III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2023-733)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Ayuntamiento de Almansa, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Almansa.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10
Jueves 12 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 4605
Este Plan persigue los objetivos de:
1. Mejorar el entorno del Castillo de Almansa, con los siguientes objetivos
específicos:
– Conservar y mejorar el patrimonio del destino.
– Contribuir a la solución de problemáticas medioambientales.
– Mejorar la resiliencia de la zona frente a los efectos del cambio climático.
– Contribuir a una experiencia turística más completa.
– Mejorar la accesibilidad del castillo y su entorno.
– Integrar en la oferta turística el principio de no discriminación.
– Revalorizar el conjunto de servicios e infraestructuras para su uso y disfrute por
parte de personas residentes y visitantes.
– Crear nuevos productos turísticos que consoliden los ya existentes de manera que
complementen y enriquezcan las experiencias turísticas.
– Renovar la oferta cultural y de ocio de Almansa e integrar nuevos elementos en la
oferta.
2. Crear nuevos equipamientos para la puesta en valor del pantano de Almansa,
cuyos objetivos específicos son:
– Conservar, mejorar y potenciar el patrimonio del destino.
– Ampliar el espacio turístico de la ciudad integrando los alrededores e
interconectándola con el territorio gracias a sistemas de movilidad flexibles y verdes.
– Consolidar el pantano como producto turístico.
– Enriquecer la experiencia de los visitantes el pantano.
– Monitorizar el flujo turístico en el pantano.
– Impulsar el desarrollo de iniciativas privadas que complemente la oferta turística
del pantano.
Naturaleza.
La relación de cooperación entre las administraciones territoriales participantes se
articula mediante convenios interadministrativos firmados entre tres Administraciones
Públicas que pertenecen a la categoría de los regulados en los artículos 47 y siguientes
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Esta relación resulta a su vez coherente con los artículos 143 y 144 de la LRJSP. Tal
y como reza el artículo 143, las relaciones de cooperación voluntaria entre las
Administraciones Públicas se formalizarán de manera expresa por ambas partes a través
de los acuerdos en sus órganos de cooperación o en convenios.
Por su parte, el artículo 144 de dicha Ley indica que en los convenios y acuerdos en
los que se formalice la cooperación se preverán las condiciones y compromisos que
asumen las partes que los suscriben.
Además, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la cooperación económica, técnica y
administrativa entre la administración local y las administraciones del Estado y de las
comunidades autónomas se desarrollará con carácter voluntario, mediante los convenios
administrativos que suscriban, como el presente. La suscripción de convenios deberá
mejorar la eficiencia de la gestión pública, eliminar duplicidades administrativas y cumplir
con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Tercera.
Compromisos.
Para la mejor consecución de los objetivos de este Plan, la Secretaría de Estado de
Turismo, la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y el Ayuntamiento de Almansa
se comprometen a efectuar su aportación económica según lo establecido en la
siguiente cláusula y a impulsar y a efectuar el seguimiento detallado del propio convenio.
cve: BOE-A-2023-733
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 10
Jueves 12 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 4605
Este Plan persigue los objetivos de:
1. Mejorar el entorno del Castillo de Almansa, con los siguientes objetivos
específicos:
– Conservar y mejorar el patrimonio del destino.
– Contribuir a la solución de problemáticas medioambientales.
– Mejorar la resiliencia de la zona frente a los efectos del cambio climático.
– Contribuir a una experiencia turística más completa.
– Mejorar la accesibilidad del castillo y su entorno.
– Integrar en la oferta turística el principio de no discriminación.
– Revalorizar el conjunto de servicios e infraestructuras para su uso y disfrute por
parte de personas residentes y visitantes.
– Crear nuevos productos turísticos que consoliden los ya existentes de manera que
complementen y enriquezcan las experiencias turísticas.
– Renovar la oferta cultural y de ocio de Almansa e integrar nuevos elementos en la
oferta.
2. Crear nuevos equipamientos para la puesta en valor del pantano de Almansa,
cuyos objetivos específicos son:
– Conservar, mejorar y potenciar el patrimonio del destino.
– Ampliar el espacio turístico de la ciudad integrando los alrededores e
interconectándola con el territorio gracias a sistemas de movilidad flexibles y verdes.
– Consolidar el pantano como producto turístico.
– Enriquecer la experiencia de los visitantes el pantano.
– Monitorizar el flujo turístico en el pantano.
– Impulsar el desarrollo de iniciativas privadas que complemente la oferta turística
del pantano.
Naturaleza.
La relación de cooperación entre las administraciones territoriales participantes se
articula mediante convenios interadministrativos firmados entre tres Administraciones
Públicas que pertenecen a la categoría de los regulados en los artículos 47 y siguientes
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Esta relación resulta a su vez coherente con los artículos 143 y 144 de la LRJSP. Tal
y como reza el artículo 143, las relaciones de cooperación voluntaria entre las
Administraciones Públicas se formalizarán de manera expresa por ambas partes a través
de los acuerdos en sus órganos de cooperación o en convenios.
Por su parte, el artículo 144 de dicha Ley indica que en los convenios y acuerdos en
los que se formalice la cooperación se preverán las condiciones y compromisos que
asumen las partes que los suscriben.
Además, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la cooperación económica, técnica y
administrativa entre la administración local y las administraciones del Estado y de las
comunidades autónomas se desarrollará con carácter voluntario, mediante los convenios
administrativos que suscriban, como el presente. La suscripción de convenios deberá
mejorar la eficiencia de la gestión pública, eliminar duplicidades administrativas y cumplir
con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Tercera.
Compromisos.
Para la mejor consecución de los objetivos de este Plan, la Secretaría de Estado de
Turismo, la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y el Ayuntamiento de Almansa
se comprometen a efectuar su aportación económica según lo establecido en la
siguiente cláusula y a impulsar y a efectuar el seguimiento detallado del propio convenio.
cve: BOE-A-2023-733
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.