III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Entidades de seguros. (BOE-A-2023-533)
Orden ETD/1365/2022, de 30 de diciembre, de autorización administrativa de la fusión por absorción de AXA Business Operations, SAU, por AXA Seguros Generales, SA, de Seguros y Reaseguros.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 7
Lunes 9 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 3831
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
533
Orden ETD/1365/2022, de 30 de diciembre, de autorización administrativa de
la fusión por absorción de AXA Business Operations, SAU, por AXA Seguros
Generales, SA, de Seguros y Reaseguros.
La entidad AXA Seguros Generales, SA de Seguros y Reaseguros, inscrita en el
Registro administrativo de entidades aseguradoras con clave C0723 y la entidad no
aseguradora AXA Business Operations, SAU, han presentado, con fecha 13 de junio
de 2022, solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la operación de fusión
por absorción de la entidad AXA Business Operations, SAU por parte de la entidad AXA
Seguros Generales, SA de Seguros y Reaseguros.
De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que de
conformidad con lo previsto en el artículo 91 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de
ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, la
operación proyectada no menoscaba las garantías financieras de la entidad aseguradora
absorbente, los derechos de sus asegurados ni la transparencia en la asunción de las
obligaciones derivadas de los contratos de seguro, lo que justifica la autorización
excepcional de la citada fusión.
De esta forma, de conformidad con los artículos 90 y 91 de la Ley 20/2015, de 14 de julio,
de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y
habiéndose dado cumplimiento a los requisitos establecidos en los artículos 109 y 110 del Real
Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las
entidades aseguradoras y reaseguradoras, para llevar a cabo la operación de fusión, a
propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, resuelvo:
Primero.
Autorizar, en los términos de la solicitud presentada, la fusión por absorción de la
entidad no aseguradora AXA Business Operations, SAU, por parte de la entidad
aseguradora AXA Seguros Generales, SA de Seguros y Reaseguros.
Segundo.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo
previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso
de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, de
acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su
notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 30 de diciembre de 2022.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra
de Asuntos Económicos y Transformación Digital, P.D. (Orden ETD/1218/2021, de 25 de
noviembre de 2021), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa,
Gonzalo García Andrés.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-533
Verificable en https://www.boe.es
La presente orden se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Núm. 7
Lunes 9 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 3831
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
533
Orden ETD/1365/2022, de 30 de diciembre, de autorización administrativa de
la fusión por absorción de AXA Business Operations, SAU, por AXA Seguros
Generales, SA, de Seguros y Reaseguros.
La entidad AXA Seguros Generales, SA de Seguros y Reaseguros, inscrita en el
Registro administrativo de entidades aseguradoras con clave C0723 y la entidad no
aseguradora AXA Business Operations, SAU, han presentado, con fecha 13 de junio
de 2022, solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la operación de fusión
por absorción de la entidad AXA Business Operations, SAU por parte de la entidad AXA
Seguros Generales, SA de Seguros y Reaseguros.
De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que de
conformidad con lo previsto en el artículo 91 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de
ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, la
operación proyectada no menoscaba las garantías financieras de la entidad aseguradora
absorbente, los derechos de sus asegurados ni la transparencia en la asunción de las
obligaciones derivadas de los contratos de seguro, lo que justifica la autorización
excepcional de la citada fusión.
De esta forma, de conformidad con los artículos 90 y 91 de la Ley 20/2015, de 14 de julio,
de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y
habiéndose dado cumplimiento a los requisitos establecidos en los artículos 109 y 110 del Real
Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las
entidades aseguradoras y reaseguradoras, para llevar a cabo la operación de fusión, a
propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, resuelvo:
Primero.
Autorizar, en los términos de la solicitud presentada, la fusión por absorción de la
entidad no aseguradora AXA Business Operations, SAU, por parte de la entidad
aseguradora AXA Seguros Generales, SA de Seguros y Reaseguros.
Segundo.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo
previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso
de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, de
acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su
notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 30 de diciembre de 2022.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra
de Asuntos Económicos y Transformación Digital, P.D. (Orden ETD/1218/2021, de 25 de
noviembre de 2021), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa,
Gonzalo García Andrés.
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cve: BOE-A-2023-533
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La presente orden se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».