II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CORTES GENERALES. Personal laboral. (BOE-A-2023-510)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Secretaría General del Senado, por la que se convoca la provisión, en régimen de contratación laboral, turnos libre, discapacidad y promoción interna, de plazas de Técnico/a Superior de Tecnologías de la Información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 7

Lunes 9 de enero de 2023

Sec. II.B. Pág. 3636

nivel de Máster) o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha que termine el
plazo de presentación de solicitudes. A los/las aspirantes que concurran por el turno de
promoción interna les será de aplicación lo dispuesto en la disposición transitoria única
del Convenio Colectivo del personal laboral del Senado.
Quienes tengan una titulación obtenida en el extranjero deberán estar en posesión
de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente
certificado de equivalencia.
d) Reunir las condiciones psicofísicas requeridas para el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado, por cualquier causa,
para el ejercicio de la actividad profesional.
f) Quienes se presenten mediante turno de promoción interna deben tener la
condición de personal laboral del Senado, en situación de servicio activo o en
excedencia con derecho a reserva de puesto de trabajo, con al menos tres años de
servicio activo en la Cámara y no hallarse en situación de excedencia voluntaria por
interés particular o por incompatibilidad en el momento de la aprobación de la presente
convocatoria.
2. Los/las aspirantes deberán reunir todos los requisitos exigidos en la presente
convocatoria el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener los
mismos hasta la formalización del contrato.
3. Si en algún momento del proceso selectivo la Comisión de Selección tuviera
conocimiento de que algún aspirante no cumple uno o varios de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, o resultara que su solicitud adolece de errores o
falsedades, podrá acordar, previa audiencia del/de la interesado/a, la exclusión del
mismo. Si la persona excluida figurase en la propuesta de contratación, esta se podrá
completar en los términos previstos en la base Décima de la presente convocatoria.
Tercera.

Comisión de Selección.

1. La Comisión de Selección respeta la presencia equilibrada de hombres y
mujeres y está integrada por los siguientes miembros:
Presidencia:
– Excmo. Sr. don Francisco Manuel Fajardo Palarea, Secretario Primero del Senado.

– Ilma. Sra. doña Ana María Álvarez Pablos, Secretaria General Adjunta para
Asuntos Administrativos del Senado.
– Ilma. Sra. doña María José Fernández Ostolaza, Directora de Recursos Humanos
y Gobierno Interior de la Secretaría General del Senado.
– Ilmo. Sr. don José Ángel Alonso López, Director de Tecnologías de la Información
y de las Comunicaciones de la Secretaría General del Senado.
– Don Manuel Pereira González, Jefe de Departamento de la Unidad de
Coordinación, Control y Evaluación de Proyectos del Gabinete de la Secretaría General
del Senado, miembro del Cuerpo de Asesores Facultativos de las Cortes Generales
(especialidad de Informática).
Secretaria:
– Doña María de las Olas Correas Serrano, Jefa de Área de Servicios Comunes e
Integración de la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones de
la Secretaría General del Senado.

cve: BOE-A-2023-510
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Vocales: