III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-745)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, del Instituto de Turismo de España, por la que se publica el Convenio con la aerolínea United Airlines, Inc, para el desarrollo de acciones conjuntas de marketing.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10

Jueves 12 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 4748

Tercera. Obligaciones y compromisos económicos.
El presupuesto de las acciones conjuntas de publicidad y marketing en medios de
pago asciende a un millón novecientos mil dólares (USD) (1.900.000 $) y será asumido
por Turespaña y United a partes iguales:
– Campañas en medios de pago:
● Turespaña: novecientos cincuenta mil dólares EE. UU. (950.000 $).
● United: novecientos cincuenta mil dólares EE. UU. (950.000 $).
En caso de proponerse acciones en medios propios, el presupuesto de las mismas
no podrá superar el 10 % del presupuesto total de la campaña, es decir ciento
(190.000 $), y será asumido por Turespaña y United a partes iguales:
– Campañas en medios propios:
● Turespaña: noventa y cinco mil dólares EE. UU. (95.000 $).
● United: noventa y cinco mil dólares EE. UU. (95.000 $).
Todos los presupuestos establecidos son limitativos máximos e incluirán todos los
gastos y tributos.
El pago será tramitado por la Consejería de Turismo firmante del convenio tras la
ejecución de las acciones previstas en el plan de medios y de acuerdo con el
seguimiento realizado en la cláusula séptima.
Cuarta.

Naturaleza de los compromisos económicos.

Las aportaciones económicas que se comprometen a realizar las partes estarán
orientadas exclusivamente a la promoción turística, quedando en principio excluidas del
ámbito de aplicación de la normativa relativa a ayudas de Estado. No obstante, si de la
firma del presente convenio pudiera quedar afectada la competencia en este sentido, se
cumplirá con la normativa relativa a ayudas de Estado.
Quinta. Imputación del gasto.
La campaña por la parte de Turespaña será sufragada con cargo a su presupuesto,
aplicación presupuestaria 20.104.432A.640, proyecto de gasto 2021.20.104.0060. por
una cuantía máxima de 950.000 dólares EE. UU. en 2023, siempre que exista
presupuesto adecuado y suficiente.
Sexta.

Naturaleza y régimen jurídico.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se suscribe al amparo del
título preliminar del capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.

Para garantizar la buena marcha de la ejecución del presente convenio se constituirá
una Comisión mixta de Seguimiento que se reunirá al menos una vez al mes.
La Comisión de Seguimiento estará integrada por las partes firmantes, así como por
aquellas partes que se adhieran con posterioridad según la cláusula decimocuarta del
Convenio. Esta Comisión desarrollará el plan de medios referido en la cláusula segunda
anterior y ejercerá asimismo funciones de resolución de controversias o discrepancias
sobre el cumplimiento e interpretación del convenio. Dicha Comisión estará integrada por
un representante de cada parte firmante, así como por las que se adhieran
posteriormente. Las decisiones de la Comisión se tomarán por consenso.

cve: BOE-A-2023-745
Verificable en https://www.boe.es

Séptima. Seguimiento.