I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2023-945)
Acuerdo internacional administrativo entre el Ministerio del Interior y la Oficina en España del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los refugiados (ACNUR), hecho en Madrid el 15 de diciembre de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12

Sábado 14 de enero de 2023
Novena.

Sec. I. Pág. 5397

Resolución por incumplimiento.

El incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones esenciales contraídas
por el presente Acuerdo Internacional Administrativo será causa suficiente de resolución.
Décima.

Régimen jurídico.

El presente Acuerdo Internacional Administrativo se regulará por lo en él establecido.
En lo no previsto expresamente se regulará por el Acuerdo Marco de Cooperación del
Reino de España y el ACNUR de 9 de diciembre de 2002 y, en todo caso, conforme a lo
dispuesto en su artículo IV sobre privilegios e inmunidades.
Undécima.

Solución de controversias.

Las discrepancias que puedan surgir en torno a la interpretación o aplicación del
presente Acuerdo Internacional Administrativo se resolverán conforme a lo dispuesto en
el artículo V del citado Acuerdo Marco de Cooperación entre España y el ACNUR.
Y en prueba de conformidad, los representantes de las Partes intervinientes firman el
presente Acuerdo Internacional Administrativo por duplicado ejemplar, en el lugar y la
fecha indicados.
Por el Ministerio del Interior,

Por el ACNUR,

Isabel Goicoechea Aranguren,
Subsecretaria del Interior

Sophie Muller,
Representante en España

ANEXO I
Acuerdo Internacional Administrativo entre el Ministerio del Interior y la Oficina
en España del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados
(ACNUR)
Presupuesto
Año 2022

Puesto de nivel G7.

66.823

Puesto de nivel G6.

56.921

Puesto de nivel G5.

51.729

Puesto de nivel G5.

51.729

Puesto de nivel G4.

45.897

Costes indirectos (6,5 %).

17.751

TOTAL EUR.

290.850,00

Notas:
(i) El presente presupuesto responde a los costes salariales por categoría
profesional estimados por las Naciones Unidas y que ACNUR emplea en la preparación

cve: BOE-A-2023-945
Verificable en https://www.boe.es

Por la cláusula tercera del Acuerdo Internacional Administrativo, ACNUR se
compromete a disponer en su oficina en Madrid de 5 puestos de trabajo especializados
en protección internacional cuya principal actividad será la recogida en la cláusula
PRIMERA del Acuerdo. De acuerdo con la cantidad total reflejada en la cláusula quinta el
coste de los puestos quedará desglosado del siguiente modo: