II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2023-545)
Resolución de 3 de enero de 2023, de la Dirección General de la Policía, por la que se publica la relación de personas admitidas y excluidas a la oposición libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, de la Policía Nacional, convocada por Resolución de 15 de noviembre de 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 8
Martes 10 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 3853
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DEL INTERIOR
545
Resolución de 3 de enero de 2023, de la Dirección General de la Policía, por
la que se publica la relación de personas admitidas y excluidas a la oposición
libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de
la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la
Escala Básica, categoría de Policía, de la Policía Nacional, convocada por
Resolución de 15 de noviembre de 2022.
En virtud de lo dispuesto en la base 4.1 de la Resolución de la Dirección General de
la Policía, de 15 de noviembre de 2022 (BOE núm. 277, de 18 de noviembre de 2022),
por la que se convocó oposición para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional
de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la
escala Básica, categoría de Policía, de la Policía Nacional, en relación con la Resolución
de 25 de noviembre de 2022, de la Dirección General de la Policía, por la que se
corrigen errores en la de 15 de noviembre de 2022 (BOE núm. 287, de 30 de noviembre
de 2022), se dispone lo siguiente:
Primero. Lista de admitidos/as.
Aprobar y hacer pública la lista de admitidos/as a la oposición, con indicación del
número del documento nacional de identidad, en la forma prevista en la disposición
adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, de la ciudad sede de examen asignada
para la realización de las pruebas correspondientes y del ejercicio voluntario de idioma.
Dicho listado podrá consultarse en las páginas web: http://www.policia.es, http://
www.interior.gob.es y http://www.administracion.gob.es.
Segundo.
Excluidos/as y causas de exclusión.
(A) Falta firma digital en la instancia.
(B) Falta requisito de edad.
(F) No haber efectuado el pago de la tasa por derechos de examen de forma
telemática.
(H) Falta requisito nacionalidad española.
(I) No haber remitido el certificado del INEM, acreditando inscripción como
demandante de empleo, con el plazo de al menos un mes anterior al de la fecha de
publicación de las bases de la presente convocatoria o no acreditar no haber rechazado
oferta de empleo adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en
acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.
(J) No haber remitido declaración jurada o promesa de no percibir rentas superiores,
en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional o haberla remitido incorrecta.
(K) No haber remitido título de familia numerosa en vigor.
(L) No acreditar ser víctima de terrorismo.
cve: BOE-A-2023-545
Verificable en https://www.boe.es
Aprobar y hacer pública en anexo a la presente resolución, y en los organismos y
dependencias a que se refiere el número anterior, la lista de excluidos/as, con indicación,
además, de la causa o causas de exclusión, las cuales se determinan por letras, con
arreglo a las siguientes equivalencias:
Núm. 8
Martes 10 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 3853
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DEL INTERIOR
545
Resolución de 3 de enero de 2023, de la Dirección General de la Policía, por
la que se publica la relación de personas admitidas y excluidas a la oposición
libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de
la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la
Escala Básica, categoría de Policía, de la Policía Nacional, convocada por
Resolución de 15 de noviembre de 2022.
En virtud de lo dispuesto en la base 4.1 de la Resolución de la Dirección General de
la Policía, de 15 de noviembre de 2022 (BOE núm. 277, de 18 de noviembre de 2022),
por la que se convocó oposición para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional
de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la
escala Básica, categoría de Policía, de la Policía Nacional, en relación con la Resolución
de 25 de noviembre de 2022, de la Dirección General de la Policía, por la que se
corrigen errores en la de 15 de noviembre de 2022 (BOE núm. 287, de 30 de noviembre
de 2022), se dispone lo siguiente:
Primero. Lista de admitidos/as.
Aprobar y hacer pública la lista de admitidos/as a la oposición, con indicación del
número del documento nacional de identidad, en la forma prevista en la disposición
adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, de la ciudad sede de examen asignada
para la realización de las pruebas correspondientes y del ejercicio voluntario de idioma.
Dicho listado podrá consultarse en las páginas web: http://www.policia.es, http://
www.interior.gob.es y http://www.administracion.gob.es.
Segundo.
Excluidos/as y causas de exclusión.
(A) Falta firma digital en la instancia.
(B) Falta requisito de edad.
(F) No haber efectuado el pago de la tasa por derechos de examen de forma
telemática.
(H) Falta requisito nacionalidad española.
(I) No haber remitido el certificado del INEM, acreditando inscripción como
demandante de empleo, con el plazo de al menos un mes anterior al de la fecha de
publicación de las bases de la presente convocatoria o no acreditar no haber rechazado
oferta de empleo adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en
acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.
(J) No haber remitido declaración jurada o promesa de no percibir rentas superiores,
en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional o haberla remitido incorrecta.
(K) No haber remitido título de familia numerosa en vigor.
(L) No acreditar ser víctima de terrorismo.
cve: BOE-A-2023-545
Verificable en https://www.boe.es
Aprobar y hacer pública en anexo a la presente resolución, y en los organismos y
dependencias a que se refiere el número anterior, la lista de excluidos/as, con indicación,
además, de la causa o causas de exclusión, las cuales se determinan por letras, con
arreglo a las siguientes equivalencias: