III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2023-734)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Diputación Provincial de Guadalajara, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en "El País de la Plata".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10
Jueves 12 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 4617
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto articular la colaboración entre las partes
firmantes con el objetivo de ejecutar el Plan de Sostenibilidad Turística en «el País de la
Plata».
Este Plan persigue el objetivo fundamental de desarrollar un producto turístico de
primer orden en el municipio minero de Hiendelaencina, un municipio ubicado en la
Sierra Norte de Guadalajara que atesora un rico patrimonio geológico y minero ligado a
sus yacimientos de plata, descubiertos en 1844 y actualmente no explotados.
A través de la rehabilitación y musealización de la última mina que se mantuvo
abierta, así como la dotación a este conjunto patrimonial de las herramientas y sistemas
de gestión necesarios se pretende finalizar su conversión en un producto turístico que
sirva como un instrumento clave para la atracción de turismo a la zona, la dinamización
de la economía local, la creación de empleo y la fijación de nueva población, todos ellos
elementos de alto valor en la lucha contra la despoblación que afecta a este territorio.
Segunda. Naturaleza.
La relación de cooperación entre las administraciones territoriales participantes se
articula mediante convenios interadministrativos firmados entre tres Administraciones
Públicas que pertenecen a la categoría de los regulados en los artículos 47 y siguientes
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Esta relación resulta a su vez coherente con los artículos 143 y 144 de la LRJSP. Tal
y como reza el artículo 143, las relaciones de cooperación voluntaria entre las
Administraciones Públicas se formalizarán de manera expresa por ambas partes a través
de los acuerdos en sus órganos de cooperación o en convenios.
Por su parte, el artículo 144 de dicha Ley indica que en los convenios y acuerdos en
los que se formalice la cooperación se preverán las condiciones y compromisos que
asumen las partes que los suscriben.
Además, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, la cooperación económica, técnica y
administrativa entre la administración local y las administraciones del Estado y de las
comunidades autónomas se desarrollará con carácter voluntario, mediante los convenios
administrativos que suscriban, como el presente. La suscripción de convenios deberá
mejorar la eficiencia de la gestión pública, eliminar duplicidades administrativas y cumplir
con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Compromisos.
Para la mejor consecución de los objetivos de este Plan, la Secretaría de Estado de
Turismo, la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y la Diputación Provincial de
Guadalajara se comprometen a efectuar su aportación económica según lo establecido
en la siguiente cláusula y a impulsar y a efectuar el seguimiento detallado del propio
convenio.
La Diputación Provincial de Guadalajara se compromete a ejecutar las actuaciones
objeto del Plan, a destinar los recursos humanos y materiales que sean necesarios para
cumplir los plazos de ejecución y a justificar la ejecución de las actuaciones de
conformidad con lo dispuesto en el presente convenio.
cve: BOE-A-2023-734
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 10
Jueves 12 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 4617
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto articular la colaboración entre las partes
firmantes con el objetivo de ejecutar el Plan de Sostenibilidad Turística en «el País de la
Plata».
Este Plan persigue el objetivo fundamental de desarrollar un producto turístico de
primer orden en el municipio minero de Hiendelaencina, un municipio ubicado en la
Sierra Norte de Guadalajara que atesora un rico patrimonio geológico y minero ligado a
sus yacimientos de plata, descubiertos en 1844 y actualmente no explotados.
A través de la rehabilitación y musealización de la última mina que se mantuvo
abierta, así como la dotación a este conjunto patrimonial de las herramientas y sistemas
de gestión necesarios se pretende finalizar su conversión en un producto turístico que
sirva como un instrumento clave para la atracción de turismo a la zona, la dinamización
de la economía local, la creación de empleo y la fijación de nueva población, todos ellos
elementos de alto valor en la lucha contra la despoblación que afecta a este territorio.
Segunda. Naturaleza.
La relación de cooperación entre las administraciones territoriales participantes se
articula mediante convenios interadministrativos firmados entre tres Administraciones
Públicas que pertenecen a la categoría de los regulados en los artículos 47 y siguientes
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Esta relación resulta a su vez coherente con los artículos 143 y 144 de la LRJSP. Tal
y como reza el artículo 143, las relaciones de cooperación voluntaria entre las
Administraciones Públicas se formalizarán de manera expresa por ambas partes a través
de los acuerdos en sus órganos de cooperación o en convenios.
Por su parte, el artículo 144 de dicha Ley indica que en los convenios y acuerdos en
los que se formalice la cooperación se preverán las condiciones y compromisos que
asumen las partes que los suscriben.
Además, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, la cooperación económica, técnica y
administrativa entre la administración local y las administraciones del Estado y de las
comunidades autónomas se desarrollará con carácter voluntario, mediante los convenios
administrativos que suscriban, como el presente. La suscripción de convenios deberá
mejorar la eficiencia de la gestión pública, eliminar duplicidades administrativas y cumplir
con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Compromisos.
Para la mejor consecución de los objetivos de este Plan, la Secretaría de Estado de
Turismo, la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y la Diputación Provincial de
Guadalajara se comprometen a efectuar su aportación económica según lo establecido
en la siguiente cláusula y a impulsar y a efectuar el seguimiento detallado del propio
convenio.
La Diputación Provincial de Guadalajara se compromete a ejecutar las actuaciones
objeto del Plan, a destinar los recursos humanos y materiales que sean necesarios para
cumplir los plazos de ejecución y a justificar la ejecución de las actuaciones de
conformidad con lo dispuesto en el presente convenio.
cve: BOE-A-2023-734
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.