I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-780)
Aplicación provisional del Canje de Cartas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y las Naciones Unidas por el que se modifica el Acuerdo entre el Reino de España y las Naciones Unidas relativo al uso por las Naciones Unidas de locales en el Reino de España para la prestación de apoyo a operaciones de mantenimiento de la paz y operaciones conexas de las Naciones Unidas, hecho en Madrid y Nueva York el 13 de junio y 5 de diciembre de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11
Viernes 13 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 4948
Tengo, asimismo, el honor de remitirme al Acuerdo administrativo celebrado entre las
Naciones Unidas y el Ministerio de Defensa del Reino de España relativo al uso por las
Naciones Unidas de locales situados en Valencia (España), suscrito el 16 de marzo
de 2009, en virtud del cual las Naciones Unidas establecieron una base de apoyo en
Valencia (España) para prestar apoyo a sus operaciones de mantenimiento de la paz y
operaciones conexas.
Deseo también remitirme a las comunicaciones correspondientes entre las Naciones
Unidas y el Gobierno del Reino de España (el «Gobierno») sobre la modificación del
Acuerdo propuesta por el Gobierno para permitir que los funcionarios de las Naciones
Unidas se integren voluntariamente en el régimen de la seguridad social del Reino de
España, sin perjuicio de que, de conformidad con el artículo XXVI, párrafo 1, del
Acuerdo, estos estén exentos de toda contribución obligatoria a dicho régimen mientras
dure su empleo al servicio de las Naciones Unidas.
Me refiero, en concreto, a la carta del Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea
y Cooperación remitida a las Naciones Unidas el 13 de junio de 2022 (la «carta del
Gobierno»), por la que se solicita el consentimiento de la Organización para modificar el
Acuerdo añadiendo al artículo XXVI un tercer párrafo con el siguiente tenor:
«3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 1 "supra" los funcionarios incluidos en
el ámbito de aplicación del presente Acuerdo podrán acogerse voluntariamente al
régimen de la seguridad social de España.»
Además, en la carta del Gobierno se propone que, una vez recibida la confirmación
por escrito de las Naciones Unidas a la propuesta del Gobierno, ese canje de cartas
constituya un acuerdo entre la Organización y el Reino de España que modifique el
Acuerdo y se aplique provisionalmente desde la recepción de dicha confirmación, y que
entrará en vigor el día siguiente de la fecha en que se reciba la última de las
notificaciones por las que las Naciones Unidas y el Reino de España se informen
mutuamente del cumplimiento de sus respectivas obligaciones internas para la
ratificación.
A este respecto, y en virtud de lo dispuesto en el artículo XXIX, párrafo 3, del
Acuerdo, tengo el honor de confirmar que las Naciones Unidas aceptan la mencionada
propuesta del Gobierno y que la carta del Gobierno, así como la presente misiva,
constituyen un acuerdo entre las Naciones Unidas y el Reino de España por el que se
modifica el Acuerdo, que se aplicará con carácter provisional y entrará en vigor conforme
a lo previsto en la carta del Gobierno.
Le ruego acepte, Señor Ministro, el testimonio de mi más alta consideración.
Atul Khare.
Secretario General Adjunto de Apoyo Operacional.
El presente Canje de Cartas se aplica provisionalmente desde el 5 de diciembre
de 2022, fecha de recepción de la Carta de respuesta, de conformidad con lo dispuesto
en su penúltimo párrafo.
cve: BOE-A-2023-780
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 10 de enero de 2023.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez
Álvarez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 11
Viernes 13 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 4948
Tengo, asimismo, el honor de remitirme al Acuerdo administrativo celebrado entre las
Naciones Unidas y el Ministerio de Defensa del Reino de España relativo al uso por las
Naciones Unidas de locales situados en Valencia (España), suscrito el 16 de marzo
de 2009, en virtud del cual las Naciones Unidas establecieron una base de apoyo en
Valencia (España) para prestar apoyo a sus operaciones de mantenimiento de la paz y
operaciones conexas.
Deseo también remitirme a las comunicaciones correspondientes entre las Naciones
Unidas y el Gobierno del Reino de España (el «Gobierno») sobre la modificación del
Acuerdo propuesta por el Gobierno para permitir que los funcionarios de las Naciones
Unidas se integren voluntariamente en el régimen de la seguridad social del Reino de
España, sin perjuicio de que, de conformidad con el artículo XXVI, párrafo 1, del
Acuerdo, estos estén exentos de toda contribución obligatoria a dicho régimen mientras
dure su empleo al servicio de las Naciones Unidas.
Me refiero, en concreto, a la carta del Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea
y Cooperación remitida a las Naciones Unidas el 13 de junio de 2022 (la «carta del
Gobierno»), por la que se solicita el consentimiento de la Organización para modificar el
Acuerdo añadiendo al artículo XXVI un tercer párrafo con el siguiente tenor:
«3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 1 "supra" los funcionarios incluidos en
el ámbito de aplicación del presente Acuerdo podrán acogerse voluntariamente al
régimen de la seguridad social de España.»
Además, en la carta del Gobierno se propone que, una vez recibida la confirmación
por escrito de las Naciones Unidas a la propuesta del Gobierno, ese canje de cartas
constituya un acuerdo entre la Organización y el Reino de España que modifique el
Acuerdo y se aplique provisionalmente desde la recepción de dicha confirmación, y que
entrará en vigor el día siguiente de la fecha en que se reciba la última de las
notificaciones por las que las Naciones Unidas y el Reino de España se informen
mutuamente del cumplimiento de sus respectivas obligaciones internas para la
ratificación.
A este respecto, y en virtud de lo dispuesto en el artículo XXIX, párrafo 3, del
Acuerdo, tengo el honor de confirmar que las Naciones Unidas aceptan la mencionada
propuesta del Gobierno y que la carta del Gobierno, así como la presente misiva,
constituyen un acuerdo entre las Naciones Unidas y el Reino de España por el que se
modifica el Acuerdo, que se aplicará con carácter provisional y entrará en vigor conforme
a lo previsto en la carta del Gobierno.
Le ruego acepte, Señor Ministro, el testimonio de mi más alta consideración.
Atul Khare.
Secretario General Adjunto de Apoyo Operacional.
El presente Canje de Cartas se aplica provisionalmente desde el 5 de diciembre
de 2022, fecha de recepción de la Carta de respuesta, de conformidad con lo dispuesto
en su penúltimo párrafo.
cve: BOE-A-2023-780
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 10 de enero de 2023.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez
Álvarez.
https://www.boe.es
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