III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-752)
Resolución de 3 de enero de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la tercera Adenda modificativa del Convenio con el Ayuntamiento de Xinzo de Limia, para la financiación, ejecución y entrega de las obras de "Análisis y actuaciones de consolidación de las infraestructuras hidráulicas asociadas al monasterio del Buen Jesús de Trandeiras (Xinzo de Limia, Ourense)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 12 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 4772
Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la
firma del presente documento y, a tal efecto,
MANIFIESTAN
I. Que en fecha 10 de febrero de 2021 (BOE núm. 55, de 5 de marzo de 2021), se
otorgó Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, OA, y el Ayuntamiento
de Xinzo de Limia para la financiación, ejecución y entrega de las obras de «Análisis y
actuaciones de consolidación de las infraestructuras hidráulicas asociadas al monasterio
del Buen Jesús de Trandeiras (Xinzo de Limia, Ourense)», con un importe estimado para
la actuación de 350.000 euros a ejecutar durante las anualidades 2021, 2022 y 2023.
II. Que en fecha 29 de diciembre de 2021 (BOE núm. 8 de 10 de enero de 2022),
atendiendo al estado de las actuaciones, se otorgó una adenda por la que se
modificaban las anualidades inicialmente establecidas.
III. Que en fecha 8 de julio de 2022 (BOE núm. 172, de 19 de julio de 2022) se
otorgó una segunda adenda por la que se incrementaba el importe del convenio y se
modificaba el porcentaje de financiación y la distribución de anualidades.
IV. Que conforme a lo establecido en el apartado tercero de la Cláusula segunda
del convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción
del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones
exigidos para la aprobación del inicial.
V. Que no obstante lo anterior, con el propósito de agilizar la tramitación de las
sucesivas modificaciones motivadas por los reajustes de anualidades, se incluye una
nueva facultad de la Comisión de Seguimiento, la de acordar la modificación de las
mismas, sin superar la duración máxima prevista en el convenio, de modo que ya no
será preciso en el futuro que tal cambio se acuerde a través de una modificación del
texto convencional.
VI. Que en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la
normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto
del convenio, esta Confederación Hidrográfica debe realizar un reajuste de las
anualidades inicialmente establecidas, así como modificar las competencias de la
Comisión de Seguimiento para la buena marcha y ejecución del mismo.
VII. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los
compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el
convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el
mismo.
A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la
presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de La Adenda.
El objeto de la presente adenda es modificar la cláusula quinta, reajustar las
anualidades establecidas en el anexo y modificar la cláusula undécima relativa a la
Comisión de Seguimiento establecida en el Convenio entre la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, OA, y el Ayuntamiento de Xinzo de Limia para la financiación,
ejecución y entrega de las obras de «Análisis y actuaciones de consolidación de las
infraestructuras hidráulicas asociadas al monasterio del Buen Jesús de Trandeiras (Xinzo
de Limia, Ourense)».
cve: BOE-A-2023-752
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 10
Jueves 12 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 4772
Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la
firma del presente documento y, a tal efecto,
MANIFIESTAN
I. Que en fecha 10 de febrero de 2021 (BOE núm. 55, de 5 de marzo de 2021), se
otorgó Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, OA, y el Ayuntamiento
de Xinzo de Limia para la financiación, ejecución y entrega de las obras de «Análisis y
actuaciones de consolidación de las infraestructuras hidráulicas asociadas al monasterio
del Buen Jesús de Trandeiras (Xinzo de Limia, Ourense)», con un importe estimado para
la actuación de 350.000 euros a ejecutar durante las anualidades 2021, 2022 y 2023.
II. Que en fecha 29 de diciembre de 2021 (BOE núm. 8 de 10 de enero de 2022),
atendiendo al estado de las actuaciones, se otorgó una adenda por la que se
modificaban las anualidades inicialmente establecidas.
III. Que en fecha 8 de julio de 2022 (BOE núm. 172, de 19 de julio de 2022) se
otorgó una segunda adenda por la que se incrementaba el importe del convenio y se
modificaba el porcentaje de financiación y la distribución de anualidades.
IV. Que conforme a lo establecido en el apartado tercero de la Cláusula segunda
del convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción
del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones
exigidos para la aprobación del inicial.
V. Que no obstante lo anterior, con el propósito de agilizar la tramitación de las
sucesivas modificaciones motivadas por los reajustes de anualidades, se incluye una
nueva facultad de la Comisión de Seguimiento, la de acordar la modificación de las
mismas, sin superar la duración máxima prevista en el convenio, de modo que ya no
será preciso en el futuro que tal cambio se acuerde a través de una modificación del
texto convencional.
VI. Que en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la
normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto
del convenio, esta Confederación Hidrográfica debe realizar un reajuste de las
anualidades inicialmente establecidas, así como modificar las competencias de la
Comisión de Seguimiento para la buena marcha y ejecución del mismo.
VII. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los
compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el
convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el
mismo.
A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la
presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de La Adenda.
El objeto de la presente adenda es modificar la cláusula quinta, reajustar las
anualidades establecidas en el anexo y modificar la cláusula undécima relativa a la
Comisión de Seguimiento establecida en el Convenio entre la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, OA, y el Ayuntamiento de Xinzo de Limia para la financiación,
ejecución y entrega de las obras de «Análisis y actuaciones de consolidación de las
infraestructuras hidráulicas asociadas al monasterio del Buen Jesús de Trandeiras (Xinzo
de Limia, Ourense)».
cve: BOE-A-2023-752
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 10