuarta.
Modificación de la cláusula duodécima, Comisión de Seguimiento.
Se modifica el segundo párrafo de la cláusula duodécima, que queda redactado del
siguiente modo:
«Esta Comisión coordinará las actuaciones relacionadas con el objeto del
presente convenio, solventando las dudas que puedan surgir en cuanto a su
ejecución.
Le corresponde igualmente a la Comisión el seguimiento, vigilancia y control
de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes,
así como la aprobación de los reajustes de anualidades conforme a lo establecido
en la cláusula quinta.»
Quinta.
Modificación del anexo Anualidades previstas.
Se modifica el anexo anualidades que queda establecido del siguiente modo:
CHMS, O.A.
Ayunt. Entrimo.
CMVMC Lantemil.
Total.
Sexta.
2022
2023
2024
Total
11.466,22
328.533,78
80.000,00
420.000,00
716,64
20.533,36
5.000,00
26.250,00
2.149,92
61.600,08
15.000,00
78.750,00
14.332,78
410.667,22
100.000,00
525.000,00»
Eficacia.
La presente adenda modificativa surtirá efectos tras la inscripción en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, tal y como se deriva del
cve: BOE-A-2023-1078
Verificable en https://www.boe.es
«Administración
Núm. 13
Lunes 16 de enero de 2023
Segunda.
Sec. III. Pág. 5977
Modificación de la cláusula quinta, Anualidades y aportaciones.
Se modifica el primer párrafo de la cláusula quinta del siguiente modo:
«1. Para la ejecución del presente convenio, se establecen, inicialmente, las
anualidades previstas en el cuadro que figura como anexo I al presente
documento.
No obstante, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento las partes podrán
promover y aprobar posibles reajustes de anualidades en función de la evolución
de la ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente
Convenio, siempre que estos no supongan un incremento económico global ni del
plazo del mismo. Este reajuste de anualidades no se considerará modificación
convencional a los efectos de lo establecido en el apartado tercero de la cláusula
segunda.»
Tercera. Modificación de la
Ayuntamiento de Entrimo.
cláusula
novena,
Obligaciones
y
facultades
del
Se introduce un nuevo apartado 9) en la cláusula novena relativa a las obligaciones
que asume la Entidad local:
«9) El Ayuntamiento de Entrimo deberá solicitar la oportuna concesión
administrativa ante la Comisaria de Aguas de la CHMS, OA por la ocupación del
dominio público hidráulico del pantalán incluido en el proyecto de obras así como
responsabilizarse del mantenimiento y uso adecuado del mismo durante su
explotación. En todo caso el ayuntamiento deberá impedir su uso y explotación
mientras no sea otorgada la citada concesión administrativa.»
Cuarta.
Modificación de la cláusula duodécima, Comisión de Seguimiento.
Se modifica el segundo párrafo de la cláusula duodécima, que queda redactado del
siguiente modo:
«Esta Comisión coordinará las actuaciones relacionadas con el objeto del
presente convenio, solventando las dudas que puedan surgir en cuanto a su
ejecución.
Le corresponde igualmente a la Comisión el seguimiento, vigilancia y control
de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes,
así como la aprobación de los reajustes de anualidades conforme a lo establecido
en la cláusula quinta.»
Quinta.
Modificación del anexo Anualidades previstas.
Se modifica el anexo anualidades que queda establecido del siguiente modo:
CHMS, O.A.
Ayunt. Entrimo.
CMVMC Lantemil.
Total.
Sexta.
2022
2023
2024
Total
11.466,22
328.533,78
80.000,00
420.000,00
716,64
20.533,36
5.000,00
26.250,00
2.149,92
61.600,08
15.000,00
78.750,00
14.332,78
410.667,22
100.000,00
525.000,00»
Eficacia.
La presente adenda modificativa surtirá efectos tras la inscripción en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, tal y como se deriva del
cve: BOE-A-2023-1078
Verificable en https://www.boe.es
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