III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-1003)
Resolución de 9 de enero de 2023, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Comunidad de Castilla y León, la Diputación Provincial de Soria y el Ayuntamiento de Valdeavellano de Tera, para la gestión compartida de espacios en Valdeavellano con fines formativos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12
Sábado 14 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 5472
de 2019, y en su representación, en congruencia con el artículo 34.1.b) la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Y de otra parte, doña María de la O García Muntaner, Alcaldesa del Ayuntamiento de
Valdeavellano de Tera (en lo sucesivo, el Ayuntamiento, con CIF P-4230400F), de
conformidad con el juramento prestado en fecha 4 de agosto de 2022 (de acuerdo con lo
establecido en el artículo 1 del Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se
establece la fórmula de juramento en cargos y funciones públicas) y en representación
del indicado Ayuntamiento, de acuerdo con el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las bases de Régimen Local.
Actuando las partes en razón de sus respectivas competencias y en el ejercicio de
las facultades que por razón de su cargo tienen atribuidas, en nombre de las Entidades
que representan,
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 7 de enero de 2022 se inscribió en el Registro Estatal de Órganos e
Instrumentos de Colaboración (REOICO) un convenio para el desarrollo conjunto por las
partes suscriptoras de actividades de formación de los empleados y empleadas públicos,
así como para la gestión compartida del uso del Centro de Formación, Cultura y
Desarrollo «Espacio Valdeavellano».
Segundo.
Que, de conformidad con lo establecido en su cláusula décima, el convenio tendrá
una vigencia de un (1) año desde que resulte eficaz, pudiendo las partes, antes de la
finalización de dicho periodo, acordar unánimemente su prórroga por un período de
hasta cuatro años adicionales, lo que se tramitará por medio de la correspondiente
adenda de modificación del Convenio, conforme a lo previsto en la cláusula séptima del
mismo.
Tercero.
Que debido al éxito de la colaboración iniciada es voluntad de las Partes proceder a
la prórroga del convenio por un (1) año, hasta el 7 de enero de 2024.
Que la cláusula tercera del Convenio recoge los «Compromisos de las partes»,
correspondiendo al INAP y a la Administración General de la Comunidad de Castilla y
León, el abono al Ayuntamiento de Valdeavellano de Tera de 20.000 euros cada uno, en
concepto de colaboración con los gastos de funcionamiento generados por las
actividades del Convenio.
En el caso de la Diputación Provincial de Soria, la cláusula mencionada recoge su
compromiso, para el año 2022, de dotar sus Presupuestos para el presente año con una
partida de 5.000 euros destinada a colaborar en el desarrollo de las actividades de
formación de funcionarios públicos y en la gestión conjunta del «Espacio Valdeavellano».
Quinto.
Que de acuerdo a la cláusula quinta del Convenio, relativa a los Compromisos
económicos de las partes, la estimación económica total por el tiempo de vigencia del
Convenio, asciende a 40.000 euros, correspondientes a la suma de las aportaciones
económicas realizadas por el INAP y por la Administración General de la Comunidad de
Castilla y León.
cve: BOE-A-2023-1003
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 12
Sábado 14 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 5472
de 2019, y en su representación, en congruencia con el artículo 34.1.b) la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Y de otra parte, doña María de la O García Muntaner, Alcaldesa del Ayuntamiento de
Valdeavellano de Tera (en lo sucesivo, el Ayuntamiento, con CIF P-4230400F), de
conformidad con el juramento prestado en fecha 4 de agosto de 2022 (de acuerdo con lo
establecido en el artículo 1 del Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se
establece la fórmula de juramento en cargos y funciones públicas) y en representación
del indicado Ayuntamiento, de acuerdo con el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las bases de Régimen Local.
Actuando las partes en razón de sus respectivas competencias y en el ejercicio de
las facultades que por razón de su cargo tienen atribuidas, en nombre de las Entidades
que representan,
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 7 de enero de 2022 se inscribió en el Registro Estatal de Órganos e
Instrumentos de Colaboración (REOICO) un convenio para el desarrollo conjunto por las
partes suscriptoras de actividades de formación de los empleados y empleadas públicos,
así como para la gestión compartida del uso del Centro de Formación, Cultura y
Desarrollo «Espacio Valdeavellano».
Segundo.
Que, de conformidad con lo establecido en su cláusula décima, el convenio tendrá
una vigencia de un (1) año desde que resulte eficaz, pudiendo las partes, antes de la
finalización de dicho periodo, acordar unánimemente su prórroga por un período de
hasta cuatro años adicionales, lo que se tramitará por medio de la correspondiente
adenda de modificación del Convenio, conforme a lo previsto en la cláusula séptima del
mismo.
Tercero.
Que debido al éxito de la colaboración iniciada es voluntad de las Partes proceder a
la prórroga del convenio por un (1) año, hasta el 7 de enero de 2024.
Que la cláusula tercera del Convenio recoge los «Compromisos de las partes»,
correspondiendo al INAP y a la Administración General de la Comunidad de Castilla y
León, el abono al Ayuntamiento de Valdeavellano de Tera de 20.000 euros cada uno, en
concepto de colaboración con los gastos de funcionamiento generados por las
actividades del Convenio.
En el caso de la Diputación Provincial de Soria, la cláusula mencionada recoge su
compromiso, para el año 2022, de dotar sus Presupuestos para el presente año con una
partida de 5.000 euros destinada a colaborar en el desarrollo de las actividades de
formación de funcionarios públicos y en la gestión conjunta del «Espacio Valdeavellano».
Quinto.
Que de acuerdo a la cláusula quinta del Convenio, relativa a los Compromisos
económicos de las partes, la estimación económica total por el tiempo de vigencia del
Convenio, asciende a 40.000 euros, correspondientes a la suma de las aportaciones
económicas realizadas por el INAP y por la Administración General de la Comunidad de
Castilla y León.
cve: BOE-A-2023-1003
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.