III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2023-921)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Centro Universitario de la Guardia Civil, para la impartición de un curso universitario en competencias digitales docentes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11
Viernes 13 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 5163
del Consejo de 12 de febrero de 2021. En el anexo de la decisión de ejecución del
Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia
de España, de 16 de junio de 2021, se establecen las reformas y los proyectos de
inversión en el marco del PRTR, las disposiciones tomadas para el seguimiento y la
ejecución del PRTR y su correspondiente calendario, incluidos los hitos y objetivos, los
indicadores pertinentes en relación con el cumplimiento de los hitos y objetivos previstos, y
las disposiciones adoptadas para facilitar a la Comisión acceso completo a los
correspondientes datos subyacentes.
El PRTR incluye diez políticas tractoras o palancas que van a incidir directamente en
aquellos sectores productivos con mayor capacidad de transformación del tejido
económico y social. En su política palanca 4, «Una Administración para el siglo XXI»,
el PRTR recoge un conjunto de medidas orientadas a incrementar la productividad, la
eficiencia y la eficacia de la Administración General del Estado (en adelante, AGE), en la
que se incluye el componente 19.I3: «Competencias digitales para el empleo», que
busca afrontar la transformación digital de este servicio estratégico, a través de
actividades para la formación en competencias digitales a las fuerzas y cuerpos de
seguridad del Estado.
Segundo.
El artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene
competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
El artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del Estado,
correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al Ministerio
del Interior.
Entre los fines de la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de
la Guardia Civil), se encuentra según el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de
marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la necesidad de formación y perfeccionamiento
de los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad, estableciendo en el apartado c)
de dicho precepto la necesidad de promover la colaboración institucional con otras
instituciones, centros o establecimientos que específicamente interesen a los fines
docentes.
Por otro lado, al artículo 1.1 del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, le confiere el mando
superior y la dirección y coordinación de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.
Del mismo modo, la Ley 29/2014, de 29 de noviembre, de Régimen de Personal de
la Guardia Civil, recoge en su artículo 28 la posibilidad de celebrar conciertos u otras
formas de colaboración con Administraciones educativas, Universidades e instituciones
civiles, para impartir determinadas enseñanzas o cursos.
El Real Decreto 1959/2009, de 18 de diciembre, en su artículo 1 establece la
finalidad del Centro Universitario de la Guardia Civil, que no es otra que la de impartir las
enseñanzas universitarias oficiales en función de las exigencias del ejercicio profesional
en la Guardia Civil. Es en este ámbito donde se plantea la realización del Curso
Universitario en Competencias Digitales Docentes, para dar cumplimiento a los objetivos
marcados por el Plan Nacional de Competencias Digitales y con el fin de lograr la
transformación digital de la Guardia Civil.
cve: BOE-A-2023-921
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 11
Viernes 13 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 5163
del Consejo de 12 de febrero de 2021. En el anexo de la decisión de ejecución del
Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia
de España, de 16 de junio de 2021, se establecen las reformas y los proyectos de
inversión en el marco del PRTR, las disposiciones tomadas para el seguimiento y la
ejecución del PRTR y su correspondiente calendario, incluidos los hitos y objetivos, los
indicadores pertinentes en relación con el cumplimiento de los hitos y objetivos previstos, y
las disposiciones adoptadas para facilitar a la Comisión acceso completo a los
correspondientes datos subyacentes.
El PRTR incluye diez políticas tractoras o palancas que van a incidir directamente en
aquellos sectores productivos con mayor capacidad de transformación del tejido
económico y social. En su política palanca 4, «Una Administración para el siglo XXI»,
el PRTR recoge un conjunto de medidas orientadas a incrementar la productividad, la
eficiencia y la eficacia de la Administración General del Estado (en adelante, AGE), en la
que se incluye el componente 19.I3: «Competencias digitales para el empleo», que
busca afrontar la transformación digital de este servicio estratégico, a través de
actividades para la formación en competencias digitales a las fuerzas y cuerpos de
seguridad del Estado.
Segundo.
El artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene
competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
El artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del Estado,
correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al Ministerio
del Interior.
Entre los fines de la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de
la Guardia Civil), se encuentra según el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de
marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la necesidad de formación y perfeccionamiento
de los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad, estableciendo en el apartado c)
de dicho precepto la necesidad de promover la colaboración institucional con otras
instituciones, centros o establecimientos que específicamente interesen a los fines
docentes.
Por otro lado, al artículo 1.1 del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, le confiere el mando
superior y la dirección y coordinación de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.
Del mismo modo, la Ley 29/2014, de 29 de noviembre, de Régimen de Personal de
la Guardia Civil, recoge en su artículo 28 la posibilidad de celebrar conciertos u otras
formas de colaboración con Administraciones educativas, Universidades e instituciones
civiles, para impartir determinadas enseñanzas o cursos.
El Real Decreto 1959/2009, de 18 de diciembre, en su artículo 1 establece la
finalidad del Centro Universitario de la Guardia Civil, que no es otra que la de impartir las
enseñanzas universitarias oficiales en función de las exigencias del ejercicio profesional
en la Guardia Civil. Es en este ámbito donde se plantea la realización del Curso
Universitario en Competencias Digitales Docentes, para dar cumplimiento a los objetivos
marcados por el Plan Nacional de Competencias Digitales y con el fin de lograr la
transformación digital de la Guardia Civil.
cve: BOE-A-2023-921
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.