II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-518)
Resolución de 9 de diciembre de 2022, de la Universidad de Cantabria, por la que se corrigen errores en la de 25 de noviembre de 2022, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Administrativa.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 7
Lunes 9 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 3714
Tercer ejercicio.
Se calificará de cero a 12 puntos, siendo necesario obtener como mínimo 6 puntos
para superarlo.
El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel exigido para la obtención
de dichas calificaciones.
Con el fin de garantizar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá
publicar, con anterioridad a la realización de cada una de las pruebas, los criterios de
corrección, valoración y superación de las mismas, que no estén expresamente
establecidos en las bases de esta convocatoria.»
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, potestativamente y ante este Rectorado, recurso de reposición en el plazo
de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien podrá ser
impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santander
mediante recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde
el día siguiente a la publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de interponer recurso
de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que
aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
cve: BOE-A-2023-518
Verificable en https://www.boe.es
Santander, 9 de diciembre de 2022.–El Rector, Ángel Pazos Carro.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 7
Lunes 9 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 3714
Tercer ejercicio.
Se calificará de cero a 12 puntos, siendo necesario obtener como mínimo 6 puntos
para superarlo.
El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel exigido para la obtención
de dichas calificaciones.
Con el fin de garantizar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá
publicar, con anterioridad a la realización de cada una de las pruebas, los criterios de
corrección, valoración y superación de las mismas, que no estén expresamente
establecidos en las bases de esta convocatoria.»
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, potestativamente y ante este Rectorado, recurso de reposición en el plazo
de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien podrá ser
impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santander
mediante recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde
el día siguiente a la publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de interponer recurso
de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que
aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
cve: BOE-A-2023-518
Verificable en https://www.boe.es
Santander, 9 de diciembre de 2022.–El Rector, Ángel Pazos Carro.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X