II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CORTES GENERALES. Personal laboral. (BOE-A-2023-510)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Secretaría General del Senado, por la que se convoca la provisión, en régimen de contratación laboral, turnos libre, discapacidad y promoción interna, de plazas de Técnico/a Superior de Tecnologías de la Información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 7

Lunes 9 de enero de 2023

Sec. II.B. Pág. 3638

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
En la solicitud se consignarán el nombre y dos apellidos, número de documento
nacional de identidad (debiendo este estar en vigor y aportarse copia del anverso y
reverso del mismo), domicilio a efectos de notificaciones, teléfono, dirección de correo
electrónico, título exigido en la presente convocatoria con su denominación oficial
completa y centro que lo expidió, así como el turno libre, de promoción interna o de
discapacidad por el que se opte y la firma del/de la aspirante.
Quienes opten por este último turno deberán adjuntar a la solicitud certificado
acreditativo de tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al treinta y
tres por ciento.
Asimismo, se hará declaración responsable de reunir todos y cada uno de los
requisitos exigidos en la base Segunda de la convocatoria, referidos siempre a la fecha
de finalización del plazo señalado para la presentación de solicitudes, así como de que,
en caso de resultar seleccionado, se presentará la documentación a que se refiere la
base Décima dentro del plazo de quince días hábiles que se establece en la misma,
como también del compromiso de firmar el contrato o la novación contractual
correspondiente e incorporarse al servicio de la Secretaría General del Senado en el
plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo para
la presentación de dichos documentos.
Quinta.

Adaptación de tiempo o medios.

Con independencia de que opten o no al turno de discapacidad, quienes participen
en la convocatoria y, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales
dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán solicitar las
adaptaciones de tiempo o medios oportunos, debiendo reflejar la petición
correspondiente en la solicitud de participación en la convocatoria. Con el fin de que la
Comisión de Selección pueda resolver con objetividad la solicitud planteada, se deberá
aportar, junto con la misma, dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de
valoración que dictaminó el grado de discapacidad.
A tal efecto, la Comisión de Selección podrá requerir informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos correspondientes.
En todo caso, la Comisión de Selección adoptará las medidas precisas para que las
personas con discapacidad o que presenten especiales dificultades para la realización
de las pruebas selectivas gocen de similares condiciones que el resto en la realización
de los ejercicios.
Para el caso de las adaptaciones de tiempo, se aplicarán las previstas en la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad.

1. Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes, y a la vista de las
presentadas, la Comisión de Selección dictará resolución por la que se aprueben las
relaciones provisionales de aspirantes admitidos/as y excluidos/as a la realización del
proceso de selección, con expresión de los motivos de exclusión en cada caso, que se
hará pública en la página web de la Cámara. A efectos de lo que dispone la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, con esta publicación se considerará realizada la oportuna notificación a las
personas interesadas.
2. Quienes figuren en la lista de aspirantes excluidos/as, así como quienes no
figuren expresamente en ninguna relación, dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicha resolución, para subsanar

cve: BOE-A-2023-510
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Verificación del cumplimiento de los requisitos exigidos y admisión de los/las
aspirantes.