III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2023-738)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de La Rioja y la Mancomunidad para el desarrollo turístico de Cameros para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Cameros, "La Rioja también es montaña".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10
Jueves 12 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 4664
En virtud de lo que antecede, las partes firmantes acuerdan suscribir el presente
convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto articular la colaboración entre las partes
firmantes con el objetivo de ejecutar el Plan de Sostenibilidad Turística en Cameros, «La
Rioja también es montaña».
Este Plan persigue el objetivo de impulsar la revalorización turística sostenible de
Cameros como palanca para el desarrollo socioeconómico y estímulo del
emprendimiento local que permita abordar el reto demográfico. Todo ello, diversificando
la oferta turística, mejorando la gestión y uso de los espacios naturales, mejorando la
calidad de la experiencia turística, reforzando la digitalización de los servicios y
productos turísticos y fortaleciendo el tejido productivo local.
Además, se pretende orientar el mercado hacia un perfil de visitante respetuoso con
el medio ambiente, la sostenibilidad y el medio de vida rural.
Segunda.
Naturaleza.
La relación de cooperación entre las administraciones territoriales participantes se
articula mediante convenios interadministrativos firmados entre tres Administraciones
Públicas que pertenecen a la categoría de los regulados en los artículos 47 y siguientes
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Esta relación resulta a su vez coherente con los artículos 143 y 144 de la LRJSP. Tal
y como reza el artículo 143, las relaciones de cooperación voluntaria entre las
Administraciones Públicas se formalizarán de manera expresa por ambas partes a través
de los acuerdos en sus órganos de cooperación o en convenios.
Por su parte, el artículo 144 de dicha Ley indica que en los convenios y acuerdos en
los que se formalice la cooperación se preverán las condiciones y compromisos que
asumen las partes que los suscriben.
Además, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, la cooperación económica, técnica y
administrativa entre la administración local y las administraciones del Estado y de las
comunidades autónomas se desarrollará con carácter voluntario, mediante los convenios
administrativos que suscriban, como el presente. La suscripción de convenios deberá
mejorar la eficiencia de la gestión pública, eliminar duplicidades administrativas y cumplir
con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Compromisos.
Para la mejor consecución de los objetivos de este Plan, la Secretaría de Estado de
Turismo, la Consejería de Desarrollo Autonómico y la Mancomunidad para el desarrollo
turístico de Cameros se comprometen a efectuar su aportación económica según lo
establecido en la siguiente cláusula y a impulsar y a efectuar el seguimiento detallado del
propio convenio.
La Mancomunidad de desarrollo turístico de Cameros se compromete a ejecutar las
actuaciones objeto del Plan, a destinar los recursos humanos y materiales que sean
necesarios para cumplir los plazos de ejecución y a justificar la ejecución de las
actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el presente convenio.
cve: BOE-A-2023-738
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 10
Jueves 12 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 4664
En virtud de lo que antecede, las partes firmantes acuerdan suscribir el presente
convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto articular la colaboración entre las partes
firmantes con el objetivo de ejecutar el Plan de Sostenibilidad Turística en Cameros, «La
Rioja también es montaña».
Este Plan persigue el objetivo de impulsar la revalorización turística sostenible de
Cameros como palanca para el desarrollo socioeconómico y estímulo del
emprendimiento local que permita abordar el reto demográfico. Todo ello, diversificando
la oferta turística, mejorando la gestión y uso de los espacios naturales, mejorando la
calidad de la experiencia turística, reforzando la digitalización de los servicios y
productos turísticos y fortaleciendo el tejido productivo local.
Además, se pretende orientar el mercado hacia un perfil de visitante respetuoso con
el medio ambiente, la sostenibilidad y el medio de vida rural.
Segunda.
Naturaleza.
La relación de cooperación entre las administraciones territoriales participantes se
articula mediante convenios interadministrativos firmados entre tres Administraciones
Públicas que pertenecen a la categoría de los regulados en los artículos 47 y siguientes
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Esta relación resulta a su vez coherente con los artículos 143 y 144 de la LRJSP. Tal
y como reza el artículo 143, las relaciones de cooperación voluntaria entre las
Administraciones Públicas se formalizarán de manera expresa por ambas partes a través
de los acuerdos en sus órganos de cooperación o en convenios.
Por su parte, el artículo 144 de dicha Ley indica que en los convenios y acuerdos en
los que se formalice la cooperación se preverán las condiciones y compromisos que
asumen las partes que los suscriben.
Además, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, la cooperación económica, técnica y
administrativa entre la administración local y las administraciones del Estado y de las
comunidades autónomas se desarrollará con carácter voluntario, mediante los convenios
administrativos que suscriban, como el presente. La suscripción de convenios deberá
mejorar la eficiencia de la gestión pública, eliminar duplicidades administrativas y cumplir
con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Compromisos.
Para la mejor consecución de los objetivos de este Plan, la Secretaría de Estado de
Turismo, la Consejería de Desarrollo Autonómico y la Mancomunidad para el desarrollo
turístico de Cameros se comprometen a efectuar su aportación económica según lo
establecido en la siguiente cláusula y a impulsar y a efectuar el seguimiento detallado del
propio convenio.
La Mancomunidad de desarrollo turístico de Cameros se compromete a ejecutar las
actuaciones objeto del Plan, a destinar los recursos humanos y materiales que sean
necesarios para cumplir los plazos de ejecución y a justificar la ejecución de las
actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el presente convenio.
cve: BOE-A-2023-738
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.