III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-932)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Generalitat de Catalunya y el Ayuntamiento de Tossa de Mar, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Tossa de Mar, cultural y sostenible.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11

Viernes 13 de enero de 2023
Cuarta.

Sec. III. Pág. 5262

Coste de las actuaciones y aportaciones de las partes.

El coste de las actuaciones previstas en el anexo del presente convenio se cifra
en 1.254.847,10 euros, que se financiará conjuntamente por las partes firmantes con
arreglo a la siguiente distribución:
2022

Euros

Secretaría de Estado de
Turismo.

2022

2023

Euros

2024

Euros

418.282,37

418.282,37

2023
2024

Total SETUR.
33,33 %
Departament d'Empresa i
Treball.

Total

Euros

418.282,37
2022

418.282,36

418.282,36

2023
2024

Total CA.
33,33 %

418.282,36
2022

Ayuntamiento Tossa de Mar.

2023

418.282,37

418.282,37

2024
Total EL.
33,33 %
Total Plan.

418.282,37
836.564,73

418.282,37

0,00

1.254.847,10

Sin perjuicio de que deba presentarse justificación documental a la Secretaría de
Estado de Turismo y a la comunidad autónoma correspondiente, de la forma en que se
describe en las cláusulas quinta y sexta, las aportaciones de cada una de las
administraciones están vinculadas a la ejecución del conjunto de las actuaciones
recogidas en el anexo del convenio.
Aportación de la Secretaría de Estado de Turismo.

1. Las aportaciones de la Secretaría de Estado de Turismo se efectuarán con cargo
a la aplicación presupuestaria 20.04.432A.763.01 del Presupuesto de Gastos de la
Secretaría de Estado de Turismo para el año 2022.
2. La Secretaría de Estado de Turismo transferirá el importe de su aportación a la
entidad local ejecutante, en su totalidad, una vez que el convenio adquiera eficacia,
como financiación anticipada de las actuaciones, conforme a lo establecido por el
artículo 10 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio. Dicha aportación podrá financiar
cualquier actuación que se realice en los restantes ejercicios del convenio.
La entidad local autoriza a la Secretaría de Estado de Turismo a obtener de forma
directa, a los efectos del presente convenio, la acreditación de que la entidad local se
encuentra al corriente en sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.
3. La justificación documental de la aplicación de la totalidad de los fondos se
presentará a la Secretaría de Estado de Turismo dentro de los seis meses siguientes al

cve: BOE-A-2023-932
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.